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Iquitos

JUZGADO PENAL

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Instr. N° 1994-2011.
Sec. I. Rodríguez R.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA al sentenciado JOSE JOSE ALVAN AGUILAR, la resolución de requerimiento de pago, y la que ordena; recaída en la Instrucción N° 1994-2011, que se le siguió juntamente con otro, por delito de hurto agravado, en agravio de Alfonso Santur Huananay; cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO CUARENTICINCO.- Iquitos, once de abril del dos mil dieciocho.- Dado cuenta, AVOQUESE el señor Juez que suscribe por disposición superior; y proveyendo lo que corresponda conforme a su estado; por devueltos: CUMPLASE lo ordenado por el superior colegiado, por lo tanto en aplicación del artículo trescientos treintisiete del Código de Procedimientos Penales: REQUIERASE a los sentenciados DIEGO ANTONIO DEL AGUILA SANCHEZ, JOSE JOSE ALVAN AGUILAR y MARCOS LEONARDO ZELADA ZELADA, para que dentro del plazo de QUINCE DIAS paguen la suma de UN MIL QUINIENTOS SOLES, que deberán pagar a favor del agraviado ALFONSO SANTUR HUAYANAY, bajo apercibimiento de trabar embargo definitivo en caso de incumplimiento; OFICIESE a la Oficina Registral de Loreto, para que informe sobre los bienes muebles e inmuebles que podría registrar el sentenciado; asimismo, y tratándose de un expediente voluminoso que dificulta su manejo: FORMESE el Cuaderno de Ejecución de Sentencia, con las piezas pertinentes de autos, y fecho dese cuenta para expedir la resolución que corresponda, bajo responsabilidad; hágase saber.- Dándose intervención a la secretaria que autoriza. – Fdo. Dr. Carlos Huari Mendoza- Juez.- Irza N. Rodríguez Rodríguez- Secretaria.  RESOLUCIÓN NUMERO CUARENTISEIS. Iquitos, veintisiete de abril del dos mil dieciocho.- Dado cuenta; con el escrito que antecede presentado por Tafur Boullosa & Asociados Abogados SCRL, quien devuelve la cédula de notificación, refiriendo que el abogado que patrocinaba al encausado José José Alván Aguilar, ya no pertenece a dicho estudio jurídico, agréguese y téngase presente; por consiguiente al no estar debidamente notificado, y con fines de no perjudicarlo y no recortar su derecho a la defensa: NOTIFÍQUESE al sentenciado JOSE JOSE ALVAN AGUILAR, en su domicilio real, sito en  calle Doce Bagazán (calle Libertad con Próspero)-Iquitos, el contenido íntegro de la resolución número cuarenticinco, su fecha once de abril de este año; por lo tanto: CORRIJASE la dirección domiciliaria en el Sistema Integral Judicial; sin perjuicio de ello: NOTIFIQUESELE por vía edicto penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región”, debiéndose insertar las publicaciones respectivas, bajo responsabilidad; hágase saber.- Fdo. Dr. Carlos Huari Mendoza- Juez.- Irza N. Rodríguez Rodríguez- Secretaria.
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 27 de abril del 2018.
V-3(04,07 y 08)

Instr. N° 2289-2005.
Sec. I. Rodríguez R.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, por intermedio del presente, se NOTIFICA a los procesados RAINERIO IDALGO CARBAJAL y ORLANDO LOZANO MESTANZA, el contenido íntegro de la resolución que ordena el reconocimiento de persona; recaída en la Instrucción N° 2289-2005, que se les sigue juntamente con otros, por delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado; cuyo tenor literal es como sigue: RESOLUCION NUMERO CUARENTIDOS. Iquitos, veintisiete de abril del dos mil dieciocho.- Dado cuenta; AVÓQUESE el señor Juez que suscribe por disposición superior; con la Ficha de RENIEC, que se acompaña, agréguese y téngase presente; y siendo que, hasta la fecha no se ha cumplido con la plena identificación de un procesado; por lo tanto, y en cumplimiento a lo ordenado por el Superior Colegiado: PROCEDASE al Reconocimiento de persona del encausado RAINERIO IDALGO CARBAJAL, por parte de su coprocesado ORLANDO LOZANO MESTANZA, señalándose para el día veintidós de mayo de este año, a las nueve de la mañana, notificándoseles por cédula de ley, sin perjuicio de que la presente resolución sea notificado vía edicto penal, por intermedio del Diario Oficial “La Región, cuyas publicaciones deberán ser insertadas en el expediente, bajo responsabilidad; asimismo OFICIESE al Registro Nacional de Identificación y Estado civil-RENIEC, solicitando la partida de nacimiento de dicho procesado; hágase saber, con citación.- Dándose intervención a la secretaria que autoriza.- Fdo. Dr. Carlos Huari Mendoza- Juez.- Irza N. Rodríguez Rodríguez- Secretaria.
Lo que notifico a Ud. conforme a ley.
Iquitos, 27 de abril del 2018.
V-3(04,07 y 08)

EXP. N° :00535-2016-60-1903-JR-PE-01
Especialista de Audiencias: Ethel Paulina Peña Báez
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez del Juzgado Penal Unipersonal transitorio De Maynas, se dispuso se NOTIFIQUE  a la acusada LIANA FLORES MERMAO, para que concurra a la próxima audiencia de Juicio Oral, que se llevara a cabo VEINTISÉIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO  A LAS NUEVE DE LA MAÑANAa realizarse en el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio De Maynas, cuaderno número EXP: 00535-2016-60-1903-JR-PE-01 en la causa seguida contra  los acusados ROGER GARCIA BALTAZAR  y LIANA FLORES MERMAO por el delito contra VIOLACION DE DOMICILIO, en agravio de EMPRESA TRANSORIENTE CARGO SAC ESTADO PODER JUDICIAL, bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz en caso de inasistencia.
Iquitos, 27 de Abril  del 2018.
V-3(04,07 y 08)

EXP. N° :02918-2015-5-1903-JR-PE-04
Especialista de Audiencias: Ethel Paulina Peña Báez
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez del Juzgado Penal Unipersonal transitorio De Maynas, se dispuso se NOTIFIQUE  al acusado RUDDY RAMIREZ MACUYAMA  , para que concurra a la próxima audiencia de Juicio Oral, que se llevara a cabo VEINTISÉIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ DE LA MAÑANAa realizarse en el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio De Maynas, cuaderno númeroEXP.02918-2015-5-1903-JR-PE-04 en la causa seguida contra el acusado RUDDY RAMIREZ MACUYAMA  por el delito   HURTO AGRAVADO, en agravio de GONZALO SARMIENTO SOTO, bajo apercibimiento de ser declarada reo contumaz en caso de inasistencia.
Iquitos, 27 de Abril  del 2018.
V-3(04,07 y 08)

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