JUZGADO FAMILIA

       EDICTO.
En el Expediente N° 2553-2016-52-1903-JR-FT-02, la señora Juez del Segundo Juzgado Especializado de Familia de Maynas, mediante Resolución Número cuatro de autos, ha ordenado que se notifique mediante edicto la resolución numero tres al   demandado WILMER SAYTA RIOS, a fin de que tome conocimiento del presente proceso; cuyo contenido es el siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES.- Iquitos, ocho de noviembre del dos mil dieciocho.- AUTOS Y VISTOS.- Por tales consideraciones y normas glosadas; la señora Juez del Segundo Juzgado de Familia de Maynas; RESUELVE: 1) CONCEDER LA VARIACIÓN DE LA MEDIDA DE PROTECCIÓN SOLICITADA POR LA AGRAVIADA. 2) IMPONER LAS SIGUIENTES MEDIDAS DE PROTECCIÓN: A) REINGRESO EN EL DIA DE LA AGRAVIADA Y SUS CUATRO HIJOS AL INMUEBLE DESOCUPADO UBICADO EN CALLE 14 DE FEBRERO Nro. 27 AAHH PARAISO SAN JUAN BAUTISTA, ORDENÁNDOSE EL DESCERRAJE SI FUESE NECESARIO, SALVO QUE PERTENEZCA LEGALMENTE A OTRAS PERSONAS, DEBIENDO DE SER APOYADOS POR LA AUTORIDAD POLICIAL, B) RETIRO DEL HOGAR DEL DEMANDADO DE DICHO INMUEBLE, LLEVANDO CONSIGO SUS ENCERES PERSONALES (ROPAS, Y HERRAMIENTA DE TRABAJO) EN CASO DE INCUMPLIMIENTO SE PROCEDERÁ A REALIZAR EL RETIRO A TRAVÉS DE LA POLICÍA NACIONAL, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO EL DEMANDADO PENALMENTE POR DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD. C) PROHIBICIÓN DEL AGRESOR DE REGRESAR AL HOGAR hasta la culminación de la presente investigación. D) ALEJAMIENTO A UNA DISTANCIA DE 100 METROS, DEL LUGAR DE RESIDENCIA, CENTRO DE TRABAJO O VÍA PÚBLICA, CON FINES DE MALTRATO FÍSICO Y PSICOLÓGICO EN AGRAVIO DE LA AGRAVIADA Y LOS HIJOS; E) CESE DE ACOSO A LA VÍCTIMA EN SU DOMICILIO, VÍA PÚBLICA O CENTRO DE TRABAJO, ELLO INCLUYE LA UTILIZACIÓN DE MEDIOS ELECTRÓNICOS, REDES SOCIALES (FACEBOOK, MESSENGER, WHATSAPP, TUITER), A TRAVÉS DE SUS FAMILIARES Y/O TERCERAS PERSONAS O DOCUMENTOS QUE IMPORTEN ALTERAR LA TRANQUILIDAD DE LA AGRAVIADA. BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DENUNCIADO PENALMENTE POR DESOBEDIENCIA DE LA AUTORIDAD. 3) PROHIBICIÓN DEL DEMANDADO DE DISPONER, ENAJENAR U OTORGAR EN PRENDA O HIPOTECA EL BIEN INMUEBLE COMUNES, UBICADO EN EL DOMICILIO CALLE 14 DE FEBRERO Nro. 27 AAHH PARAISO SAN JUAN BAUTISTA – DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA, SIN PERJUICIO DE ANOTAR EN LA FICHA REGISTRAL, SI HUBIESE, HASTA LA CULMINACION DE LA PRESENTE INVESTIGACION A NIVEL PENAL. 4) CONTINUESE CON EL PATRULLAJE BAJO LA MODALIDAD DE RIESGO SEVERO, para cuyo efecto OFICIESE a la Comisaria del sector, indicando la norma pertinente. NOTIFÍQUESE. Fdo. Dr. BETTY MAGALLANES HERNÁNDEZ.- Juez Supernumerario.- Fdo.- Abogada SHIRLEY SORIA RIVADENEIRA – Secretaria Judicial que interviene por Disposición Superior.
Iquitos, 04 de enero del 2019
V-3(09,10 y 11)