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JUZGADO PENAL

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Exp. N° 00283-2014-14-PE- “Cuaderno de Debates”
Especialista: Catalina Andrea Carvallo del Aguila
Especialista de Audiencia: Tania Elena Niño de Guzmán Vilca
Primer Juzgado Penal Unipersonal – Sede Central
EDICTO
Por el presente, el PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00283-2014-14-1903-JR-PE-03, se dispuso Notificar a la persona de MERCEDES VÁSQUEZ PANDURO, identificado con DNI N° 47777415; con el contenido de la Acta de Audiencia de Juicio Oral de fecha 21-06-2016; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia de Juicio Oral en la presente causa, para el día JUEVES SEIS DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL, DEL MÓDULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO, sito en AV. GRAU N° 720 – SEGUNDO PISO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS; proceso seguido en su contra, por el DELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 122°-B del Código Penal, en agravio de APOLINARIA ANGULO PANDURO; bajo apercibimiento de declararle REO CONTUMAZ, en caso de no asistir a la audiencia programada por este Juzgado. Así firma el Señor Juez, de lo que como especialista de causa certifica. NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.-
Iquitos, 21 de Junio de 2016.
V-3(23,24 y 27)

Instr. N° 892-2012
Sec. Pedro Dávila del Castillo
EDICTO  PENAL   
Por disposición del señor Juez, Se CITA, LLAMA y  EMPLAZA al acusado LLERENA MOENA JOSE, para que se presente ante el local del 4° Juzgado Penal Liquidador de Maynas, sito en Urb. Jardín N° 08 (Calle Brasil con Fanning)-Iquitos, para los fines de llevarse a cabo la diligencia de Lectura de Sentencia a dictarse en autos, señalado para el día MARTES VEINTIOCHO DE JUNIO DEL AÑO 2016 a hora DOCE CON QUINCE MINUTOS DE LA TARDE; audiencia que se llevará a cabo con o sin la presencia del acusado, en aplicación de Directiva N° 012-2013-CE-PJ denominada “Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Código de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124”, en caso de inconcurrencia; dispuesto así en la Instrucción N° 0892-2012, que se le sigue, por el delito de VIOLACION SEXUAL, en agravio de MENOR DE INICIALES LMVI. 
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 20 de Junio del 2016.
V -3(23,24 y 27)

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