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“Los demandados señalan que no es posible darle titularidad a un río, ni que se reconozca a la naturaleza como sujeta de derechos”

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  • Dio a conocer la abogada de IDL, Maritza Quispe, quien estará presente en la vista de la causa hoy en la Corte Superior de Justicia.

Hoy a las 7 y 30 am la Sala de Apelaciones de la Corte Superior, verá el caso de la sentencia emitida desde un juzgado de Nauta, a favor de la Federación de mujeres Huaynakana Kamatahuara Kana, donde se resolvió a favor del río Marañón, como sujeto de Derechos.
En conferencia de prensa, donde también estuvieron dos mujeres luchadoras Kukama, Emilsen Flores y Gilda Fasabi, mientras que la presidenta de la federación Mariluz Kanaquiri, estuvo ausente porque se encuentra en Toronto, en la presentación del documental Kahuara, y dando a conocer lo que significa la sentencia a favor del río Marañón. En dicha conferencia, Maritza Quispe, hizo un recuento de la lucha y del estado de la sentencia.
“Como antecedente tenemos que el pasado 21 de setiembre de 2021, la federación de mujeres Kukamas, presentaron una demanda constitucional de amparo contra diferentes entidades del Estado como el ministerio del ambiente, gobierno regional, autoridad nacional del agua, Petroperú, solicitando básicamente 4 peticiones:
-Reconocimiento del río Marañón como sujeto de derechos, debido a los constantes derrames de petróleo. –La constitución de los Consejos de Agua, con la participación de los pueblos indígenas. –Que la jueza ordene a Petroperú el mantenimiento del oleoducto Norperuano. –Actualización del instrumento de gestión ambiental.
El proceso después de un año y medio, llegó a audiencia ante el juzgado de Nauta y la jueza en marzo de este año emitió una sentencia histórica para el Perú y la región de Latinoamérica. Para todos los países que buscan el reconocimiento de los ríos como sujetos de derechos. La jueza emitió la sentencia y ordena que se declare al río Marañón sujeto de derechos y ordena a Petroperú dar mantenimiento al Oleoducto, así como a la actualización de los instrumentos de gestión.
Esto es importante porque a través de los instrumentos de gestión ambiental se puede ver cuáles son los impactos significativos que una determinada actividad afectará a un determinado pueblo.
Se espera que esta demanda constitucional de amparo, solicitada y dada por la jueza de Nauta, sea declarada fundada. Lamentablemente los demandados como Petroperú, ANA, ministerios, Gorel, etc. apelaron la sentencia porque desconocen y señalan que no es posible darle titularidad a un río, que no es posible que se reconozca a la naturaleza como sujeto de derechos.
Al apelar, se ha elevado el expediente ante la sala superior de apelación de justicia de Loreto, y esa causa es la que se verá este jueves (hoy) a las 7 y 30 de la mañana. Ahí se pedirá a la Sala que se ratifique la sentencia emitida desde Nauta, por ser justa.
Esperamos que los magistrados de la Sala de Apelaciones, puedan emitir una sentencia confirmatoria de respeto a este extremo y puedan hacer historia. No sería la única Corte Superior que haya reconocido a los ríos como sujetos de derechos. Ya hay antecedentes en otros países”, ilustró Quispe. (LMHL).

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1 COMENTARIO

  1. Me parece que el titulo de la nota no es concordante con el contenido del articulo. Tengan mas cuidado al redactar una información o no tienen quien corrija antes de publicar…

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