Gobernador y ex gerente regional interpusieron demandas ante juzgados de la CSJL

  • En el objetivo de contrarrestar la posibilidad que la jueza termine aceptando el pedido de prisión preventiva por el presunto delito de peculado doloso.


El abogado Carlos Araujo Cabezas, defensa del gobernador de Loreto Elisbán Ochoa, una vez enterado de la formalización de investigación y pedido fiscal de prisión preventiva por 9 meses para su patrocinado; interpuso un recurso de Hábeas Corpus, a fin que no se llegue a la audiencia de prisión preventiva programada ya por la señora jueza María Esther Ruiz Bazalar, para el próximo 13 de mayo de 2022 a las 9 de la mañana.
Una solicitud de quiebre de audiencia difícil de aceptar puesto que el pedido ya ha sido formalizado y admitido ante el despacho de Ruiz Salazar. De quién dependerá exclusivamente decidir sí otorga la prisión preventiva contra el gobernador y 10 personas más por el caso de los hospedajes supuestamente contratados por el gobierno regional para albergar a gente en la difícil coyuntura de la temida pandemia covid.
Siguiendo la audiencia del día de ayer (vía Internet), se pudo escuchar al abogado defensor Araujo Cabezas, cuestionar el trabajo de la fiscal Isabel Otero, en cuanto a que primero (año 2020) había abierto investigación por negociación incompatible, para que luego les salga con la sorpresa del presunto delito de peculado doloso y el pedido de prisión preventiva para 11 personas.
Y que no les notificaron del caso a los implicados y menos les notificaron a los abogados, dejando en indefensión a los ahora denunciados. Y que recién se enteraron cuando la noticia se filtró al público, pero que no creían y que cuando fueron al despacho fiscal para ver si era cierto, la responsable no los dejó pasar.
Por lo que se había vulnerado el derecho a la defensa (acota el abogado). Solicitando al juez Chumbimune Porras, que se declare fundado el requerimiento de la demanda de Hábeas Corpus. Y que se declare nulo lo hecho por la fiscal, retrotrayéndose el caso hasta la etapa inicial de investigación.
El procurador Hugo Mauricio Chuquillanqui, señaló por su parte; que una vez abierta la investigación de manera formal, ya no contra los que resultaran responsables como en la investigación inicial, global, sino contra los que fueron identificados en la formalización, de cometer el presunto delito, ha estos se les dio 72 horas para que presenten al defensor de su libre elección. Y que los individualizados fueron notificados correctamente, por lo que no hay afectación a derechos constitucionales.
Agregando que la fiscal Isabel Otero, había actuado de acuerdo a lo que manda la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Nuevo Código Procesal Penal. Agregó que lo expuesto por el abogado defensor, no tenía relevancia constitucional. El Procurador agregó que en todo caso su demanda pudo ser llevada al fuero penal ordinario, no en el fuero constitucional porque no es su competencia llevar tutelas.
La Dra. Isabel Otero, igualmente defendió su posición, indicando que estaba de acuerdo con lo manifestado por el Procurador. Además, aclarando al señor juez y al abogado Araujo Cabezas, que en efecto cuando se abrió investigación, esta se hizo de oficio, contra los que resulten responsables, para así ir investigando los hechos e individualizando a los presuntos involucrados. Luego de ello procede la fiscalía a formalizar la denuncia ante el juzgado de acuerdo a la norma procesal penal.
Defendió su pedido de prisión preventiva mencionando que de ninguna manera se les ha dejado en indefensión a los implicados, y que, si se requirió la prisión preventiva de 9 meses, esto fue cumpliendo los requisitos y se ingresó conjuntamente como la formalización, de acuerdo a la norma procesal, y que este pedido obedece a un acto postulatorio que debe ser resuelto por el juez de manera objetiva.
Eso entre otras sustentaciones respecto a que ella sí ha cumplido con todos los presupuestos exigidos por Ley para formalizar la investigación ante el poder judicial y hacer el pedido que ha hecho, y que se les notificó correctamente del caso en la oportunidad, adjuntandose incluso la pericia contable, quedando la decisión sobre el pedido de prisión preventiva únicamente en manos de la jueza María Ruiz Bazalar.
La misma jueza que ayer en audiencia escuchó a la defensa del ex gerente general del gobierno regional Danilo Tello Pezo, sobre la demanda de Tutela interpuesta.
Ambos jueces, María Ruiz y Luis Chumbimune, se han reservado la decisión para luego hacerla conocer a las partes. Siendo que Chumbimune Porras, le pidió el expediente a la fiscal en menos de 24 horas para revisarlo y al final tomar la decisión judicial.
Se espera que tome una decisión acorde a Ley, no dando pie a que se frustre la audiencia de prisión preventiva, ya que, por lo escuchado en la audiencia, al parecer sería la intención de los abogados.
(Luz Marina Herrera Lama).