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JUZGADO CIVIL

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EDICTO
El Juez del Primer Juzgado Civil de Maynas, en el Expediente N° 2014-01326-0-1903-JR-CI-01, ha ordenado por resolución número doce, proceder a la publicación de extracto de la demanda y  resolución  número dos de apelación  concedida al demandante José  Alberto Bellodas Irrasabal contra la resolución número uno que declara improcedente la demanda. ESCRITO DE DEMANDA : JOSE ALBERTO BELLODAS IRRASABAL , interpone demanda de Acción de Amparo contra CARMEN JULIA UBILLUS CHUNGA,  ex Juez del Primer Juzgado de Familia de Maynas, contra ALICIA GARCIA RUIZ, EX Juez del Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Maynas y contra la Litis Consorte Necesaria Pasiva NELLY GARCIA PANDURO, para que, previo trámite judicial, se declare la nulidad de las sentencias (resoluciones N° 19 y 25) emitidas en primera y segunda instancia, respectivamente. RESOLUCIÓN NÚMERO DOS: Iquitos, diecinueve de agosto del dos mil catorce: AUTOS Y VISTOS (…) SE RESUELVE: CONCEDER la apelación interpuesta por el recurrente, contra la resolución número uno, que RESUELVE RECHAZAR LA DEMANDA DE ACCION DE AMPARO solicitado por el demandante JOSE ALBERTO BELLODAS IRRASABAL con efecto suspensivo, disponiéndose que los autos se eleve a la Sala Civil Mixta, con la debida nota de atención, de conformidad con lo regulado en el artículo 427° del Código Procesal Civil. RESOLUCIÓN NÚMERO DOCE: Iquitos, tres de agosto del dos mil quince: AUTOS Y VISTOS (…) SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTO a la Litis Consorte Necesaria Pasiva NELLY GARCIA PANDURO, a fin de tomar conocimiento del trámite de la presente causa y la apelación concedida a favor del demandante, debiendo remitirse vía electrónica el edicto elaborado  a la oficina de Imagen de la Corte Superior de Justicia de Loreto a fin de que proceda a la publicación por UNICA VEZ y fecho de dicho acto remítase los autos a la Sala Civil Mixta de la Corte de Loreto al haberse concedido apelación con efecto suspensivo.- Firmado Dr. Alexander Rioja Bermudez, Juez y Firmado Fernando Riveros Da Silva – Secretario Judicial. Iquitos, 27 de agosto del 2011
V-3(29,30 y 01)

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