«Víctor Pérez ha sido designado por el alcalde, no por el Comité provincial de seguridad como debe ser»

Cmdte. PNP Alfonso Beraún, explica sus funciones y la de los comités de seguridad de las municipalidades.

– Expresa secretario técnico del comité regional de seguridad

– Señala que puede ser un funcionario de la municipalidad, pero no es un secretario técnico del comité.

El secretario técnico del comité de seguridad regiona, Alfonso Beraún, expresó que el Consejo Regional de Seguridad, que preside el presidente regional, no reconoce al secretario técnico del comité de seguridad de Maynas, Víctor Pérez.

Cmdte. PNP Alfonso Beraún, explica sus funciones y la de los comités de seguridad de las municipalidades.
Cmdte. PNP Alfonso Beraún, explica sus funciones y la de los comités de seguridad de las municipalidades.

 

«Acá no hay ninguna controversia, acá no se quiere dar cumplimento a la Ley que marca la lucha contra la delincuencia que es la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. El señor Víctor Pérez, ha sido designado por el alcalde de Maynas como Secretario Técnico del Comité Provincial de seguridad lo cual es una designación nula porque el alcalde no tiene las facultades para eso.

 

A él lo ha debido designar el Comité Provincial a propuesta del alcalde y así el Comité lo designa, pero acá ha sido al revés. Él es sólo un funcionario de la municipalidad, yo no comprendo su actitud porque él sabe perfectamente cuáles son los mecanismos de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana», explicó Beraún.

 

DELINCUENCIA CAMINA PORQUE NO HAY PLAN ZANAHORIA…

Ni tampoco articulación de esfuerzos en el tema. «En el plan zanahoria hay una total descoordinación, no hay en Maynas pero sí en Punchana, entonces los delincuentes avanzan donde pueden seguir tomando y luego cometiendo sus fechorías. Hoy habrá reunión multisectorial para articular esfuerzos y tomar decisiones rápidas en la lucha contra la delincuencia.

 

Hay que recordar que el Comité Regional de Seguridad tiene funciones técnico normativas como manda la Ley 27933. Son los comités distritales y provinciales los que tienen la función ejecutiva o sea; de ir a las calles con la fuerza pública a dar seguridad y actuar en la lucha física contra la delincuencia. Existe el oficio 529 que el presidente le envía al alcalde pidiendo las facultades operativas, pero sintomáticamente llega el oficio 012 de la municipalidad, donde indica que no amerita el pedido y él asumirá, pues la responsabilidad de los hechos que están pasando últimamente», detalló Beraún.