EDICTO PENAL
EXP. N°: 00007-2018-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00007-2018-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: NOA GREFFA, RISTER WILDORIO
DELITO: LESIONES LEVES
NOA GREFFA, RISTER WILDORIO
DELITO: EJERCICIO ARBITRARIO DE UN DERECHO/JUSTICIA POR PROPIA
MANO
NOA GREFFA, RISTER WILDORIO
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: CACERES FLORES, BRUNO
VASQUEZ TORRES, PEDRO ANTONIO
RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ
Iquitos, Once de Junio del Dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, y con el Dictamen Penal Superior N° 148-2018-MP-2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado. SUSCRIBIENDO la presente la Señora Secretaria de Sala por disposición Superior y al amparo de la previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 00014-2001-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00014-2001-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: AHUANARI NASNATE, ERIDOME
DELITO: ASESINATO
AHUANARI NASNATE, ERIDOME WILER
DELITO: ASESINATO
AGRAVIADO: ROJAS SILVANO, RAQUELITA
RESOLUCIÒN NÙMERO CUARENTA Y NUEVE
Iquitos, diecisiete de agosto Del año dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, razón de relatoría y con el Dictamen Penal Superior Nº 176-2018-MP-2ºFSP-LORETO, estando a su contenido, Al Principal: AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cédula y por edicto de ley, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Al primer y segundo otrosí digo: Téngase presente. SUSCRIBIENDO la presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 00064-2005-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00064-2005-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: PINCHI CHOTA, EINER
DELITO: ROBO AGRAVADO
MAYANCHI TUITUI, OSWALDO
DELITO: ROBO AGRAVADO
CHUJE ARANDA, WILSON
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL TIGRE,
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICINCO
Iquitos, veintiuno de agosto Del dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, con la razón de relator y con el Dictamen Penal Superior N° 218-2018-MP- 2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes; Al principal: De conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado; Al otrosí digo: Téngase presente. Suscribiendo la secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ y en aplicación supletoria de último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 00073-2009-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00073-2009-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: AREVALO NASHNATE, JUAN
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: F.A.V
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y NUEVE
Iquitos, veinte de agosto del Dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, la razón del relator y con el Dictamen Penal Superior N° 014-2018-MP- 2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes; Al principal: De conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado; y estando a lo indicado por el representante del Ministerio Público: Téngase por corregido el nombre del procesado como Juan Arévalo Nashnate, y por precisada la imputación necesaria. Suscribiendo el relator de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ y en aplicación supletoria de último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 00152-2014-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00152-2014-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: PACAYA YAICATE, JOSE MARIANO
DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.
AGRAVIADO: EL ESTADO
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y UNO
Iquitos, diecisiete de agosto del dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con la razón del relator y con el Dictamen Penal Superior N° 152-2014-MP- 2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes; Al principal: De conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para emitir la resolución de corresponda; Al otrosí digo: Téngase presente. SUSCRIBIENDO la presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 00306-2001-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00306-2001-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: CRUZ CUBAS, NOE
DELITO: OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS
FUNCIONALES – ART. 377
TARICUARIMA MURAYARI, CLAUDIO
DELITO: OMISION, REHUSAMIENTO O DEMORA DE ACTOS
FUNCIONALES – ART. 377
AGRAVIADO: EL ESTADO, PERUANO MUNICIPALIDAD DISTRITAL, MANSERICHE
RESOLUCIÓN NÚMERO.
Iquitos, diecisiete de agosto del Dos mil dieciocho.
AUTOS Y VISTOS. Dado cuenta con el Dictamen Penal Superior N° 074-2018-MP-2°FSP-LORETO, estando a su contenido: AGRÉGUESE a los autos. Por otro lado, se cuenta con la opinión efectuada por la Fiscalía Superior en su Dictamen N° 074-2018-MP-2°FSP-LORETO, donde se pronuncia que se declare extinguida la acción penal por prescripción de la acción penal por el Delito de Aprovechamiento Indebido de Cargo (hoy cohecho activo Genérico) y Falsificación de documentos, por lo que corresponde poner a disposición de las partes para los fines de ley. En consecuencia, esta Sala Penal Liquidadora, en mérito a lo antes señalado. RESUELVE: 1) ACLARESE el auto de apertura de instrucción conferida en la resolución número dos de folios 1318/1324 del Tomo V, en el sentido que se tenga por aclarada los nombres de los procesados y se consigne correctamente como: JORGE ORLANDO DIAZ RAMIREZ, FRANCISCO POZO HUANCA y TITO TUYASA TUNQUIA, DEJANDO EN TODO LO DEMAS SUBSISTENTE, teniéndose así por precisada en dichos extremos en el Dictamen Penal Superior N° 012-2001 de folios 4121/4122 del Tomo VIII para los fines pertinentes, y estando a la prescripción de los delitos que se pronuncia el representante del Ministerio Público en su Dictamen N° 074-2018-MP-2°FSP-LORETO, 2) PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado en los extremos de la prescripción de los delitos que se pronuncia por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para emitir la resolución correspondiente. Se hace hincapié que los procesados: FRANCISCO POZO HUANCA, JOSEMIKE GONZALES VILCA, NOE CRUZ CUBAS, JORGE ORLANDO DIAZ RAMIREZ, CARMEN LUZ RODRIGUEZ LOZANO, TEOBALDO POZO HUANCA y TITO TUYASA TUNQUIA, se encuentran pendientes de Juzgamiento por el delito de peculado y concusión, al otrosí del dictamen fiscal superior: Agréguese a los autos y téngase presente; a los escritos N°5146-2018, 9373-2018 y 9378-2018 presentado por la Procuraduría Pública a cargo de los Asuntos Judiciales de la Contraloría General de la República, estando a lo que indica; Téngase por ampliado Delegación de representación a los abogados Pablo César Ormeño Quiroz, Karla Miguelina Peña López y Julio Abel Ríos Alva, a fin de que intervengan de manera conjunta o individualmente en el presente proceso en representación de la referida Procuraduría; a los escritos N° 5849-2018 y 11736-2018, solicitadas por la misma Procuraduría, estando a que solicita que se dé providencia del dictamen fiscal en análisis: Estese a lo resuelto en la presente resolución. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, AMORETTI MARTINEZ Y RETIZ PEREYRA como integrantes de ésta Sala Penal. Notifíquese.
S.S. ATARAMA LONZOY.
AMORETTI MARTÍNEZ.
RETIZ PEREYRA.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 00653-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00653-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
MINISTERIO PÚBLICO: 1RA FISCALIA PENAL CORPORATIVA
IMPUTADO: AGUILAR RIOS, MAYCON SAMIN
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: ZUÑIGA NIÑO, FERNANDO
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y DOS
Iquitos, Treinta del Dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, y con el Dictamen Penal Superior N° 200-2018-MP-2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado. SUSCRIBIENDO la presente la Señora Secretaria de Sala por disposición Superior y al amparo de la previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 02357-2007-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02357-2007-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
MINISTERIO PÚBLICO: 1RA FISCALIA PENAL CORPORATIVA
IMPUTADO: MORI ALVAREZ, FREDDY
DELITO: FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS.
MORI ALVAREZ, FREDDY
DELITO: RECEPTACIÓN
NUÑEZ NUÑEZ, JHON ALEXANDER
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: PACIFICO PERUANO SUIZO COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS SA
MATTO ASTETE, JOSE IVAN
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y TRES
Iquitos, Veintidós de Mayo del Dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, y con el Dictamen Penal Superior N° 122-2018-MP-2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado. SUSCRIBIENDO la presente la Señora Secretaria de Sala por disposición Superior y al amparo de la previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 02739-2000-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02739-2000-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
MINISTERIO PUBLICO: PRIMERA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA
TESTIGO: ASPAJO CHOTA, EMILIA
IMPUTADO: SANDI TAPULLIMA, WILSON
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
SANDY PIÑOLA, TEDDY
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
MONTERO HUALINGA, JUAN
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: PIZANGO ASPAJO, NEYSI LUZ MARGARITA
RESOLUCIÓN NÚMERO S/N
Iquitos, diecisiete de agosto del dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, con la razón de relator y con el Dictamen Penal Superior N° 143-2018-MP- 2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes; Al principal: De conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-
CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado; Al primer otrosí digo: Por precisada el nombre correcto del acusado como TEDDI GLORIOSO SANDI PIÑOLA en la acusación fiscal de folios 108/109, al segundo otrosí digo: Téngase presente. Al escrito N° 6490-2018, remitido por el Juez de Paz del Distrito de Trompeteros, en la cual devuelve la cédula sin diligenciar de Juan Montero Hualinga indicando que estos genera gastos: agréguese a los autos y téngase presente en el momento de la notificación, al escrito N° 6491-2018, presentado por el Juez de Paz de Trompeteros, estando a que devuelve la cédula debidamente diligenciada de Teddi Sandy Piñola: Agréguese a los autos y téngase presente. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, AMORETTI MARTINEZ y RETIZ PEREYRA como integrantes de ésta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 03155-2009-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03155-2009-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
MINISTERIO PÚBLICO: SEGUNDA FISCALIA PENAL SUPERIOR DE LORETO
PROCURADOR PÚBLICO: ESPECIALIZADA EN DELITOS DE ORDEN PUBLICO
MINTER
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MAYNAS
IMPUTADO: NORIEGA VASQUEZ, YRWIN Y OTROS
DELITO: RECEPTACION AGRAVADA – ART. 195
DELITO: AGRUPACIÓN ILÍCITA.
DELITO: FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS.
DELITO: HURTO AGRAVADO.
DELITO: ROBO AGRAVADO
DELITO: FABRICACIÓN O FALSIFICACIÓN DE MARCAS O CONTRASEÑAS
OFICIALES.
AGRAVIADO: MELENDEZ BARDALES, CESAR Y OTROS
RESOLUCIÓN NÚMERO OCHENTA Y CUATRO
Iquitos, Veintitrés de Julio del Dos mil dieciocho.
DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, y con el Dictamen Penal Superior N° 197-2018-MP-2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en esa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado. Al escrito N° 9888-2018 presentado por el Procurador Público Adjunto encargado de la Procuraduría Pública Especializada en Asuntos de Orden público del Ministerio del Interior, estando a lo expuesto: Téngase por variado su domicilio procesal a la Calle Parque Bahía N° 162 – 164 – Urbanización Bahía – Distrito de Pueblo Libre – Lima; asimismo por señalado la casilla electrónica N° 36723, lugar a donde se harán llegar las futuras notificaciones de ley. SUSCRIBIENDO la presente la Señora Secretaria de Sala por disposición Superior y al amparo de la previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)
EDICTO PENAL
EXP. N°: 03580-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
Por disposición superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03580-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
MINISTERIO PÚBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN TID
PROCURADOR PÚBLICO: PROCURADURIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE TID
IMPUTADO: DAVILA MARINA, ANGEL Y OTROS
DELITO: PROMOCIÓN O FAVORECIMIENTO AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS.
DELITO: COMERCIALIZACIÓN O TRÁFICO DE PRODUCTOS NOCIVOS.
AGRAVIADO: DEL ESTADO PERUANOPROCURADOR RELATIVOS AL TID
RESOLUCIÓN NÚMERO SESENTA Y TRES
Iquitos, Treinta de Abril del Dos mil dieciocho.
ADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, y con el Dictamen Penal Superior N° 117-2018-MP-2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado. SUSCRIBIENDO la presente la Señora Secretaria de Sala por disposición Superior y al amparo de la previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,03 y 04)s





