JUZGADO DE INVESTIGACION

EDICTO PENAL
En el Expediente N° 00517-2014-36-1903-JR-PE-01, SE NOTIFICA POR EDICTO a la representante de la MENOR DE INICIALES G.A.CH.L., el Acta de Registro de Audiencia de Control de Acusación de fecha 18/09/2015, cuyo contenido es el siguiente: «En la ciudad de Iquitos, siendo las DOCE HORAS CON UN MINUTO de la tarde del día VIERNES DIECIOCHO DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, presente en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas; se constituye la señora Juez BETHY VILMA PALOMINO PEDRAZA, asistido por la Especialista Judicial de Audiencias Abg. Tania Elena Niño de Guzmán Vilca, a fin de llevar a cabo la audiencia de CONTROL DE ACUSACIÓN, en el expediente N° 00517-2014-36-1903-JR-PE-01, seguido contra MISAEL MACEDO RICOPA, por la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de Menor de iníciales GACHL. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada en el sistema de audio, cuya grabación demostrará el modo cómo se desarrolla, conforme lo establece el Art. 361°, numeral 2 del Código Procesal Penal y el Art. 26° del Reglamento General de Audiencias; por tanto, se solicita a los sujetos procesales procedan oralmente a identificarse para que conste en el registro y se verifique la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia. I.- IDENTIFICACION DE LOS SUJETOS PROCESALES: 1). Representante del Ministerio Público: ABG. JUAN NESTOR NAVARRO QUISPE, Fiscal Provincial de la Octava Fiscalía Penal Corporativa de Maynas. Domicilio Procesal: Calle Samanez Ocampo N° 143 – 3er piso. Celular: 997808087. 2). Defensa Técnica: Inconcurrencia. II.- OCURRENCIA: – JUEZ: De la revisión del presente expediente se observa que ha sido validamente notificado el hoy acusado, en su domicilio procesal, cito en la calle Moore N° 908; que corresponde al Abogado Defensor Marcelo Ruiz Vela, sin embargo pese a esa notificación dicho Abogado no ha cumplido con constituirse, lo que imposibilita a este despacho instalar la presente audiencia, obligandose a si que tener que reprogramar la presente audiencia PARA EL DÍA TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA, en tal sentido queda ya notificado el representante del Ministerio Público para su concurrencia a este acto de audiencia reprogramada; respecto del acusado SE DISPONE SU NOTIFICACIÓN EN SU DOMICILIO REAL CALLE JAEN N° 346 AA.HH Pradera del distrito de Iquitos, a efectos de que en el término de 24 horas cumpla con designar a su Abogado Defensor de su elección o ratificar al que ya tiene designado, bajo apercibimiento que vencido ese plazo de acuerdo al Artículo 85° del Código Procesal Penal se oficie a la Oficina de la Defensoría Pública a efectos de que se designe a un Abogado Defensor de su elección a fin de no dejar en indefensión al acusado. III.- CONCLUSION: Siendo las 12.05 pm, se da por concluida la presente audiencia y por cerrada la grabación del audio procediendo a firmar la señora Juez y la Especialista Judicial de Audiencias encargada de la redacción del acta como lo dispone el Artículo 121º del Código Procesal Penal.». FIRMADO ABOG. BETHY VILMA PALOMINO PEDRAZA – JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE MAYNAS. ABOG. JULIO CESAR MODESTO DAVILA – ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. IQUITOS, 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2015.
V-3(29,30 y 01)