SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00075-2002-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: LANCHI NUVE, JULIO CESAR
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: SALDAÑA GARCIA, DIANA MARIBEL
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCUENTA Y OCHO
Iquitos, siete de mayo del año dos mil diecinueve.
REPROGRAMAR JUICIO ORAL, en la presente causa, seguida contra JULIO CESAR LANCHI NUVE seguido en su contra como presunto autor del delito Contra la Libertad Sexual en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales D.M.S.G. 1. SEÑÁLESE como nueva fecha para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral del acusado JULIO CESAR LANCHI NUVE, para el día MIERCOLES DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de audiencias de la Sala Penal Liquidadora, sito en Av. Grau N° 320-3er piso- Iquitos; citándose a: 2. Acusado JULIO CESAR LANCHI NUVE, a quien se le deberá notificar en CALLE SANTA ROSA S/N CUADRA 1-INAHUAYA-UCAYALI-LORETO/ CALLE MARISCAL RAMON CASTILLA S/N-CONTANAMA, para lo cual se le deberá LIBRAR EXHORTO al Juzgado Mixto de Contanama; y a su domicilio procesal en CALLE BRASIL N° 150-IQUITOS sin perjuicio de notificarlo a la CASILLA ELECTRÓNICA N° 19655; además se le deberá notificar por edicto penal y edicto web. 3. LUIS ENRIQUE BRAVO REATEGUI, abogado de Julio César Lanchi Nuve, en la CASILLA ELECTRÓNICA N° 19655, requiriendo al referido abogado que por su intermedio, coadyuve para que su patrocinado concurra a la audiencia en la fecha y hora programada; 4. EXHORTARON al referido acusado, que deberán concurrir conjuntamente con su abogado de su libre elección, bajo apercibimiento que en caso este último no concurra a la audiencia, la misma se realizará con intervención del letrado de la Defensoría Pública. 5. DISPONGASE cursar oficio a la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia, a efectos de que designe defensor público, sin perjuicio de notificar al abogado Javier Edmundo Moya Ibáñez, defensor público adscrito a esta Sala Penal; 6. REQUERIR al acusado JULIO CESAR LANCHI NUVE, ha concurrir a la fecha y hora señalada en la presente resolución para el inicio de juicio oral, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz y de variarse su comparecencia por la de detención y disponerse su búsqueda, captura y posterior internamiento al penal en caso de inconcurrencia.
NOTIFÍQUESE.
SS. DEL PIELAGO CARDENAS.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(13,14 y 17)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02635-2010-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: LUQUE MEZA, GABRIEL
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR (ENTRE 14 AÑOS Y MENOS DE 18 AÑOS)
GONZALES RUIZ, WALTER JUNIOR
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR (ENTRE 14 AÑOS Y MENOS DE 18 AÑOS)
APAGUEÑO HUALINGA, OLIVER FREDDY
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR (ENTRE 14 AÑOS Y MENOS DE 18 AÑOS)
AGRAVIADO: LMCL LMCL, LMCL.
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y TRES
Iquitos, cinco de junio Del año dos mil diecinueve. 1) PROGRAMESE JUICIO ORAL en la presente causa, seguida contra FREDDY OLIVER APAGUEÑO HUALINGA como autor del Delito Contra la Libertad Sexual – Violación Sexual de menor de edad, ilícito previsto y sancionado en el inciso 2 del primer párrafo del artículo 173° del Código Penal, (vigente al momento de los hechos), en agravio de la menor de iniciales L.M.C.L. (13); SEÑÁLESE como nueva fecha para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral del acusado FREDDY OLIVER APAGUEÑO HUALINGA, para el día LUNES DIECINUEVE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE, A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora, Av. Grau N° 720- 3er Piso-Iquitos de esta ciudad; 2) DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado FREDDY OLIVER APAGUEÑO HUALINGA, en este acto de manera personal, quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de DECLARARSE CONTUMAZ y Variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, y ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia. 3) DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado GABRIEL LUQUE MEZA (Reo Ausente), a su domicilio real, sito en Av. Colonial N° 1269-Punchana, sin perjuicio de emplazarlo por edicto web y penal, a efectos de que concurra y se ponga a derecho en la fecha y hora señalada para juicio oral;
S.S. DEL PIELAGO CARDENAS.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(13,14 y 17)
AUDIENCIA PÚBLICA EXTRAORDINARIA
La Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, pone en conocimiento al público en general, señores abogados, defensores de oficio, que mediante Resolución Administrativa N° 081-2017-PJ-/CSJLO-P de fecha diecinueve de Enero de dos mil diecisiete, se ha dispuesto que la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al primer trimestre, se lleve a cabo el día MARTES VEINTICINCO DE JUNIO DEL 2019, A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, para verificar los plazos fijados y establecidos por ley de los procesos que se encuentran en la condición de Reos Libres y Reos en Cárcel; de acuerdo a lo establecido en la Resolución Administrativa N° 1440-2013-PJ/CSJLO-P y de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley 25476 y el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, aprobado por Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ, la misma que se realizará en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, sito en Av. Grau N° 720 – 3° Piso.
Iquitos, 11 de Junio del 2019.
Abog. María Esther Ruiz Bazalar
Secretaria de Sala
Sala Penal Liquidadora de Loreto
V-3(13,14 y 17)
NOTIFICACION VIA EDICTO
POR DISPOSICIÓN DE LA RESOLUCION NUMERO TRES DE FECHA 11-06-2019, NOTIFIQUESE VIA EDICTO A LA PROCESADA MEDARDO LOPEZ GUERRA, MARLITA CAMASCA AREVALO, ALEXANDER MACEDO RAMIREZ, BRIANDA CURICHIMBA MANIHUARI, LA PARTE RESOLUTIVA DE LA RESOLUCION N° 3 ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO DE FECHA 11-06-2019.
NAUTA, 12-06-2019.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00066-2018-59-1901-JR-PE-01
JUEZ: JAIRO NEISER SALAZAR ANGULO
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: CURICHIMBA MANIHUARI, BRIANDA Y OTROS
DELITO : SECUESTRO
AGRAVIADO: SOLANO SANCHEZ, IRIS
RUIZ MORENO, PEDRO JULIAN
JUEZ: RES. N° 03
AUTOS, VISTOS Y OÍDOS; [LOS ARGUMENTOS DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN SE ENCUENTRAN REGISTRADOS EN AUDIO]. POR TALES CONSIDERACIONES, SE DISPONE: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO. 2. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DÍA MIÉRCOLES 24 DE JULIO DEL 2019 A LAS 11:00 AM. 3. NOTIFICAR A: PARTE AGRAVIADA, EN SU DOMICILIO REAL. PARTE PROCESADA, EN SU DOMICILIO REAL Y VÍA EDICTO PENAL. FISCAL, EN SU DOMICILIO LEGAL. 4. HACER EFECTIVO EL APERCIBIMIENTO DECRETADO EN LA RES. N° 01, EN CONSECUENCIA REMÍTASE COPIAS CERTIFICADA DE LOS ACTUADOS PERTINENTES A LA OCI DEL MINISTERIO PÚBLICO, DEBIDO A LA INASISTENCIA INJUSTIFICADA DEL FISCAL RESPONSABLE ENCARGADO DEL CASO. 5. SE CONSERVA LA VIGENCIA DE LOS APREMIOS DECRETADOS EN LA RES. N° 01. CONCLUSIÓN: Siendo las 10:20 AM, se da por terminada la presente audiencia y por ende la grabación de audio, procediendo a firmar la presente acta el Juez y el Especialista de Audiencia.
V-3(13,14 y 17)
EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00354-2008-0-1903-SP-PE-01
SECRETARIA DE SALA: ABOG. MARIA ESTHER RUIZ BAZALAR
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución: RESOLUCIÒN NÙMERO SESENTA Y OCHO. Iquitos, seis de noviembre Del año dos mil dieciocho. DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, razón de secretaria y con el Dictamen Penal Superior Nº 302-2018-MP-2ºFSP-LORETO, estando a su contenido, al principal: AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cédula y por edicto de ley, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Al primer y cuarto otrosí digo: Téngase presente. SUSCRIBIENDO la presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(13,14 y 17)