JUZGADO FAMILIA

1° JUZGADO DE FAMILIA – Sede Central
EXPEDIENTE: 02249-2016-0-1903-JR-FC-01
MATERIA: PRUEBA ANTICIPADA
JUEZ: ALAN JOSUE GARCIA MURRIETA
ESPECIALISTA: TALITA BUSTAMANTE PEZO
MINISTERIO PUBLICO: 1ERA FISCALIA CIVIL Y FAMILIA DE MAYNAS,
DEMANDADO: MARIN LANCHA, BLANCA LIDIA
DEMANDANTE: REATEGUI PAREDES, VICTOR RAUL
EDICTO
Se cita llama y emplaza a la demandada BLANCA LIDIA MARIN LANCHA, a fin de asistir a la audiencia para la TOMA DE MUESTRAS DE ADNI programadas para el día TREINTA Y UNO DE ENERO DEL AÑO EN CURSO A HORAS 9.00 a.m. en el Local del Primer Juzgado de Familia, trayendo consigo a la menor de iniciales L.V.R.M., BAJO APERCIBIMIENTO DE MULTARSELE compulsiva y progresivamente conforme lo dispuesto por el artículo 53° del Código Procesal Civil Facultades Coercitivas del Juez, en caso de inconcurrencia”. Fdo. Alan Josue García Murrieta Juez de Familia y Talita. Bustamante Pezo, Secretaria Judicial.
Iquitos, 19 de enero de 2018
V-3(24,25 y 26)

EDICTO.
La Señora Juez Especializada del Segundo Juzgado de Familia de Maynas, del proceso Nº 1369-2014-0-1903-JR-FP-02, sobre Infracción a la ley penal contra El Patrimonio, la misma que ordena: NOTIFÍQUESE, a MAYCOL ASIPALI TAPULLIMA el Oficio N° 1319-2017 remitido por la Directora del Servicio de Orientación al Adolescente – SOA – IQUITOS, estando a lo expuesto, agréguese a los autos, tangase presente el informe de incumplimiento de la Medida Socio Educativa del adolescente Asipali Tapullima Maycol, OFÍCIESE a la Policía Judicial de Loreto, a fin de que proceda a la búsqueda y conducción de Maycol Asipali Tapullima, y una vez ubicado sea puesto a disposición de este juzgado a fin de que cumpla su Medida Socio Educativa; asimismo, y estando a la razón de dicho por el notificador. NOTIFÍQUESE, al adolescente MAYCOL ASIPALI TAPULLIMA, con la RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE, DIECISEIS y la PRESENTE RESOLUCIÓN, mediante cedula de ley, y sin perjuicio de ello notifíquese por EDICTO en el diario de mayor circulación de la Región a fin de que tome conocimiento del estado del proceso y no se le cause indefensión; Fdo. Dra. BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ – Juez; Fdo. SHIRLEY SORIA RIVADENEIRA- Especialista Legal.
V-3(24,25 y 26)