Hay decisiones que marcan una época y otras que revelan, una vez más, la forma en que el poder central sigue mirando a la Amazonía: como un territorio del que se puede extraer recursos sin escuchar a quienes viven en él. La Ley N.º 32700 ha reabierto una de las mayores heridas históricas de Loreto al promover estudios para el afianzamiento, represamiento y trasvase de las aguas del río Marañón con el propósito de fortalecer proyectos de irrigación en otras regiones del país. Lo más indignante no es solo el contenido de la norma, sino que el Gobierno Regional de Loreto ni siquiera figure entre las instancias de coordinación, pese a que el Marañón constituye uno de los pilares ecológicos y sociales de la Amazonía peruana.
La historia demuestra que este tipo de iniciativas nunca ha sido un asunto exclusivamente técnico. En 2008, un proyecto similar despertó un rechazo masivo porque las comunidades amazónicas entendieron que alterar el curso y el caudal de uno de los principales tributarios del río Amazonas podría tener profundas repercusiones ambientales, económicas y culturales. Hoy, casi dos décadas después, el debate vuelve a instalarse con la misma pregunta de fondo: ¿puede decidirse el destino de un río amazónico sin la participación efectiva de quienes dependen de él para vivir?
La ausencia de Loreto en el diseño institucional de esta ley resulta, cuando menos, incomprensible. Mientras se contempla la coordinación con Cajamarca, Lambayeque, Amazonas, La Libertad y Piura, la región que alberga el tramo final del Marañón y donde confluyen ecosistemas, pueblos indígenas y actividades económicas vinculadas al río queda relegada. Ningún proyecto de esta magnitud puede aspirar a legitimidad si ignora a uno de sus principales actores territoriales. El desarrollo nacional no puede construirse sobre la exclusión de una parte del país.
Existe además un elemento jurídico que el Estado no puede pasar por alto. En marzo de 2024, un juzgado de Nauta reconoció al río Marañón como sujeto de derechos, en una sentencia considerada histórica para la protección ambiental en el Perú. Esa decisión judicial obliga a que cualquier intervención sobre el río sea analizada con especial rigor y bajo el principio de protección de sus derechos ecológicos. No se trata únicamente de construir infraestructura o ampliar la frontera agrícola; se trata de evaluar si una obra de esta naturaleza es compatible con las obligaciones constitucionales y ambientales del propio Estado.
Nadie discute la necesidad de impulsar la agricultura, garantizar la seguridad alimentaria o promover inversiones. Lo que se cuestiona es que esos objetivos pretendan alcanzarse sin un debate nacional transparente, sin consulta con las regiones potencialmente afectadas y sin demostrar, con evidencia científica independiente, que el equilibrio hidrológico del Marañón y del sistema amazónico no sufrirá impactos significativos. El progreso no puede medirse únicamente en hectáreas irrigadas; también debe medirse en ecosistemas preservados, pueblos respetados y decisiones democráticamente construidas.
Loreto no puede permanecer indiferente. Este no es un debate entre costa y selva, ni una confrontación entre regiones. Es una discusión sobre cómo el Perú entiende su patrimonio natural y cómo toma decisiones que comprometerán el futuro de generaciones enteras. Si el Marañón es uno de los grandes alimentadores del Amazonas y un río reconocido por la justicia como sujeto de derechos, cualquier proyecto que pretenda modificar su dinámica debe discutirse de cara al país, con absoluta transparencia, participación ciudadana y el máximo respaldo científico. Porque cuando está en juego el corazón hídrico de la Amazonía, el silencio nunca puede ser una opción.
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El río Marañón no se negocia
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