Muerte con resurrección

Cómo quisiéramos pensar que no va a ser así, pero las evidencias nos muestran que sin los recursos suficientes para una investigación fiscal contundente, los jueces del país se verían obligados a dictar sentencias mínimas a los implicados en casos de delitos de corrupción, principalmente los tipificados por delitos de peculado, malversación, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.

Estos delitos están contemplados en el reciente Decreto Legislativo Nº 1243 que promulgó el gobierno central en el marco de las facultades legislativas concedidas por el Congreso al presidente de la República. Esta nueva norma dice que los delitos mencionados tendrán una pena de inhabilitación de 5 a 20 años.

También dice que la inhabilitación será perpetua cuando el agente sea “integrante de una organización criminal”. Así parece que todavía no queremos pisar fondo en el tema de la lucha contra la corrupción. Cuando se empezó a hablar lo de la muerte civil (inhabilitación), pensamos que no iba a darse la posibilidad de “resurrección” en los casos de sentenciados por delitos de corrupción.

Aplicar la “muerte civil” o sea la inhabilitación entre 5 y 20 años, nos parece que es como tratarle con manos de seda. Es que estamos en un escenario donde hasta peritos contables faltan para los procesos judiciales, entonces se complicará el hallazgo de las pruebas de los delitos de corrupción, que merezca la aplicación de la pena máxima de 20 años, por ejemplo. A falta de pruebas o con nimias pruebas, es casi predecible que se aplicará la mínima de 5 años.

La idea común que se manejaba sobre “muerte civil” es que quien haya sido sentenciado por cualquier delito de corrupción al margen del tiempo que pasaría en la cárcel, es garantizar que personas con este perfil “no vuelvan jamás a ocupar un cargo público” justamente porque le hicieron daño económico al Estado tocando dinero que bien podría haberse ido, por ejemplo, a combatir la anemia y desnutrición infantil, o a proyectos de becas educativas, o a proyectos que generen empleo a gente adulta, cabezas de familia que día a día no pueden llevar un pan a su mesa familiar.

El Decreto Ley pone la salvedad de “muerte civil perpetua” para quienes sean hallados de además del ilícito, de pertenecer, de ser “integrante de una organización criminal”, pero esto es mucho más difícil de probar con escasos recursos para el proceso de investigación.