EDICTOS

Exp. 2905 – 2011
E D I C T O
Se cita, llama y emplaza al procesado CARLOS ALBERTO GONZALES LINARES para que se apersone al local del Tercer Juzgado Penal Liquidador de Maynas, a fin de llevarse a cabo la diligencia de LECTURA DE SENTENCIA en la audiencia del DÍA VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA;; bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ en caso de inconcurrencia y ordenarse su captura a nivel nacional, debiendo el procesada concurrir acompañado o no de su Abogado Defensor; por estar así ordenado en el proceso que se le sigue por el delito de CONDUCCION DE VEHICULO EN ESTADO DE EBRIEDAD ,.- Fdo. Carlos Enrique Huari  Mendoza.- Juez Penal Liquidador de Maynas.
Iquitos, 07 de Junio  del 2013.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO
3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 01800-2012-3-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: YSLA CHAVEZ, XAVIER ALEXANDER
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD,
RESOLUCION NUMERO UNO
Iquitos, seis de Junio del año dos mil trece.-
Dado cuenta, habiéndose formado el cuaderno de terminación anticipada, se procede a proveer el escrito presentado por el procesado XAVIER ALEXANDER YSLA CHAVEZ, de fecha cuatro de junio del dos mil trece.- Habiendo solicitado fecha y hora para la diligencia de Terminación Anticipada: Señálese el día ocho de julio del dos mil trece a horas diez con veinte de la mañana, para la audiencia de terminación anticipada, debiendo concurrir el mencionado procesado en la fecha y hora señalada, notificándose mediante cédula y edicto; bajo apercibimiento de dejarse sin efecto dicha diligencia y seguir con el  trámite del presente proceso; hágase saber, con citación.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO
3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 00684-2009-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
IMPUTADO: PAIMA AREVALO, JHON PATTERSON
DELITO: LESIONES LEVES
AGRAVIADO: ROJAS GUERRA, ELIZABETH
RESOLUCION NUMERO SEIS
Iquitos, seis de Junio del año dos mil trece.-
Dado cuenta con la razón del cursor que se tiene presente; y de la revisión de autos se tiene que por error involuntario al emitirse la resolución número cuatro de fecha diecisiete de marzo del dos mil diez, se declara reo ausente al procesado y mediante resolución número cinco, de fecha cinco de marzo del dos mil trece se ha renovado las requisitorias en contra del procesado JHON PATTERSON PAIMA AREVALO, sin tener en cuenta que no ha sido válidamente notificado con las mencionadas resoluciones al no existir cargos de notificaciones en autos, habiendo inclusive devuelto el notificador judicial con razón de dicho, la que corre a fojas cuarenta y siete; en consecuencia: Déjese sin efecto las resoluciones cuatro que dispone se declare Reo Ausente al mencionado procesado y la resolución número cinco, de fecha de fecha cinco de marzo del dos mil trece, donde se dispone la renovación de las ordenes de captura, respectivamente, por no haber sido válidamente notificado dicho procesado y a fin de no vulnerar el principio del debido proceso; asimismo: Déjese sin efecto las ordenes de captura que pesan en su contra, oficiándose con tal fin a las autoridades pertinentes y renovando el acto procesal viciado: Señálese como fecha y hora a fin de que el procesado JHON PATTERSON PAIMA AREVALO rinda su declaración instructiva, el día veintiuno de junio del dos mil trece a horas diez con veinte de la mañana, notificándose mediante cédula a su domicilio real señalada en ficha Reniec y mediante edicto; bajo apercibimiento de ser declarado Reo Ausente en caso de inconcurrencia; llámese severamente la atención a la secretaria anterior Abogada Natalí Ríos Armas y la atención al Secretario cursor a fin de que pongan mayor celo en el desempeño de sus funciones; hágase saber, con citación.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO
3°JUZG. PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO
EXPEDIENTE: 01839-2012-0-1903-JR-PE-02
ESPECIALISTA: ARMANDO AVALOS PANDURO
TERCERO: AREVALO SILVA, WALDIR MILTON
IMPUTADO: NUÑEZ RUBIO, TINO JESUS
DELITO: CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN.
AGRAVIADO: DE LA SOCIEDAD,
RESOLUCION NUMERO TRES
Iquitos, treinta de Mayo del año dos mil trece.-
Dado cuenta; de la revisión de autos se tiene que el inculpado TINO JESUS NUÑEZ RUBIO, no ha sido válidamente notificado con la resolución número dos, al haber sido devuelto por el notificados judicial mediante razón de dicho en razón de no haber sido ubicado su domicilio real, en consecuencia: Reprográmese la diligencia de declaración instructiva de dicho inculpado para el día dos de julio del dos mil trece a horas ocho con veinte de la mañana, debiendo de ser notificado el mencionado inculpado en su domicilio real que indica en su ficha Reniec y mediante edicto; , bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, en caso de inconcurrencia; recábese los antecedentes penales, policiales y judiciales del inculpado; ofíciese a las entidades bancarias y Registro Público a fin de que informen si el procesado posee cuentas bancarias, bienes muebles a su nombre; fórmese el cuaderno de embargo preventivo con las piezas pertinentes de autos; practíquese las demás diligencias que sean necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos; hágase saber, con citación.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 2341-2012
Sec. J. APAGUEÑO A.
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al encausado WILMAN TELLO RODAS, para que se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal Liquidador de Maynas, ubicado en Avenida Grau con Leticia- Plaza Bolognesi-Iquitos, para que rinda su declaración instructiva, señalado para el día 19 de junio del año en curso, a las 09.00 de la mañana; bajo apercibimiento de ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 2341- 2012, que se le sigue, por delito de omisión de asistencia familiar, en agravio de JUAN IGNACIO TELLO CHAVEZ.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 02365-2011.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado MAURA MOZOMBITE RIOS , para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de lectura de sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 04 de julio del año en curso, a las 10.30 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02365-201, que se le sigue, por el delito Receptación Agravada en agravio de la empresa Plásticos “El Aguilar SRL”.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 0627-2012.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado MARCOS TONY YUIMACHI ARIMUYA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de lectura de sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 21 de junio del año en curso, a las 12.00 del Mediodía; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 0627-2012, que se le sigue, por el delito Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción en agravio de La Sociedad.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 07 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 0566-2012.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado ABIMAEL SALAS PIÑA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de lectura de sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 20 de junio del año en curso, a las 11:30 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 0566-2012, que se le sigue, por el delito Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, en agravio de La Sociedad
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 07 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 0596-2012.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado REYNERIO PEÑA AHUANARI, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de lectura de sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 20 de junio del año en curso, a las 12.00 del Mediodía; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 0596-2012, que se le sigue, por el delito Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, en agravio de La Sociedad
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 07 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 0570-2012.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado LUIS GUSTAVO PADILLA CORDOVA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de lectura de sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 20 de junio del año en curso, a las 11.00 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 0570-2012, que se le sigue, por el delito Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, en agravio de La Sociedad
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 07 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 01950-2011.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado MOISÉS ALBERTO MENDOZA FARFÁN, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de lectura de sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 20 de junio del año en curso, a las 10.30 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 01950-2011, que se le sigue, por el delito Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, en agravio de La Sociedad
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 07 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 02312-2011.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado PERCY INGA ASPAJO para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 04 de julio del año en curso, a las 11.00 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02312-2011, que se le sigue, por el delito Estafa Genérica, en agravio Carolina Paima Dávila
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)
Instr. N° 03545-2011.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado MARCO ANTONIO MOSCOL SALAZAR para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 04 de julio del año en curso, a las 09.30 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 3545-2011, que se le sigue, por el delito Lesiones Leves, en agravio de Magno Abelardo Carrasco Alva
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 3173-2011.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado GILDA GONZALES LÓPEZ para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 08 de julio del año en curso, a las 09.30 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 03173-2011, que se le sigue, por el delito Receptación, en agravio Tania Rodríguez Tananta
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 03558-2010.
Sec. Jenifer Apagueño Aspajo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado CARLOS FEDERICO URIBE RENGIFO para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 04 de julio del año en curso, a las 09.00 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 03558-2010, que se le sigue, por el delito Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción, en agravio de La Sociedad
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 560- 2012.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y EMPLAZA a los encausados EDGAR JOSE CARRANZA FALEN, WILLIAM NUÑEZ MOZOMBITE, DIANA BAOS TAMANI, NADYA MOZOMBITE APAGUEÑO, KELY CAHUAMARI MARIN, JHON GONZALES PUMA, DELIA ARIRAMA RIOS, LETTY TAPULLIMA AREVALO, ESTELA TUESTA PINEDO, KARINA MELANIE LOZANO CELIS, ANA GILMA ROJAS RODRIGUEZ, LUIS MIGUEL RIOS ATEC, ZOILA PATRICIA ALENCAR PERDOMO, SOFIA SOPLIN ARIMUYA, ROSA EDELMIRA CANAQUIRI ARIRAMA, LLORDANO HUAICAMA MANIHUARI, CARLOS ANTONIO HUANSI YALTA, EDGAR MOZOMBITE DEL AGUILA, WALTER GILBERTO MESIA COSTA, LUIS AGUSTIN SORIA ASPAJO, EDWIN JESUS GOMEZ LAVI y RIDER PEZO SALAS, para que se presenten ante el local del 4to. Juzgado Penal Corporativo de Maynas, sito en Av. Grau con Leticia (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para que rindan su declaración instructiva, señalado para el día 01 y 02 de julio del año en curso, a las 08.00, 08.30, 09.00, 09.30, 10.00, 10.30, 11.00, 11.30, 12.00, 12.30 y 14.00 horas, respectivamente en orden de mención, a razón de 11 encausados por día, recordándoseles que se encuentran bajo apercibimiento de ser declarados reos ausentes, con excepción de Delia Arirama Ríos, quien queda bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 560-2012, que se les sigue juntamente con otros, por delito de usurpación agravada, en agravio de la Iglesia  Alianza Cristiana y Misionera del Perú.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 07 de junio  del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 3452- 2010.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO  PENAL
Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA a los encausados BERNARDO RUIZ CANAQUIRI, CLEVER EVER PICON PEREZ, JULIO TUESTA HERNANDEZ y  ERICKS MARDEN NORIEGA PINEDO, para que se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal Corporativo de Maynas, sito en Av. Grau con Leticia (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para que rindan la ampliación de su declaración instructiva, señalado para el día 21 de junio del año en curso, a las 08.00, 08.30, 09.00 y 12.30 horas, respectivamente en orden de mención; dispuesto así en la Instrucción N° 3452-2010, que se les sigue, por delito de falsificación de documentos, en agravio del Estado.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio  del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 3452- 2010.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, se NOTIFICA a los encausados BERNARDO RUIZ CANAQUIRI, CLEVER EVER PICON PEREZ, JULIO TUESTA HERNANDEZ y  ERICKS MARDEN NORIEGA PINEDO, el contenido integro de la Resolución las siguientes resoluciones; recaídas en la Instrucción N° 3452-2010, que se les sigue, por delito de falsificación de documentos, en agravio del Estado; y son.
RESOLUCION NUMERO DOCE
Iquitos, veinticuatro de agosto del dos mil doce.-
AUTOS y  VISTOS; dado cuenta con el dictamen Fiscal; y ATENDIENDO: PRIMERO.- Que, mediante resolución número once su fecha nueve de agosto del dos mil doce, se dispone se remita los autos a Fiscalía a fin de que se pronuncie conforme a sus atribuciones; SEGUNDO.- Que, en ese orden de ideas, el fiscal,  solicita se amplíe el auto apertorio de instrucción en el extremo que el tipo penal de Falsificación de Documentos es la prevista en el primer párrafo el artículo 427 del Código Penal, en consecuencia, siendo amaparable su pedido. SE RESUELVE: AMPLIAR EL AUTO APERTORIO DE INSTRUCCIÓN   de fojas cincuenta y tres a cincuenta y ocho aclarando que la conducta de los procesados es la prevista y penada el primer párrafo el artículo 427 del Código Penal;  SUBSISTIENDO en todo lo demás el aludido auto; asimismo, y para los fines de no recortar el derecho a la defensa, de conformidad con el artículo doscientos ochenticinco-A, segundo apartado del Código de Procedimientos Penales, aplicable por extensión en este proceso: PÓNGASE en consideración de esta ampliación a las partes, por el término de OCHO DÍAS; y  fecho: REMÍTASE   a la Quinta Fiscalía Provincial Mixta De Maynas para que proceda conforme a sus atribuciones.
RESOLUCION NUMERO DIECISIETE.
Iquitos, diez de junio del dos mil trece.-
Dado cuenta AVÓQUESE el señor Juez que suscribe, por disposición superior; con la certificación que antecede expedido por el secretario cursor, agréguese y téngase presente; estando a lo expuesto, y al no haber sido debidamente notificados por cédulas de ley, y además, como se tiene plasmado en la resolución antecedida, y ATENDIENDO a que, por Resolución número catorce, su fecha dieciséis de enero último, de fojas doscientos  treinticuatro, se ha señalado fecha y hora para recibir declaración instructiva de los procesados, por tratarse de otros cargos relacionados a la comisión del delito de falsificación de documentos, previsto y sancionado por el primer párrafo del artículo cuatrocientos veintisiete del Código Penal, y no el delito de falsedad ideológica como se dio inicio originariamente, empero, por omisión involuntaria no se hizo el apercibimiento de ley , por lo tanto, y estando a lo solicitado por el señor presentante del Ministerio Público, en su dictamen de fojas  doscientos ochentiocho: RECÍBASE la ampliación de la declaración instructiva de los encausados: BERNARDO RUIZ CANAQUIRI, CLEVER EVER PICON PEREZ, JULIO TUESTA HERNANDEZ y ERICKS MARDEN NORIEGA PINEDO, para el día veintiuno de junio  del año en curso, a las ocho, ocho con treinta, nueve y doce con treinta horas, respectivamente en orden de mención, notificándoseles por cédula de ley, y emplazarlos por edicto penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región”; debiéndose notificar también por edicto el contenido íntegro de la Resolución número doce (auto que amplía la instrucción por el delito de falsificación de documentos), recordándoseles que se encuentran bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces (conocen la existencia del proceso), con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia;  disponiéndose que vencido la fecha señalada se deberá remitir al despacho del titular de la acción penal, para los fines de que emita el pronunciamiento final; y en cuanto a la ampliación solicitada en el dictamen de fojas ochentiocho no es atendible, por cuanto los plazos establecidos en la ley han precluído, por lo que para ello se deberá tener una orden expresa del superior jerárquico; asimismo LLAMESE  la atención al secretario cursor por no dar cabalmente sus funciones al no elaborarlas cédulas de notificación de la Resolución número dieciséis, que señala diligencias; hágase saber; con citación hágase saber; con citación.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio  del 2013
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 2346-2010.
Sec. Pedro Dávila Del Castillo.
EDICTO  PENAL
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado ORLANDO MENDOZA SANTAMARIA, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en calle Leticia con Av. Grau (Plaza Bolognesi)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de lectura de sentencia a dictarse en autos, señalado para el día 15 de Julio del año en curso, a las 10.00 de la mañana; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz, con captura a nivel nacional, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 02346-2010, que se le sigue, por el delito Lesiones Culposas Graves, en agravio de Ana Representación Morales Vela.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 10 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Instr. N° 3538-2011.
Sec. P. Dávila C.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente NOTIFICO al acusado TEDY MORI PARANA, para que dentro del plazo de CINCO DIAS se presente ante el local del Cuarto Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Avenida Grau con Leticia- Iquitos (plaza Bolognesi) para que absuelva las citas que le resultan de autos; asimismo se le comunica que por Resolución N° 15, de la fecha se puso de manifiesto, a disposición de las partes para los alegatos de ley, quedando con el apercibimiento de ser declarado reo ausente, con captura a nivel nacional, la que se hará efectivo en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 3538-2011, que se le sigue juntamente con otros, por delito de usurpación agravada, en agravio de Reynaldo Hidalgo Dávila y otro.
Iquitos, 06 de junio del 2013.
V-3(12,13 y 14)

Exp. N° 00044-2013-97-PE- “Cuaderno de Debates”
Especialista: Gamaniel Laulate
Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Maynas
EDICTO
Por el presente el  Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Maynas, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00044-2013-97-PE, se dispuso Notificar a la persona de KIKO CONTRERAS INUMA, identificado con DNI N° 05393311, la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NUMERO DOS. Iquitos, once de junio del dos mil trece. Dado cuenta del Acta de Audiencia  de la fecha, en donde se dispone reprogramar por secretaría nueva fecha y hora para audiencia de Juicio Oral en consecuencia, estando así dispuesto: CÍTESE NUEVAMENTE A JUICIO ORAL en la presente causa penal, para el día VEINTICINCO DE JUNIO DEL DOS MIL TRECE a las  OCHO DE LA MAÑANA la misma que se realizara en la SALA  DE AUDIENCIAS DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS del Modulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Loreto, ubicada en la CALLE GRAU N° 720, SEGUNDO PISO DE LA CIUDAD DE IQUITOS,  Y NOTIFÍQUESE CON LA PRESENTE RESOLUCIÓN (para la concurrencia a la audiencia de juicio oral en la fecha y hora  antes señalada) A LOS SIGUIENTES SUJETOS PROCESALES: a).- Al acusado KIKO CONTRERA INUMA en su domicilio procesal de su abogado defensor ubicado en la RICARDO PALMA N° 469 – MODULO 4 – IQUITOS sin perjuicio de notificarlo por edicto tanto a nivel regional como nacional, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. b) Al Abogado defensor del acusado Kiko Contrera Inuma, el letrado AUGUSTO PADILLA REATEGUI, en su domicilio procesal sitio en RICARDO PALMA N° 469 – MODULO 4 – IQUITOS, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de poner en conocimiento del Ministerio de Justicia, razón por ello, ofíciese a la Defensoría Pública de Loreto para conocimiento de la referida audiencia de juicio oral y tome las acciones correspondientes. C).- Al REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO responsable del caso Dr. RAUL ARQUIMIDES BARREZUETA REYES Fiscal Adjunto Provincial de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa de Maynas, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público y de ser excluido del juicio, de conformidad con el artículo 359°. 6) del CPP. Así firma el señor Magistrado en Licencia de la Juez titular, de lo que como Especialista de causa certifico. NOTIFIQUESE Y HAGASE SABER.
Iquitos, 11 de junio del 2013
V-3(12,13 y 14)