- El hacinamiento en los establecimientos penitenciarios es uno de los desafíos más complejos para el sistema de justicia en nuestro país.


onversamos con el presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto para conocer las acciones inmediatas y coordinadas que se están implementando para abordar esta problemática en la región.
El presidente de la corte, Reynaldo Cajamarca Porras, agradeció la oportunidad de informar a la ciudadanía loretana sobre el trabajo que vienen desplegando desde la Corte Superior de Justicia de Loreto con el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), el Ministerio Público, y la Defensa Pública.
Señor presidente, para lograr un deshacinamiento efectivo no basta con la intención judicial; se requiere de una labor técnica en el penal. ¿Cómo se está coordinando con el penal de varones de Loreto en el armado de expedientes?
“Así es, este es un esfuerzo conjunto de articulación institucional, es así que el último viernes 11 de setiembre, se sostuvo una importante reunión, luego de haber visitado el penal de varones a solicitud del delegado del pabellón 2, donde recibí quejas de internos por el retraso y negativa en elaborar sus expedientes de beneficios penitenciarios; y ya en la reunión interinstitucional es que propuse, que el equipo multidisciplinario del penal de varones de Loreto -integrado por abogados, psicólogos y trabajadores sociales- arme de oficio los expedientes de beneficios penitenciarios de aquellos internos que ya se encuentren expeditos legalmente. Esto significa que los del Inpe, no esperen a que el interno o su defensa privada o pública gestionen el trámite; sino que el propio equipo técnico debería identificar de forma proactiva a quienes cumplan con los plazos, la conducta y los requisitos de ley para elevar sus carpetas a los juzgados que correspondan”.
Una vez que esos expedientes armados de oficio llegan al Poder Judicial, el temor suele ser el embotellamiento de causas. ¿Qué medida concreta ha adoptado la Corte Superior para resolver estas solicitudes con celeridad?
“Hemos tomado una medida de gestión judicial clave, un juzgado penal unipersonal se encargará específicamente de resolver las solicitudes de beneficios penitenciarios, y este juzgado agendará las audiencias desde el mes de noviembre y así sostenidamente. Al concentrar y especializar la atención en este juzgado, garantizamos la celeridad procesal. Los jueces revisarán y resolverán cada caso con la inmediatez que exige la norma, garantizando un debido proceso”.
Dentro de estas medidas de deshacinamiento también se habla del uso de la tecnología. ¿Cómo se aplicará la figura del grillete electrónico en la región?
“La implementación de la vigilancia electrónica personal, o grillete electrónico, constituye una alternativa sumamente valiosa frente a la privación de la libertad en un establecimiento penitenciario. El uso del grillete permite ejercer un monitoreo estricto mediante localización en tiempo real por GPS, logrando que el procesado o sentenciado cumpla la medida fuera del recinto carcelario, liberando capacidad instalada sin descuidar la seguridad ciudadana; en ese entendido propuse al Inpe, realice las gestiones pertinentes, a efectos de concretizar con seriedad el deshacinamiento. Esto liberará espacio valioso dentro de las instalaciones y facilitará una reintegración progresiva y controlada a la sociedad”.
Presidente de la CSJ de Lore to: Que otras medidas concretas considera que los del Inpe, debe realizar como parte del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos?. “Los del Inpe, muy bien puede gestionar vía indulto común para ciertos delitos que ya tienen sentencia, y sobre ello ya existe precedentes, así que, si se quiere abordar seriamente el deshacinamiento, deben recurrir a dichas instancias para la consecución de las gracias presidenciales”.
¿Se dice que se agendan audiencias para los beneficios penitenciarios y se hacen en reiteradas sesiones de audiencias, y que faltan copias de sentencias, y que los jueces meten a las cárceles fácilmente? “El beneficio penitenciario (como la liberación condicional o la semi-libertad) implica revisar si una persona sentenciada está lista para reincorporarse a la sociedad. No es un trámite automático; requiere verificar informes psicológicos, sociales y de conducta. Si una audiencia se suspende o requiere más de una sesión, es para actuar pruebas indispensables, escuchar el informe oral del equipo multidisciplinario del Inpe, o permitir que la Fiscalía exponga su posición. Interrumpir o resolver apresuradamente una audiencia sin contar con todos los elementos violaría el debido proceso. Respecto a los faltantes de copias de sentencias en los expedientes, que tiene que subsanarse inmediatamente mediante el sistema informático, y para ello se acordó que la coordinación lo realicen con la administradora del módulo penal. Por otro lado, nuestro Código Procesal Penal exige requisitos altísimos y estrictos para privar de libertad a alguien antes de una sentencia (fundados elementos de convicción, prognosis de pena superior a 5 años y peligro procesal de fuga u obstaculización). Las penas privativas de libertad las fija la ley, no el criterio subjetivo del juez. El juez no «mete a la cárcel» por voluntad propia, sino que aplica los marcos normativos aprobados por el Congreso de la República para sancionar los delitos probados tras un juicio oral”.
Señor presidente, para finalizar, hay sectores de la opinión pública que temen que las políticas de deshacinamiento generen impunidad. ¿Qué garantías existen para la sociedad?. “Comprendo la inquietud de la población, pero debemos ser categóricos, el deshacinamiento no es impunidad; es cumplimiento estricto de la ley y justicia restitutiva. Cada beneficio penitenciario otorgado por el juzgado unipersonal responderá a un análisis riguroso de las evaluaciones del equipo multidisciplinario del Inpe. No se trata de abrir las puertas de forma indiscriminada. Acceden a estos beneficios únicamente quienes han demostrado un proceso real de rehabilitación, cumplen con los plazos legales y no representan una amenaza para la comunidad”.





