Nueva modalidad de notificación electrónica permite celeridad y transparencia

  • Desde ayer rige obligatoriedad de Edicto Judicial Electrónico en Loreto
  • Su consulta será a través del portal web del Poder Judicial

 

Desde el lunes 12 de noviembre, se puso en vigencia en la Corte Superior de Justicia de Loreto el “Servicio de Edicto Judicial Electrónico – SEJE”, en todos los procesos judiciales que se tramiten por ante los juzgados y salas superiores de la Corte Superior de Justicia de Loreto, sustituyendo las notificaciones edictales que se venían publicando en el diario oficial El Peruano.
Entre las ventajas para los justiciables se tiene que la publicación del edicto se realizará al siguiente día que el Secretario Judicial envíe su publicación; el costo del edicto unitario (en los casos que la parte procesal se encuentre obligada al pago) se reduce notoriamente, y la verificación de su publicación será más automática, tanto a partir de la constancia de envío del edicto en la que aparecerá de modo expreso los días en que se publicará, como del propio ejemplar publicado y verificado en la página web oficial del Poder Judicial, a fin de constatar el contenido mismo del mandato judicial materia de notificación; logrando con ello mayor celeridad y fidelidad del contenido y fecha del acto a notificar.
Como se sabe, la ley procesal prevé diversos tipos o modalidades de notificación a las partes procesales, normalmente, de manera ordinaria la notificación es mediante el servicio de notificaciones electrónicas – SINOE, cuya ejecución requiere que el abogado defensor o patrocinante gestione e informe al juez el número de su casilla electrónica; y, excepcionalmente, las resoluciones que ponen fin al proceso se notifican mediante la casilla judicial que los abogados fijan por ante el servicio de notificaciones – SERNOT, es decir, en ambos casos no hay necesidad que los servidores judiciales se desplacen fuera de las oficinas para materializar el acto de notificación de esas tres modalidades mencionadas.
En el caso de la notificación por edicto (que ahora será electrónico) se aplica especialmente para la parte procesal cuyo domicilio se ignora, también cuando existe un alto número de personas por notificar, en materia penal a los ausentes o contumaces, a los terceros que les puede afectar la decisión judicial, entre otros supuestos. El cómputo del plazo es similar al utilizado en las notificaciones SINOE.
Las modalidades de notificación antes mencionadas son distintas a la notificación que se realiza en el domicilio real u habitual de algún justiciable, y ocurre especialmente para notificar el traslado de la demanda, la rebeldía del emplazado, entre otros supuestos.
Con tal finalidad se constituyó a la ciudad de Iquitos, el Gerente de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial, Dr. Adler Horna Araujo, la Ing. Julissa Rojas Vásquez de la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial quienes realizaron la capacitación en el uso de la novísima herramienta informática, además, en los días sucesivos realizarán el monitoreo para la adecuada operatividad del aplicativo.
Cabe indicar que la disposición de implementación del Servicio de Edicto Judicial Electrónico viene ejecutándose de forma progresiva en las Cortes Superiores de Justicia de la República a nivel nacional, de acuerdo a la disponibilidad técnica y presupuestal de éstas.