SALA PENAL

EDICTO PENAL
INST No. 121-2012-0
SECRETARIO DE SALA:   ABG. CARMEN ROSA VELA REYES
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento la siguiente resolución a la parte agraviada: María Magdalena Ricaldi Vilchez, en representación de la menor de iniciales E.J.H.R:
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISÉIS
Iquitos, diecisiete de Diciembre del año dos mil doce.-
DADO CUENTA, en la fecha de autos, por recibido el Dictamen Penal N° 047-2012-MP-1°FSM-Loreto, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y siendo el estado del proceso y conforme al acuerdo establecido por este Colegiado respecto al Acuerdo Plenario N° 6-2009/CJ-116, y en función a las características y complejidad de la causa; PÓNGASE a conocimiento de la partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES días para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, póngase en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en merito al acuerdo Plenario antes citado. Notifíquese.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO PENAL
INST No. 148-2012
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, CITA, LLAMA Y EMPLAZA A LAS PARTES PROCESALES: acusado CHARLES DINO GONZALES SHUÑA, y a la agraviada Ana Paulina Torres Acuña y otros, a efectos de llevarse acabo la vista de la causa para el día VIERNES VEINTIUNO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 a.m.), la misma que se llevara acabo en la sala de audiencia de la sala penal (tercer piso); al haberse dispuesto así en el proceso N° 148-2012, seguido contra el referido procesad, por el delito de Hurto Simple.
V-3(12,13 y 14)
EDICTO PENAL
INST No. 164-2011-0
SECRETARIO DE SALA:   ABG. CARMEN ROSA VELA REYES
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se cita, llama y emplaza al familiar mas cercano del agraviado occiso Oraldo Inuma Amaringo y al acusado LEONIDAD LANCHA PIZANGO, MAMERTO LANCHA PIZANGO Y BERNEL PUA TAMINCHI, quienes deberán CONCURRIR a la Sala de Audiencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto Tercer Piso para la iniciación de la audiencia de juicio oral PROGRAMADA para el día LUNES OCHO DE JULIO DEL DOS MIL TRECE A horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (08:30 A.M.); quienes tienen que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de ser declarado Reos Contumaces y REVOCÁRSELES EL Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención ordenándose su inmediata búsqueda, ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de sentenciados e Inculpados  de Maynas en caso de su inconcurrencia; debiendo el acusado designar abogado defensor de su libre elección, de no hacerlo se le nombrará al defensor público adscrito a este Colegiado; al haberse dispuesto así en el proceso N° 164-2011, seguido en contra de los referidos acusados, por el delito contra la Vida el Cuerpo y la Salud.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO PENAL
INST No. 1089-2010-0
SECRETARIO DE SALA:   ABG. CARMEN ROSA VELA REYES
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento la siguiente resolución a las partes: Katia Parano Vásquez y Sonia Vásquez Angulo.
RESOLUCION  NÚMERO  VEINTICUATRO
Iquitos, 01 de abril del dos mil trece.
VISTOS; con la apelación interpuesta por el Ministerio Público, de fojas 181-182, contra la  Sentencia contenida en la Resolución Número 11, de fecha 13 de setiembre del 2011, de fojas 170 a 177, que Reserva el Fallo Condenatorio a Katia Parano Vásquez y Sonia Vásquez Angulo, por el delito Contra la Vida el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de Lesiones Leves, ilícito previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 122 del Código Pernal vigente al momento de cometidos los hechos, en agravio de Erika Luisa Wesley Vásquez Collantes, por el periodo de Prueba de Un Año, con lo demás que contiene .
POR TALES CONSIDERACIONES LA SALA PENAL LIQUIDADORA  DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO: RESUELVE: DECLARAR DE OFICIO EXTINGUIDA LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION,  a favor de las procesadas KATIA PARANO VASQUEZ y SONIA VASQUEZ ANGULO, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – LESIONES LEVES, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del Artículo 122° del Código Penal, en agravio de ERIKA LUISA WESLEY VASQUEZ COLLANTES. ORDENARON  se remita estos autos a su juzgado de origen a fin de que proceda con el archivamiento definitivo de lo actuado en la forma y modo de ley previa anulación de los antecedentes a que dio lugar el presente proceso.  Y los devolvieron. Siendo ponente el señor Juez Superior Provisional Amoretti Martínez.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO PENAL
INST No. 1413-2010-0
SECRETARIO DE SALA:   ABG. CARMEN ROSA VELA REYES
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se cita, llama y emplaza al familiar mas cercano de la agraviada de iniciales S.J.M.M., y al acusado MARIO DIAZ TELLO, quien deberá CONCURRIR a la Sala de Audiencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto Tercer Piso para la iniciación de la audiencia de juicio oral PROGRAMADA para el día MIERCOLES DIEZ DE JULIO DEL DOS MIL TRECE A horas OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (08:30 A.M.); quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y REVOCÁRSELE EL Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención ordenándose su inmediata búsqueda, ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de sentenciados e Inculpados  de Maynas en caso de su inconcurrencia; debiendo el acusado designar abogado defensor de su libre elección, de no hacerlo se le nombrará al defensor público adscrito a este Colegiado; al haberse dispuesto así en el proceso N° 1413-2011, seguido contra el referido acusado, por el delito contra la libertad sexual.
V-3(12,13 y 14)

EDICTO PENAL
INST No. 126-2012-0
SECRETARIO DE SALA:   ABG. CARMEN ROSA VELA REYES
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento la siguiente resolución a las partes procesales:
RESOLUCIÒN NÙMERO DIECISIETE.
Iquitos, diez de abril del año dos mil trece.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 033-2013-MP-2ºFSPL-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Interviniendo los señores Jueces Superiores que rubrican por ser integrantes de Sala. Notifíquese
V-3(12,13 y 14)