SALA PENAL

EDICTO PENAL
Exp. N°  00148-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las
partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00148-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: YAHUARCANI TAPULLIMA, CLEVER Y OTROS.
DELITO: USURPACIÓN
AGRAVIADO: AYALA SALCEDO, RICARDO
MARTINEZ CORDOVA, PILAR
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO.
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados con la Razón de Relatoría y reporte del sistema de informática que anteceden, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra SILSA GUTIERREZ DEL AGUILA Y OTROS por el delito de USURPACION en agravio de RICARDO AYALA SALCEDO Y OTRO, y estando a lo expuesto se tiene que la Vista de la Causa programada mediante resolución número DIECISIETE, no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han estado debidamente notificados, conforme se tiene del reporte del sistema de informática que anteceden, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia, MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00241-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00241-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: ESPINOZA AHUANARI, ROBERTO CARLOS
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD.
AGRAVIADO: L A S M.
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISEIS.
Iquitos, quince de abril del dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos con la razón de secretaria que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra ROBERTO CARLOS ESPINOZA AHUANARI (Mandato de Comparecencia Restringida fojas 66 al 71), como presunto autor del delito Contra la Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales L.A.S.M., ilícito penal tipificado y sancionado en el primer párrafo, inciso 2) del artículo 173º del Código Penal, y conforme se tiene de autos que mediante resolución número QUINCE se ha programado el inicio de los debates orales para el día miércoles dos de diciembre del año dos mil quince; sin embargo no se pudo llevar a cabo por inconcurrencia del acusado, pese a encontrarse válidamente notificado, en consecuencia REPROGRAMESE fecha y hora para el inicio de los debates orales el día  LUNES VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M.); en la Sala de Audiencia de la Sala Penal Liquidadora de Loreto sito en el Tercer Piso de la Corte de Loreto, DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) ROBERTO CARLOS ESPINOZA AHUANARI, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario La Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, así como la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a la señora madre de la menor agraviada, a fin de que preste la declaración respectiva sobre los hechos que dieron origen al presente proceso; MANDARON se OFICIE a la RENIEC, solicitando la remisión de la partida de nacimiento de la menor agraviada, adjuntándose las generales que la menor agraviada, con la debida nota de atención; MANDARON se Oficie en su debida oportunidad al Ministerio Público – Instituto de Medicina Legal, a fin de que designe a dos profesionales en psicología para la realización de las pericias respectivas del acusado, así como de la menor agraviada; con conocimiento del señor Fiscal Superior. A los antecedentes penales y policiales del procesado antes citado, agréguese a los autos. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 0790-2011-0-1903-JR-PE-04
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00790-2011-0-1903-JR-PE-04
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: HINOSTROZA PEREYRA, FELIX OMAR
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD AGRAVIADO    : AJCP.
RESOLUCIÓN NÚMERO CIENTO ONCE.
Iquitos, catorce de abril del año dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la razón de secretaría y escrito que anteceden; agréguese a los autos del presente proceso seguido contra FELIX OMAR HINOSTROZA PEREYRA (Con Mandato de Comparecencia Restringida a fojas 1118), como presunto autor del delito Contra la Libertad, VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio del menor de iniciales A.J.C.P, ilícito penal tipificado y sancionado en el  inciso 2) del párrafo primero del artículo 173º del Código Penal; y estando a lo expuesto en la razón de Secretaria que antecede, se tiene que el juicio oral programado mediante resolución número CIENTO DIEZ (fojas 1373 Tomo III), se ha Quebrado debido a que el referido procesado se negó a ser asesorado por Defensor Público, por lo que siendo el estado de autos, REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES VEINTICINCO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS  OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (08:30 A.M.); la misma que se llevará a cabo con el Colegiado conformado por los magistrados, SOLOGUREN ANCHANTE, ACEVEDO CHAVEZ Y BENDEZU CIGARAN, en la Sala de Audiencias de Reos Libres (Tercer piso del Poder Judicial); DISPUSIERON,  se cumpla con notificar al acusado (Libre) FELIX OMAR HINOSTROZA PEREYRA, en su domicilio real y procesal señalado en autos, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN,  SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público  adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución y Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON, recabar la testimonial de ERICK MANUEL DUEÑAS NAVARRO, padrastro del menor agraviado a fin que brinde mayor detalle sobre la forma  y circunstancia en la que encontró al procesado en compañía del menor agraviado, a quien se le deberá notificar en su debida oportunidad en su domicilio consignado en autos y el señalado en su Ficha RENIEC. MANDARON, se notifique en su debida oportunidad a HECTOR FULTON MEZA ROCHA, DANIEL FERNANDO ASPAJO BANCHO y LUISA RUIZ TORRES, a fin de que presten la declaración testimonial sobre los hechos materia del presente proceso, a quienes se deberá notificar en su domicilio consignado en autos y el señalado en su Ficha RENIEC. Al numeral 4 del punto VI del Dictamen Acusatorio (fojas 1292-vuelta): DESE cuenta en audiencia. Al examen Psicológico remitido por el Instituto de Medicina Legal, agréguese a los autos y TÉNGASE presente en su oportunidad. Al Oficio ingresado con número 5483-2016, presentado por el Juzgado de Paz de la Comunidad de Bagazan, con el cual efectúa la devolución de la cédula de notificación de los señores testigos HECTOR F. MEZA ROCHA y LUISA RUIZ TORRES, sin diligenciar por cuanto no domicilian dentro de la jurisdicción de Saquena, agréguese a los autos. Interviniendo los señores jueces Superiores SOLOGUREN ANCHANTE y ACEVEDO CHAVEZ por impedimento de los jueces superiores DEL PIELAGO CARDENAS y AMORETTI MARTINEZ; así como el señor Juez Superior BENDEZU CIGARAN, integrante de esta Sala Penal . Notificándose.
S.S.
SOLOGUREN ANCHANTE
ACEVEDO CHAVEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00380-2008-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: N° 00380-2008-0-1903-SP-PE-01
IMPUTADO: JORGE SALINAS NORIEGA
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: M. A. T. CH.
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIDOS
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos con la razón de Relatoría, secretaria que anteceden, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra JORGE SALINAS NORIEGA, por la presunta comisión del delito Contra la Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE EDAD en agravio de la menor de iniciales M.A.T.CH. y conforme se tiene de autos que el juicio oral programado mediante resolución número VEINTIUNO se ha QUEBRADO por motivos que no se pudo llevar a cabo una declaración testimonial mediante el Sistema de Video Conferencia en vista que los trabajadores del Poder Judicial se encontraban acatando una huelga Nacional indefinida, en consecuencia REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MARTES DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias de REOS en CÁRCEL del Establecimiento Penal de esta ciudad; DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (EN CÁRCEL) JORGE SALINAS NORIEGA en forma personal; MANDARON se oficie al Director del referido establecimiento penitenciario, a fin de que proceda al internamiento del procesado en mención, así como se sirva disponer el traslado del referido encausado a la Sala de audiencias del mismo, con su respectivo custodio policial en la fecha y hora de la realización de la Audiencia, debiendo además asistir el abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada; bajo apercibimiento de designársele como abogado al defensor público y de Derechos Humanos asignado a esta Sala. NOTIFICÁNDOSE a la parte agraviada a fin de que haga valer su derecho con arreglo a ley; con conocimiento del Señor Fiscal Superior. Interviniendo el señor juez BENDEZU CIGARAN por ser integrante de esta Sala Penal. NOTIFIQUESE.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00038-2012-0-1903-JR-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00038-2012-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: TRAVERSO NAVARRO, ALBERTO
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: PEN YI, LEON
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTE
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha  los actuados del presente proceso con la razón de secretaría que antecede, agréguese a los autos; en el proceso seguido contra ALBERTO TRAVERSO NAVARRO,(Con mandato de comparecencia restringida a fojas 45) como autor del delito contra el Patrimonio-Robo Agravado, previsto y sancionado en los incisos 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 concordante con el artículo 188 del Código Penal, en agravio de PEN YI LEON, y conforme se tiene de autos que la audiencia programada para el día   lunes treinta de noviembre del año dos mil quince, no se pudo llevar a cabo debido a la inconcurrencia del procesado antes citado, pese al haber sido notificado válidamente mediante Edicto Penal, aunado a la huelga nacional acatada por los trabajadores del Poder Judicial desde inicios del mes de noviembre hasta el 03 de diciembre del 2016, estando a ello REPROGRAMESE como nueva fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES DIECIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08:30 A.M.,) en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora ubicado en el tercer piso de la Corte Superior de Justicia de Loreto.  DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) ALBERTO TRAVERSO NAVARRO(Con Mandato de Comparecencia Restringida a fojas 45), en su domicilio real y procesal señalado en autos, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el diario la región y el peruano; QUIEN TIENE QUE CONCURRIR DE MANERA OBLIGATORIA A LA AUDIENCIA PROGRAMADA, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADO REO CONTUMAZ ORDENÁNDOSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público  adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON, recabar la declaración de la agraviada PEN YI LEON, debiendo de notificársele, en su domicilio real o procesal  y sin perjuicio de ello mediante Edicto Judicial y en su Ficha RENIEC. MANDARON, recabar  la testimonial de JORGE BENITOS LOMAS, a quien se le deberá notificar en su oportunidad en su domicilio real  consignado en autos y el de su Ficha RENIEC. Al punto 3 del citado Dictamen: NO HA LUGAR a lo solicitado por no ser el estado de la presente causa. MANDARON, recabar  la testimonial de los efectivos policiales que intervinieron en la captura del acusado, los SO3 CHARLIE DEL CASTILLO Y SO3 ALDO YOPLACK MORI, quien se le deberá notificar en su oportunidad en su domicilio real  consignado en autos y el de su Ficha RENIEC. Notificándose.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 01978-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01978-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: ACHO IPUSHIMA, CHRISTIAN PEDRO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: MENIO DE INICIALES LVPC,
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISIETE
Iquitos, quince de abril del dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la Razón de Secretaria, que antecede, agréguense a los autos del presente proceso  seguido contra CHRISTIAN PEDRO ACHO IPUSHIMA (Con Mandato de Comparecencia Restringida a fojas 76) como autor del delito Contra la Libertad, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales L.V.P.C, ilícito penal tipificado y sancionado en el primer párrafo, inciso 2) del artículo 173º del Código Penal; y conforme al estado del proceso se tiene que el Juicio Oral programado mediante resolución DIECISEIS, no se pudo llevar a cabo por inconcurrencia del procesado, pese a encontrase válidamente notificado mediante Edicto de Ley; en consecuencia REPROGRAMESE, fecha y hora para el inicio de los debates orales el día LUNES DIECISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA(10:30 A.M.,); en la Sala de audiencia de la Sala Penal Liquidadora de Loreto sito en el tercer piso de la Corte de Loreto DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) CHRISTIAN PEDRO ACHO IPUSHIMA, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADO REO CONTUMAZ y ORDENARSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a la menor agraviada, quien deberá concurrir a la Sala de Audiencias del Establecimiento Penal de Maynas en compañía de sus padres o apoderados a fin de que preste su declaración referencial a nivel judicial y señale el vinculo que mantiene actualmente con el procesado; Al punto 2 del Citado Dictamen: DESE cuenta en audiencia de juicio oral. MANDARON se Oficie al Ministerio Público – Instituto de Medicina Legal, a fin de que designe a dos profesionales en cada campo y se realice un examen psicológico en la persona de la menor agraviada a fin de verificar la afectación del desarrollo de su personalidad, asimismo en la persona del acusado. MANDARON se OFICIE a la Municipalidad, Gobernación y Teniente Gobernación y/o Agente Municipal de la Comunidad de San Roque, jurisdicción de la Provincia de Ucayali, Departamento de Loreto a fin que remitan la Partida de Nacimiento de la menor agraviada. MANDARON recabar la testimonial de la persona de TITO RAFAEL COLLAZOS PIZARRO, primo de la menor agraviada, a quien se le deberá notificar en su debida oportunidad en calle  20 de Diciembre Mz D Lote 37 AA.HH. Triunfo, a fin que declare sobre los hechos materia del presente proceso. MANDARON recabar la testimonial de la persona de TANITH PIZARRO MACEDO; tía de la menor agraviada, a quien se deberá notificar en su debida oportunidad  en la dirección sito en calle 20 de Diciembre 41 Pueblo Joven 09 de Octubre, a fin que declare sobre los hechos materia del presente proceso. MANDARON, notificar al médico Legista MANUEL PINTO MAMANI, a través de la Oficina de Medicina Legal y  sin perjuicio de ser notificado en su domicilio consignado en su Ficha RENIEC, a fin que se ratifique del Certificado Médico Legal N° 006076-CLS de fojas 27. MANDARON se Oficie a la Oficina de la RENIEC  a fin que remitan la partida de nacimiento de la menor agraviada. MANDARON recabar la testimonial de la persona de LUZGARDA MACEDO CURITIMA, abuela de la menor agraviada a fin que declare la relación existente entre dicha menor y el acusado, a quien se le deberá notificar en su debida oportunidad en la dirección consignada en autos, así como en el consignado en la RENIEC; con conocimiento  del señor Fiscal Superior. A los antecedentes penales del procesado antes citado, agréguese a los autos. Al. Oficio remitido por la Oficina de Medicina Legal de Loreto en la cual informa que la persona de Abigail Salazar Alvan no se presento a la pericia psicológica, agréguese a los autos téngase presente. Al escrito presentado por el acusado antes citado, en la cual se apersona al proceso y solicita nueva fecha y hora para el inicio de los debates orales, estando a ello; TENGASE por apersonado al presente proceso, y por señalado como domicilio procesal sito en la Casilla N° 80 de la Oficina de Notificaciones de la Corte de Loreto, lugar donde se deberán hacer llegar todas las notificaciones que emanen de la presente causa, y respecto a  nueva fecha y hora de los debates, ESTESE a lo dispuesto precedentemente. Notifíquese.-
S.S.
DEL PIÉLAGO CÁRDENAS
AMORETTI MARTINEZ
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00116-2013-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00116-2013-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: PACAYA TAMANI, PERCY MANACES
DELITO: ROBO AGRAVADO
ORBE PINTO, MIGUEL ANGEL
AGRAVIADO: GOMEZ CURICHIMBA, ROBERTO
RAMIREZ RIOJA, CARLOS DAVID
RIMACHI RODRIGUEZ, EDISON
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISIETE
Iquitos, quince de abril del dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos con la razón de secretaria que antecede; agréguese a los autos del presente proceso  seguido contra MIGUEL ANGEL ORBE PINTO, MILNER MARCELO MURRIETA MACEDO (ambos con Mandato de Comparecencia Restringida a fojas 195) y PERCY MANACES PACAYA TAMANI (Mandato de Detención a fojas 55), en calidad de coautores del delito contra el Patrimonio-ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en los incisos 2, 3 y 4 del primer párrafo del artículo 189 del Código  Penal, concordante con el artículo 188 del mismo cuerpo legal,  en agravio de CARLOS DAVID RAMIREZ RIOJA, ROBERTO GOMEZ CURICHIMBA Y EDINSON RIMACHI RODRIGUEZ; y conforme al estado del proceso se tiene que el Juicio Oral programado mediante resolución VEINTISEIS no se pudo llevar a cabo por inconcurrencia de los procesados; en consecuencia REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día LUNES VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA(09:30 A.M.,); DISPUSIERON se cumpla con notificar a los acusados MIGUEL ANGEL ORBE PINTO, MILNER MARCELO MURRIETA MACEDO y PERCY MANACES PACAYA TAMANI, en sus domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazados mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quienes tienen que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO los dos primeros mencionados de VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADOS REOS CONTUMACES y ORDENARSE SUS UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañados de abogado defensor de sus libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; Por otro lado se tiene que las ordenes de captura del procesado PERCY MANACES PACAYA TAMANI se encuentran vencidas, quien tiene la condición de  NO HABIDO con Mandato de Detención y fue declarado REO AUSENTE en el presente proceso; en consecuencia,  reitérese las ordenes para la inmediata BUSQUEDA, UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE IQUITOS del inculpado en mención, a fin de que sea juzgado en su oportunidad; OFÍCIESE a la Autoridades Policiales correspondientes para dicho fin, adjuntándose sus generales de ley conforme a lo dispuesto en la Ley número 28121 y 27411, a efectos de evitar que se produzca homonimias; RESERVARON: el señalamiento de fecha para la verificación del juicio oral del referido procesado hasta cuando sea habido o se presente en forma voluntaria; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC de los acusados, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON recabar las declaraciones preventivas de los agraviados CARLOS DAVID RAMIREZ RIOJA, ROBERTO GOMEZ CURICHIMBA Y EDINSON RIMACHI RODRIGUEZ, a quienes se deberá notificar en su debida oportunidad en sus domicilio consignado en autos, así como en el consignado en la RENIEC; con conocimiento  del señor Fiscal. Notificándose.
S.S.
DEL PIÉLAGO CÁRDENAS
AMORETTI MARTINEZ
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 02090-2010-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02090-2010-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: JAQUER JIMENEZ PASTRANA
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA SAN ROQUE
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y  OCHO
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos con el dictamen penal superior, razón de secretaria y escritos que anteceden; agréguese a los autos en el proceso seguido contra JAQUER JIMENEZ PASTRANA (Con mandato de Comparecencia Restringida a fojas 118) como autor del delito Contra la Administración Pública en la modalidad de PECULADO (apropiación), ilícito penal tipificado y sancionado en el primer párrafo del artículo 387 del Código Penal en agravio del Estado-Municipalidad Distrital de Maquia; y y estando a lo expuesto se tiene que el juicio oral programado mediante resolución número CUARENTA Y SIETE, no se pudo llevar a cabo por inconcurrencia del procesado, debiéndose tener en cuenta que no se pudo verificar si el acusado se encontraba válidamente notificado debido que en la fecha  no había Sistema, estando a ello REPROGRAMESE fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES DIECIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M) en la Sala de audiencia de la Sala Penal Liquidadora de Loreto sito en el tercer piso de la Corte de Loreto, DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) JAQUER JIMENEZ PASTRANA, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor de oficio adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se recabe la declaración testimonial de GONZALO FLORES ASPAJO, en su condición de Alcalde  denunciante de los hechos investigados, debiendo informar sobre la realización  o no de las mingas en las comunidades ya señaladas, durante el periodo de enero y febrero del 2007, a quien se le deberá notificar en su oportunidad en su domicilio consignado en su Ficha RENIEC. MANDARON se recabe la declaración testimonial de ROBINSON RODRIGUEZ VALERA, Representante Legal de la panadería Importadora Rodríguez S.A para que identifique se ratifica en su manifestación  preliminar, donde señalo que vendió productos comestibles a un representante de la Municipalidad Distrital de Maquia, debiendo detallar las circunstancias en que realizó dicha venta, a quien se le deberá notificar en su oportunidad en su domicilio  señalado en autos y lo consignado en su Ficha RENIEC. Al punto 3 y 5 del citado Dictamen, DESE cuenta en audiencia. MANDARON se solicite a la Municipalidad  Distrital de Maquia  remita los libros de ingresos  y egresos  de productos adquiridos por la referida Municipalidad, en los meses de enero y febrero del 2007, debiendo oficiarse en su oportunidad. MANDARON se practique la pericia grafotécnica para determinar la autenticidad o falsedad de las firmas atribuidas a Cesar A. Vásquez Cobos, debiendo oficiarse en su oportunidad a la Oficina de Criminalística de la Policía Nacional a fin que designen dos peritos grafotécnicos. Al escrito N° 19284-2015 presentado por el abogado José  Jara Martel quien devuelve la cedula de notificación,  dirigido al acusado antes citado y solicita que se le notifique en su domicilio real; estando a ello; estese a lo dispuesto precedentemente, aunado a ello, SUBROGUESE al letrado antes mencionado. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00121-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00121-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: MONASCA DE EGOAVIL, RENE Y OTROS
DELITO: DEPREDACIÓN DE BOSQUES LEGALMENTE PROTEGIDOS.
AGRAVIADO: EL ESTADO PERUANO.
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y UNO.
Iquitos, treinta de marzo del año dos mil dieciséis.-
Dado cuenta en la fecha los actuados con el Dictamen Penal Superior N° 114-2016-MP-2°FSP-LORETO que anteceden, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra RENE MONASCA DE EGOAVIL, por delitos ambientales – Delitos contra los Recursos Naturales – sub modalidad Delitos contra los bosques o formaciones boscosas y Tráfico Ilegal de Productos Forestales Maderables en sus formas agravadas y por el delito de Responsabilidad Funcional e información Falsa – responsabilidad de los representantes legales de las personas jurídicas y responsabilidad por información falsa contenida en informes, en agravio de la Sociedad y del Estado, contra AMOS BENJAMIN ARMAS ARCHE, por delitos ambientales – Delito de Responsabilidad por información Falsa contenida en informes, en agravio del Estado, contra GUILLERMO ANTONIO CHOTA VALERA y MIGUEL LAZARO BEJARANO HINOSTROZA, por delitos Ambientales, Responsabilidad Funcional e Información Falsa, en la modalidad Responsabilidad de Funcionario Público, por otorgamiento Ilegal de Derecho, en agravio del Estado; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 A.M.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario La Región y El Peruano, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior BENDEZU CIGARAN al haberse reincorporado en sus funciones.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00013-1991-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00013-1991-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: LOPEZ AZAN, JHONY
DELITO: ASESINATO
AGRAVIADO: VARGAS CARDENAS, WALTER GONZALO
ZAVALA LAVADO, FAUSTINO.
RESOLUCIÓN NÚMERO SESENTA Y UNO.
Iquitos, treinta de marzo año dos mil dieciséis.-
Dado cuenta de autos con el Dictamen Penal Superior N° 24-2016-MP-1°FSP-LORETO que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra JHONY LOPEZ AZAN, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – HOMICIDIO CALIFICADO, EN AGRAVIO DE Walter Gonzalo Vargas Cárdenas; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 A.M.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario La Región y El Peruano, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 02331-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02331-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: LOPEZ FLORES, SARA LINDOMIRA
DELITO: T.I.D.
AGRAVIADO: EL ESTADO PERUANO.
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y UNO.
Iquitos, catorce de abril del año dos mil dieciséis-
DADO CUENTA; en la fecha los autos, Téngase por recibido el Dictamen Fiscal Superior,  en el presente proceso seguido contra SARA LINDOMIRA LOPEZ FLORES, por el delito contra la Salud Pública –TRÁFICO ILÍCIO DE DROGAS, en agravio del Estado; y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE con CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00199-2012-55-1903-JR-PE-02
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00199-2012-55-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: DONGO AREVALO, FRANCISCO EDUARDO
DELITO: USUARIO-CLIENTE DE MENOR DE DIECIOCHO AÑOS
SOLICITADO: BUSTAMANTE NUÑEZ, MARIA DEL SOCORRO
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES Z.M.R.C ( 16) ,
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ año dos mil dieciséis-
DADO CUENTA; en la fecha los autos, Téngase por recibido el Dictamen Fiscal Superior,  en el presente proceso seguido contra DONGO AREVALO FRANCISCO EDUARDO, por el delito contra la libertad  USUARIO-CLIENTE , y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE  DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00199-2012-55-1903-JR-PE-02
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00199-2012-55-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: DONGO AREVALO, FRANCISCO EDUARDO
DELITO: USUARIO-CLIENTE DE MENOR DE DIECIOCHO AÑOS
SOLICITADO: BUSTAMANTE NUÑEZ, MARIA DEL SOCORRO
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES Z.M.R.C ( 16) ,
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ
año dos mil dieciséis- DADO CUENTA; en la fecha los autos, Téngase por recibido el Dictamen Fiscal Superior,  en el presente proceso seguido contra DONGO AREVALO FRANCISCO EDUARDO, por el delito contra la libertad  USUARIO-CLIENTE , y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE  DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00263-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00263-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: GERALDO RENGIFO, MARINO MARCEL
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES R Y, MDS
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA
Iquitos, catorce de abril del año dos mil dieciséis-
DADO CUENTA; en la fecha los autos, Téngase por recibido el Dictamen Fiscal Superior,  en el presente proceso seguido contra GERALDO RENGIFO MARINO MARCEL por el delito contra la libertad sexual –VIOLACION SEXUAL, en agravio de la menor de iniciales RYMDS y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Al escrito ingresado con número 5642-2016, presentado por MARINO MARCEL GERALDO RENGIFO, agréguese a los autos; y estando a lo expuesto TÉNGASE por apersonado como abogado defensor del recurrente al letrado JOSE M. VALENZUELA CESPEDES, a quien se brindará las facilidades del caso para el estudio de autos, así como TÉNGASE por señalado como domicilio procesal en Casilla N° 306 de la Oficina Central de Notificaciones de esta Corte Superior, en donde se harán llegar todas las notificaciones que recaigan de autos. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 03577-2010-0-1903-JR-PE-03
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03577-2010-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: FLORES SANCHEZ, CARLOS
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES
AGRAVIADO: MENOR DE INCIALES MMHA ,
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE.
Iquitos, catorce de abril del año dos mil dieciséis-
DADO CUENTA; en la fecha los autos, Téngase por recibido el Dictamen Fiscal Superior,  en el presente proceso seguido contra FLORES SANCHEZ CARLOS , por el delito contra la libertad sexual ACTOS CONTRA EL PUDOR  EN MENORES, en agravio de la menor de iniciales M.M.H.A y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYODEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA(07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 02233-2011-0-1903-JR-PE-04
RELATORA DE SALA:    ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02233-2011-0-1903-JR-PE-04
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: CHAVEZ PAREDES, JOSE ADOLFO
DELITO: LESIONES CULPOSAS
AGRAVIADO: BARRERA MORA, ESTANISLAO
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIOCHO.
Iquitos, catorce de Abril del año dos mil dieciséis-
DADO CUENTA; en la fecha los autos, Téngase por recibido el Dictamen Fiscal Superior,  en el presente proceso seguido contra CHAVEZ PAREDES JOSE ADOLFO , por el delito contra la vida el cuerpo y la salud LESIONES CULPOSAS en agravio de Estanislao barrera mora , y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N° 00283-2008-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00283-2008-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: DIAZ APUELA, ROY JOEL
DELITO: ASESINATO
AGRAVIADO: J.P.C. y  L.M.D.M.
RESOLUCIÓN NÚMERO SEIS.
Iquitos, catorce de Abril del año dos mil dieciséis-
DADO CUENTA; en la fecha los autos, Téngase por recibido el Dictamen Fiscal Superior N° 052-2016-MP-1°FSP-LORETO, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra ROY JOEL DIAZ APUELA, por el delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-HOMICIDIO – ASESINATO, en agravio de las menores J.P.C. y  L.M.D.M., y siendo el estado del proceso PROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE  DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA(07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  00097-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00097-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: LOPEZ OLIVEIRA, LOP MOISES
DELITO: VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES.
AGRAVIADO: EL ESTADO.
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO.
Iquitos, trece de abril año dos mil dieciséis-
DADO CUENTA; en la fecha los con la Razón de Relatoría que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra LOP MOISES LOPEZ OLIVEIRA, por el delito contra la Administración Pública-Violencia y Resistencia a la autoridad, en agravio del Estado Peruano; y estando a lo expuesto se tiene que la Vista de la Causa programada mediante resolución  número VEINTE (fojas 213), no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han sido debidamente notificadas conforme se tiene del reporte del sistema de informática que se adjunta, estando a ello REPROGRAMARON como nueva fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia, MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  02959-2011-0-1903-JR-PE-02
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02959-2011-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: LOPEZ MALHABER, JUAN GREGORIO
DELITO: HURTO SIMPLE.
AGRAVIADO: BARDALES COLLANTES, MELISSA
RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE.
Iquitos, trece de abril  año dos mil dieciséis.-
Dado cuenta en la fecha los actuados con la Razón de Relatoría que anteceden, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra JUAN GREGORIO LOPEZ MALHABER, por el delito contra el Patrimonio – Hurto Simple, en agravio de MELISSA BARDALES COLLANTES.; y estando a lo expuesto se tiene que la Vista de la Causa programada mediante resolución número TRECE (fojas 174), no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no están debidamente  notificadas, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 A.M.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario La Región y El Peruano, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  00255-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00255-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: RIOS ACATE, ASUNCION
DELITO: FAVORECIMIENTO A LA FUGA.
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO,
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTINUEVE.
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados con la razón de Relatoría y reporte del sistema de informática que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra ASUNCION RIOS ACATE, por el Delito Contra la Administración Pública – Delito Contra la Administración de Justicia – Delito Contra la Función Jurisdiccional – Encubrimiento Personal, en agravio del Estado – Poder Judicial; y estando a lo expuesto se tiene que la vista de la causa programada mediante resolución número VEINTIOCHO, no se pudo llevar a cabo conforme se tiene del reporte del sistema de informática que antecede, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (7:45 A.M); en consecuencia, MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  02443-2000-0-1903-JR-PE-03
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02443-2000-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: ALVAN FABABA, ANA y otros.
DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.
AGRAVIADO: ESTADO.
RESOLUCION NÚMERO…///
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
Dado cuenta en la fecha los actuados con la razón de Relatoría y reporte del sistema de informática que anteceden, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra MARIA DO CARMO PINTO SOUZA, ANA ALVAN FABABA y SANDRA MARCELA CHAVEZ SALDAÑA, por el delito Contra la Salud Pública – TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, en agravio del Estado Peruano,  y estando a lo expuesto se tiene que la Vista de la Causa programada mediante la resolución que antecede, no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han sido debidamente  notificadas conforme se tiene del reporte del sistema de informática que anteceden, estando a ello y  siendo el estado del proceso REOGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 A.M.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario La Región y El Peruano, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  00132-2012-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00132-2012-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: ROCCA HUANCCO, RHONY
DELITO: OMISIÓN DE SOCORRO Y EXOSICIÓN AL PELIGRO
AGRAVIADO: ALVARADO VEGA, ARIANA ARACELLI
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO.
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados con la Razón de Relatoría y reporte del sistema de informática que anteceden, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra RHONY ROCCA HUANCCO, por el Delito Omisión de Socorro y Exposición al Peligro, en agravio de Ariana Aracelli Alvarado Vega; y estando a lo expuesto se tiene que la Vista de la Causa programada mediante resolución número VEINTE, no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han estado debidamente notificadas conforme se tiene del reporte del sistema de informática que antecede, estando a ello y  siendo el estado del proceso REPROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (7:45 A.M); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  08079-1997-873-1903-JR-PE-03
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 08079-1997-873-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: SANDI CAMPOS, ANA LUISA  Ó
DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.
AGRAVIADO: EL ESTADO.
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y UNO.
Iquitos, quince de abril año dos mil dieciséis.-
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso con el reporte del sistema de informática que anteceden, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra ANA LUISA SANDI CAMPOS y OTROS, por el delito TRAFICO ILICITO DE DROGAS, en agravio del ESTADO; y estando a lo expuesto se tiene que la vista de la causa programada mediante resolución número TREINTA Y UNO, no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han estado debidamente  notificadas, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 A.M.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario La Región y El Peruano, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley.  Al escrito ingresado con número 5313-2016, presentado por JULIO RUBER GUERRA PEREZ, con el cual efectúa la devolución de la cédula de notificación N° 567-2016-SP-PE, por no ser parte en el proceso, así como menciona tener por nombre el antes señalado conforme se tiene de la Ficha del RENIEC, así como manifiesta que nunca ha tenido problemas con la justicia; estando a ello TÉNGASE presente y CUMPLA el área de Secretaria con dar razón respecto a la identidad del recurrente con el comprendido en autos. Al escrito ingresado con número 5722-2016, presentado por la procesada ANA LUISA SNADI CAMPOS, a los expuesto TÉNGASE por señalado como abogado defensor de la recurrente para la realización del uso de la palabra al letrado LUIS ARMANDO RAPOSO DE OLIVEIRA ARIAS, estando a ello CONCÉDASE el uso de la palabra al abogado antes mencionado por espacio de cinco  minutos en la Vista de la Causa programada en autos.  Notifíquese.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00589-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: LEON VASQUEZ, OMAR Y OTRO.
DELITO: DEFRAUDACIONES.
AGRAVIADO: VARGAS TENAZOA, FLORA ELIDA.
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CINCO.
Iquitos, catorce de abril  del año dos mil dieciséis.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados con la Razón de Relatoría y escrito que anteceden, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra OMAR LEON VASQUEZ Y LUIS  MOREY SIBINA, por el delito contra el Patrimonio – DEFRAUDACIONES, FRAUDE PROCESAL Y OTRO, en agravio de Flora Elida Vargas Tenazoa; y estando a lo expuesto se tiene que la vista de la causa programada mediante resolución número TREINTA Y CUATRO, no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han estado debidamente notificadas, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Al escrito ingresado con número 4693-2016, presentado por el procesado OMAR LEON VASQUEZ, agréguese a los autos y estando a lo expuesto CONCÉDASE el uso de la palabra al abogado recurrente por espacio de cinco minutos en la vista de la causa programada en la presente resolución. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ por impedimento del magistrado BENDEZU CIGARAN (fojas 425).
S.S.
DEL PIELAGO CARENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHAVEZ.
V-3(05,06 y 09)
EDICTO PENAL
Exp. N°  00196-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00196-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: SOSA FERREIRA, FRANCISCO
DELITO: ATENTADO CONTRA LA SEGURIDAD COMÚN.
AGRAVIADO: LA SOCIEDAD,
RESOLUCIÓN NÚMERO     DIECIOCHO.
Iquitos, quince de abril del  año dos mil dieciséis.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados con la razón de Relatoría y reporte del sistema de informática que antecede, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra FRANCISCO SOSA FERREIRA  por  el delito contra la Salud Publica-Producción de Peligro Común con medios catastróficos en agravio de la Sociedad, y estando a lo expuesto se tiene que la Vista de la Causa programada mediante resolución número DIECISIETE, no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han estado debidamente  notificadas, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO  DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
S.S.
DEL PIELAGO CÁRDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
BENDEZU CIGARAN.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  00589-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00589-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: LEON VASQUEZ, OMAR Y OTRO.
DELITO: DEFRAUDACIONES.
AGRAVIADO: VARGAS TENAZOA, FLORA ELIDA.
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CINCO.
Iquitos, catorce de abril  del año dos mil dieciséis.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados con la Razón de Relatoría y escrito que anteceden, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra OMAR LEON VASQUEZ Y LUIS  MOREY SIBINA, por el delito contra el Patrimonio – DEFRAUDACIONES, FRAUDE PROCESAL Y OTRO, en agravio de Flora Elida Vargas Tenazoa; y estando a lo expuesto se tiene que la vista de la causa programada mediante resolución número TREINTA Y CUATRO, no se pudo llevar a cabo por cuanto las partes no han estado debidamente notificadas, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRAMARON como fecha y  hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a  cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO DE LA MAÑANA (07:45 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, la presente resolución, con las formalidades que le franquea la ley, por Cedula de Notificación y por Edicto de ley en el diario “La Región y “El Peruano”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Al escrito ingresado con número 4693-2016, presentado por el procesado OMAR LEON VASQUEZ, agréguese a los autos y estando a lo expuesto CONCÉDASE el uso de la palabra al abogado recurrente por espacio de cinco minutos en la vista de la causa programada en la presente resolución. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ por impedimento del magistrado BENDEZU CIGARAN (fojas 425).
S.S.
DEL PIELAGO CARENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHAVEZ.
V-3(05,06 y 09)

EDICTO PENAL
Exp. N°  02402-2011-0-1903-JR-PE-06
RELATORA DE SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02402-2011-0-1903-JR-PE-06
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: SANCHEZ YEPEZ DE FREITAS, URSULA JAZMIN
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: CAJA MUNICIPAL AHORRO Y CRED. DE MAYNAS SA – EL ESTADO.
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y NUEVE.
Iquitos, quince de abril del año dos mil dieciséis.-
Dado cuenta de autos con el Dictamen Penal Superior N° 90-2016-MP-2°FSP-LORETO, agréguese a los autos del presente proceso seguido contra DIANA CAROLINA ALVAREZ MACEDO, por el delito Contra el Patrimonio – HURTO AGRAVADO y otro, en agravio Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas y el Estado; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES ONCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS SIETE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (07:45 A.M.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario La Región y El Peruano, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior ACEVEDO CHAVEZ por impedimento del magistrado BENDEZU CIGARAN.
SS.
DEL PIELAGO CARDENAS.
AMORETTI MARTINEZ.
ACEVEDO CHAVEZ.
V-3(05,06 y 09)