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Adolescente que robó motocicleta cumplirá internación en centro juvenil

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  • Juzgado de emergencia de la Corte de Loreto ordenó medida socio educativa en audiencia virtual, a través de aplicativo WhatsApp.

Veinticuatro meses de internación cumplirá un adolescente, por ser hallado responsable de infringir la Ley Penal Contra el Patrimonio, en la modalidad de hurto agravado.
La magistrada Rosita Varela González, a cargo del Segundo Juzgado de Familia de Maynas que actuó como órgano de emergencia de turno, resolvió imponer la medida socioeducativa de internación contra el menor de quince años de edad, así como el pago de cincuenta soles, por concepto de reparación civil, a favor de Alex Giordano Ramírez López (agraviado).
De acuerdo a las investigaciones presentadas por el Ministerio Público, el 14 de enero de 2020, el adolescente fue intervenido por efectivos policiales, cuando éste se hallaba retirando los emblemas de una motocicleta, en las inmediaciones de las calles Cusco y Borja, en el distrito de Punchana. Al ser interrogado por esta acción sospechosa, el menor terminó reconociendo que había sustraído y trasladado el vehículo hasta ese lugar, aprovechando que el propietario la había dejado estacionada en las afuera de su vivienda, mientras tomaba un descanso.
La audiencia se desarrolló el último 14 de abril, mediante aplicativo WhatsApp, con la participación efectiva de todas las partes procesales. Como se informó en anteriores notas de prensa, emitidas por la Oficina de Imagen Institucional y Prensa de la Corte de Loreto, el uso de medios tecnológicos de comunicación, para actuaciones judiciales, tiene por objetivo salvaguardar la salud de justiciables, magistrados, abogados, y demás operadores de justicia, al evitar el contacto social que puede generar posibles contagios del virus Covid-19.
El adolescente cumplirá la medida en el centro de Rehabilitación y Diagnóstico de la ciudad de Pucallpa, hasta el 13 de enero del 2022. Cabe indicar que este hecho ilícito está tipificado en el artículo 185° del Código Penal, en concordancia con el literal 9 de la agravante del segundo párrafo del artículo 186°.
(CSJ Loreto)

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