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JUZGADO PENAL

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EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01568-2025-65-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 3ERA FPPCM,
IMPUTADO: MORI CORA, PAUNER
DELITO: LESIONES CULPOSAS
AGRAVIADO: RIVAS TAFUR, MARLY DALILA
Resolución N° 01
Iquitos, 22 de enero del 2026.
SE EMPLAZA A MORI CORA, PAUNER Y RIVAS TAFUR, MARLY DALILA
Dado cuenta al requerimiento de acusación presentado por el representante del Ministerio
Siendo así: I. PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día 10 DE AGOSTO DEL 2026 A HORAS 02:00 DE LA TARDE la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace: meet.google.com/tox-puap-xxm; con la presencia obligatoria del Fiscal y del abogado defensor. II. CORRER TRASLADO por el plazo de 10 DÍAS HÁBILES a todas las partes procesales con el pedido fiscal para que procedan conforme a ley. III. DICTESE los apremios, en caso de inconcurrencia injustificada del Fiscal con remitirse copias a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; del defensor público con poner a conocimiento de la Dirección General de Defensa Pública y de ser el caso con solicitar la designación de otro defensor público; y, del abogado de libre elección con excluirlo de la defensa designando un defensor público e imponiéndole una sanción de multa equivalente a 10URP con conocimiento a la Presidencia de esta sede judicial y del colegio de abogado el cual pertenezca. NOTIFÍQUESE a las partes en el modo y forma de ley.
V-3(06, 09 y 10)

EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03111-2024-26-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: 6TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL,
IMPUTADO: ARVILDO FREITAS, CLEMENTINA MARIA
DELITO: HURTO AGRAVADO.
TELLO RAMIREZ, ELEUTERIO
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: SOLER PAREJA, PATRICIA DORA
SE EMPLAZA A TELLO RAMIREZ, ELEUTERIO, ARVILDO FREITAS, CLEMENTINA MARIA Y SOLER PAREJA, PATRICIA DORA
RESOLUCIÓN N° 01
Iquitos, 20 de enero del 2026.
DADO CUENTA: en la fecha con el requerimiento de sobreseimiento remitido por el señor representante del Ministerio Público, cumpliendo con todas las formalidades anexando los elementos de convicción que la sustentan y en aplicación del artículo 345 del Código Procesal Penal, CORRER TRASLADO a los sujetos procesales con el requerimiento fiscal por el plazo de 10 días hábiles a fin que procedan en conformidad con la anterior norma acotada. CITESE A LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día 05 DE AGOSTO DEL 2026 A horas 02:00 DE LA TARDE, la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del 4° Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual mediante el siguiente enlace de conexión: meet.google.com/cci-yqrb-zfg; bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Público con remitir copias al Oficina Desconcentrada de Control Interno de Loreto de la Autoridad Nacional de Control Interno del Ministerio Público; para la instalación de la audiencia se realizara con la presencia obligatoria del Fiscal y con los que asistan. Suscribe el especialista que firma por disposición superior. Notifíquese.
V-3(06, 09 y 10)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02462-2018-70-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
En este acto, se procede a notificar vía edicto a la imputada: SILVIA TUESTA MANIHUARI.
Resolución Nro. 34.
Iquitos, 21 de enero del 2026.
DADO CUENTA, con los escritos N° 3698-2026, 3793-2026 y 3829-2026, presentados por los abogados María Del Rosario Huaraquispe Tejeda, Naysha Cristina Reátegui Vasquez, quienes comunican su renuncia al patrocinio de los acusados, SILVIA TUESTA MANIHUARI y CROSBY RIGOBERTO AGUIRRE TELLO, y estando a su solicitud: Téngase por comunicada sus renuncias al patrocinio y REQUIERASE a los referidos acusados que en el plazo de 24 horas designen su abogado de su libre elección, bajo apercibimiento de designársele abogado defensor de oficio; sin perjuicio de ello, ofíciese a la Dirección Distrital de la Defensa Pública y Acceso a la Justicia abogado defensor de oficio para el referido acusado. Asimismo, al escrito N° 3829-2026 presentado por el abogado Renzo Patricio Alegría Vargas quien devuelve cedulas de notificaciones dirigidas a los imputados Paulo Jair López Córdova, Damián Del Águila Lomas, Roberto Domínguez Tapullima, Lahisa Soplin Pérez y Eddy Daniel Del castillo Pezo, y a su vez comunicando que el motivo de la devolución es porque dejo de patrocinarlos, a lo señalado; Téngase presente y agréguese a autos para fines pertinentes, asimismo REQUIERASE también a los referidos acusados que en el plazo de 24 horas designen su abogado de su libre elección Notificándose.
V-3(06, 09 y 10)

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