EDICTO
Por ante el Primer Juzgado de Familia de Maynas, que despacha el Doctor Alan J. García Murrieta, y Especialista Legal Talita Bustamante Pezo, según Expediente N° 01370-2018, se ha emitido la Resolución Número 02 de fecha 28 de junio del 2018, cuyo extracto se mandó a publicar con el tenor siguiente: Doña GLENDI PATRICIA ZEGARRA PAPA, interpone demanda para que se le declare judicialmente su convivencia con el extinto Jaimito Ramírez Rengifo, desde el día 06 de mayo de 1996, hasta el día 19 de febrero del 2016, fecha en que falleció, precisando que con el causante tuvieron una hija de nombre Brillith Antuaneth Iselita Ramírez Zegarra, la misma que, a la fecha cuenta con 16 años de edad, pretensión que se viene tramitando en vía de PROCESO DE CONOCIMIENTO; por lo que a fin de llevar el proceso con las garantías procesales, se ha dispuesto que la demandante, CUMPLA con efectuar las publicaciones de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en “La Región” por un período de tres días consecutivos, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, conforme lo establece el artículo 435° última parte del primer párrafo del Código Procesal Civil. Fdo. Dr. Alan J. García Murrieta, Juez. Fdo. Talita Bustamante Pezo, Especialista Legal.
Iquitos, 01 de Agosto del 2018
Abg. TALITA C. BUSTAMANTE PEZO
Secretaria Judicial
1er. Juzgado de Familia Especializado de Maynas
V-3(03,06 y 07)B/2095
S/.97.65
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