“Acá no hay “cacería de brujas” cada proceso gira en torno a los hechos y las pruebas”

  • Declaró el Dr. Hesbert Benavente Chorres, juez unipersonal que dictó sentencia condenatoria contra dos ex funcionarios del gobierno regional.

 

Como es de conocimiento público, la lectura de sentencia completa que condena a dos ex funcionarios del gobierno regional (Ramírez Saavedra y Pacheco Tinoco); se hará el próximo 6 de marzo en horas de la mañana. Así lo dio a conocer el juez Hesbert Benavente Chorres, agregando que ambos sentenciados desde el último fin de semana ya se encuentran con orden de captura. Desmintió que la drástica sentencia, tenga matices políticos.
“Son las pruebas lo que genera convicción en un juez, pruebas presentadas por la fiscalía y la defensa, esto por el principio de igualdad. Estos hechos giran en torno a un informe especial de auditoría, la que había recibido información de la Dirección de Capitanía de Puerto, que como sabemos es una entidad que no tiene nada que ver con el gobierno regional de Loreto.
Se había establecido que 4 motochatas, destinadas a auxiliar a las comunidades ribereñas de la región, fueron construidas con fecha posterior a lo fijado en el contrato. Y que, si se hubiese sabido a tiempo, habría generado que el Estado en vez de pagar pudo exigir al contratista el pago de una penalidad superior a los 900 mil soles. Sin embargo, el Estado no se enteró de ese retraso y por el contrario, pagó por las 4 motochatas al contratista.
Sobre la base que el jefe del almacén, así como el jefe encargado de los vehículos fluviales, los ya sentenciados habían firmado actas de conformidad y recepción dando a entender que las motochatas ya habían sido recibidas a tiempo, lo cual difiere con la información que dio la propia Dicapi. Estamos hablando de instituciones diferentes y ahí descartamos la tesis de interferencia de algún tipo de complot o “mano negra”, lo cual no es tolerado en ningún estado de derecho.
También se analizó un peritaje traído por la propia defensa, de un perito marítimo que señaló haber visto las motochatas, no obstante que quien pidió el servicio del perito fue uno de los acusados Ramiro Ramírez. ¿Pero qué le contesta a la auditoria? Que él nunca pidió ese peritaje, que él nunca solicitó. Y en el acto de juicio señaló todo lo contrario, que sí lo pidió. Entonces tenemos una contradicción en que incurre la misma persona.
Lo más trascendental es que la propia documentación que existe en el gobierno regional, señala que ese peritaje o los servicios del perito nunca fueron requeridos, no entraron por el conducto regular. El acusado se justificó diciendo que fue pedido de favor, por algo altruista, pero se reitera, no entró por los conductos regulares.
Están las órdenes de pago, el Estado pagó por unas motochatas que se creyó fueron entregadas a tiempo, cuando las pruebas señaladas demuestran que fueron recepcionadas meses después, fuera del plazo exigido en el contrato. Si de eso se hubiera tomado conocimiento a tiempo el Estado pudo haber reclamado una penalidad, lo cual aumenta el perjuicio económico al gobierno regional. Se pagó por unas motochatas entregadas a destiempo. Y, por otro lado, no pudo cobrar esa penalidad. Por eso se fijó una reparación civil a favor del Estado de un millón de soles.
Se les condenó a los dos imputados por el delito de negociación incompatible, ya que aprovechando de sus cargos dieron fe de fechas inexactas para beneficiar al contratista con el no pago de la penalidad. Y por falsedad ideológica porque son documentos públicos, actas de conformidad y recepción, consignaron fechas inexactas, contrarias a la realidad de las cosas. Se dio pena de 5 años efectiva para cada uno. Pena de multa que deben resolver en el plazo de 10 días, y un millón de soles por reparación civil que deben abonar de manera solidaria.
Acá no hay una “cacería de brujas”, acá cada proceso gira en torno a los hechos que nos trae un órgano independiente como es la fiscalía, sometidos al rigor de las pruebas que ambas partes tienen el derecho de presentar y uno como juez valorarlas. El mensaje para la sociedad es que, dentro de un estado de derecho, lo que establecen las pruebas es la verdad de los hechos. Sin mirar apellidos, condiciones sociales, ni ideologías políticas o categorías, etc.”, se explayó Hesbert Benavente Chorres.
¿Ambos sentenciados ya están con orden de captura?
-Claro, es un adelanto de fallo con pena efectiva lo que se ha dado. Las partes en el acto de audiencia no pidieron ningún tipo de suspensión. Entonces ya se da las órdenes correspondientes porque el fallo ya se dictó. Ahora, el 6 de marzo habrá que escuchar las postulaciones que hagan las partes. Recién lo sabremos ahí.
(L.M. Herrera)