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¿Contradicción en el informe de Contraloría sobre la asignación de fondos por concepto de canon y sobrecanon petrolero?

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  • Para financiar proyectos, bajo la modalidad de núcleo ejecutor en las comunidades donde se explotan los recursos naturales petroleros.

Esto porque según información del propio gobierno regional de Loreto, hace tiempo que esta entidad no entrega fondos del canon petrolero para los Núcleos Ejecutores, debido a que dicho presupuesto ya es transferido a las municipalidades, para que ellas entreguen a las comunidades para la ejecución de sus núcleos.
Contraloría informa que se hizo la auditoría para determinar si los recursos provenientes del canon y sobrecanon petrolero asignados al Gobierno Regional de Loreto, son transferidos a los núcleos ejecutores de las comunidades ubicadas en las zonas de explotación petrolera.
Verificando que dichos núcleos ejecutores se encuentren constituidos conforme a los requisitos legales, y que las transferencias se realicen en el porcentaje, plazo y modalidad establecidos en la normativa vigente.
Determinar si los recursos equivalentes al diez por ciento (10%) del canon y sobrecanon petrolero asignados a los núcleos ejecutores fueron destinados a proyectos de inversión pública y gasto social en las comunidades ubicadas en las zonas de explotación petrolera, conforme a lo establecido en la normativa vigente.
Entidad auditada: gobierno regional de Loreto. Fecha de emisión del informe: 05/03/2026. Unidad orgánica que emite el informe: OCI – GOBIERNO REGIONAL LORETO.
Resultados del servicio de control simultáneo: Gobierno regional de Loreto no ejecutó ni transfirió a los núcleos ejecutores de las comunidades indígenas el 10% del monto proveniente del canon y sobrecanon petrolero entre enero de 2025 y febrero de 2026, equivalente a s/ 5 225 083,49, imposibilitando la ejecución de proyectos de inversión pública y gasto social en comunidades indígenas.
Se hace necesario una explicación detallada desde la oficina que tiene que ver con la distribución del mencionado canon en torno al 10% que según ley es destinado a los núcleos ejecutores. Pero que, sin embargo, se conoce que la distribución ahora la hacen las municipalidades competentes, donde hay extracción petrolera.

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