La función pública y el Código de Ética

Por: Pedro Nicanor AZABACHE DE LA CRUZ

El tema obligado de conversación, comentario, análisis y por cierto de crítica y ésta última  de todo calibre, incluyendo hasta las más ácidas, que llegan incluso a herir susceptibilidades, y de manera especial la proveniente de la prensa hablada y escrita, la cual no necesariamente tiene la razón por las dimensiones y forma como lo enfoca; es la CORRUPCIÓN en la Administración Pública; sin embargo, poco se hace por contrarrestar sus efectos. Ejemplo la difusión efectiva de la Ética y los Valores morales de las personas.
Como una preocupación para hacer prevalecer los valores morales de las personas, muchas instituciones generaron códigos de ética a los cuales se deben ceñir sus miembros, buscando de una u otra forma el «RESPETO» entre sus miembros y por cierto su cumplimiento, así tenemos por ejemplo el código de ética de los colegios profesionales y dentro de ellos el de los colegios de contadores públicos, el cual rige a nivel nacional.
La vigencia y/o cumplimento de los códigos de ética en las instituciones privadas como el ejemplo que se ha tomado; sus efectos, no son tan notorios, por cuanto de por medio rigen intereses y conveniencias particularizadas, esto es, que los efectos solo repercute en sus integrantes como personas; por ejemplo, las multas, suspensión de sus actividades profesionales según el caso, etc. todas ellas relacionadas solo a la práctica de su profesión.
Sin embargo, en las instituciones que crea el Estado en donde se ejerce la función pública, resulta muy diferente, por cuanto el desenvolvimiento, desempeño y cumplimiento de las actividades que realizan las personas por encargo del Estado, ya no es solo de interés de la persona o de la institución que los alberga, sino todo lo contrario, pues adicionalmente al compromiso que asumen como trabajadores de una entidad pública, tienen la gran responsabilidad de brindar un eficiente y eficaz servicio a la población en general y dentro de ellos el tan delicado servicio de la enseñanza – aprendizaje, la salud, la defensa nacional etc., y es precisamente estas actividades, la que requiere de una especial formación de la persona para brindar y respaldar las funciones que se les encarga.
Esta formación, implica pues la solidez de los valores morales en las personas que por encargo del Estado cumplen una función pública de servicio a la población y el verdadero respeto a las normas éticas. De la ausencia de estos valores morales en los trabajadores y/o funcionarios que desempeñan una función pública, es que ha dado origen al lamentable concepto que se tiene ahora en el sentido que en toda institución pública, campea la tan nefasta llamada «Corrupción».
Ante estos hechos que con el transcurrir del tiempo han venido tomando fuerza, el Estado peruano, como era lógico, también ha mostrado su preocupación y ha plasmado su preocupación, emitiendo normas que regulen el accionar de los trabajadores que conforman las distintas entidades del Estado, casos principales las leyes que regulan los sistemas administrativos y de remuneraciones.
Pero el Estado en su afán de mostrar una mejor imagen de las instituciones, como consecuencia de la práctica de los valores morales por parte de sus trabajadores, llegó a más, y es así que desde hace más de 10 años (Agosto-2002), promulgó la ley N° 27815 y su reglamento (2005) del código de ética de la función pública, como una de las medidas para la prevención de la corrupción y el fortalecimiento del sistema de recursos humanos en el Perú,
La importancia de esta norma, está en que regula distintos valores axiológicos (ciencia que se ocupa del estudio de la moral), que dan sustento a la acción administrativa del Estado, haciéndolos obligatorios y exigibles bajo sanción. Una verdadera revolución que supera el concepto tradicional de la ética como una cuestión subjetiva y personal circunscrita al ámbito de lo privado de las personas, entendida ésta como un asunto subjetivo, múltiple y diverso, no siendo posible establecer un comportamiento «ético» que sea aceptado plenamente por todas las personas.
En el ámbito público, las naturales discrepancias de las personas requieren llegar a un mínimo de consensos para lograr que la vida en común sea posible. Así por ejemplo en nuestra sociedad para «saber vivir», hemos optado estar de acuerdo en que las personas tenemos derecho a la vida, a expresarnos libremente, entre otros derechos que por lo general se encuentran recogidos en ese «contrato social» llamado constitución. A este  conjunto de reglas o consensos podemos llamarlo «Ética Pública» (Franz Chevarria Montesinos)
Pero, porqué la necesidad de un Código de Ética de la Función Pública? Como ya se mencionó en el párrafo precedente, el Estado en su preocupación de regular los actos administrativos de los trabajadores, emitió una de las normas más reconocidas y en vigencia como es el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público, que en capítulo especial, desarrolló las obligaciones, prohibiciones y derechos de los servidores públicos; sin embargo, con el correr  del tiempo esta norma se ha ido modificando con distintas normas y regímenes de contratación, cada cual con sus propias reglas, privilegios y obligaciones que han flexibilizado sus alcances y han hecho que su aplicación actual sea verdaderamente marginal.
De ahí que uno de los principales aportes del código de ética de la función pública, sea haber tomado conceptos amplios y reconocidos internacionalmente para determinar su ámbito de aplicación, como son los de Función Pública  y Funcionario Público estipulados en la Convención Interamericana de la lucha contra la corrupción.
Desde este punto de vista, pues se siente la necesidad de una norma que oriente, obligue y haga cumplir los principios básicos de un trabajador público como son el Respeto, la Probidad, la Eficiencia, Idoneidad, Veracidad, Lealtad y Obediencia, que como ya manifesté en la parte introductoria, estos al parecer están siendo dejados en el olvido.
Y nosotros como personas, funcionarios públicos o no. Qué estamos haciendo para contribuir con este problema?  Les dejo como una pequeña reflexión.