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Solo juzgados de emergencia funcionarán en el Poder Judicial de Loreto

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  • Para atender casos urgentes como detenciones, requisitorias y prisiones preventivas.
  • Demás procesos judiciales y administrativos se suspenden por quince días.

Cumpliendo con la emergencia decretada por el Poder Ejecutivo, que conlleva el aislamiento social y otras medidas obligatorias para evitar la propagación del Coronavirus, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Loreto, Mg. Javier Santiago Sologuren Anchante, informó la suspensión de los servicios de la institución judicial para atender solamente casos de urgencia.
Para ello, la autoridad del Poder Judicial de Loreto ha dispuesto el funcionamiento juzgados de emergencia que atenderán los siguientes procesos improrrogables: prisión preventiva con detenidos; hábeas corpus; menores infractores; reos en cárcel; casos de violencia familiar que requieran medidas de protección cautelares (por flagrancia), entre otros.
“De acuerdo al mandato de estado de emergencia, solo permanecerán en funcionamiento servicios esenciales. En el caso del Poder Judicial, lo esencial son los casos relacionados a las libertades; así como el otorgamiento de medidas cautelares por violencia familiar en condición de alto riesgo. No obstante, el número de personal que atenderá estos procesos será el mínimo, a fin de salvaguardar la salud de los trabajadores”, declaró el presidente de Corte.
Los procesos con personas detenidas y hábeas corpus serán atendidos por el juez de turno de los juzgados de investigación preparatoria, contando con el apoyo de un especialista judicial.
Mientras que los jueces de turno de los juzgados penales unipersonales y colegiados atenderán los casos de requisitoriados y de reos en cárcel para sentenciar, por vencimiento de prisiones preventivas, contemplándose también la asistencia de un especialista.
Por su parte, los jueces de turno de los juzgados de familia, con apoyo de un secretario judicial, estarán a cargo de los procesos con menores infractores a la ley penal, y de los casos de violencia familiar que precisen la dación de medidas de cautelares inmediatas, además de atender procesos de consignación y endosos en alimentos.
Igualmente, entrará en funcionamiento la Sala Superior de Emergencia, que conocerá las apelaciones de los casos mencionados.
Aunque durante estos quince días calendarios prevalecerá el servicio de procesos judiciales, es importante mencionar que la puesta en marcha de tales acciones demanda el soporte de personal auxiliar; por lo que la Administración General de la Corte, así como los responsables de las administraciones del módulo de los juzgados de familia y del módulo penal estarán cumpliendo labores en esta Corte Superior. En tanto que la Presidencia de Corte también continuará laborando, designando a personal para que apoye a la función de los asuntos importantes.
Cabe mencionar que el personal designado para laborar durante este período de emergencia estará debidamente identificado con credenciales. Asimismo, se le proveerá de los implementos y materiales necesarios para la protección de su salud.
Ha sido mediante Resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial N° 115-220-CE-PJ, en que han quedado establecidas las áreas y funciones de tipo jurisdiccional y administrativo que estarán en funcionamiento durante el estado de emergencia, las cuales -por su naturaleza- son de carácter permanente. (CSJ Loreto)

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