SALA PENAL

EDICTO PENAL
INST No.  684-2011-0
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de los acusados Fredd Gonzales Sepulveda y Luis Enrique Panduro Loja, por el delito Contra la Salud Pública- Tráfico Ilícito de Drogas, en agravio del Estado.
RESOLUCIÒN NÙMERO VEINTIOCHO.
Iquitos, dieciséis de diciembre  del año dos mil trece.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 89-2013-MP-2ºFSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Interviniendo los señores Jueces Superiores que rubrican por ser integrantes de Sala. Notifíquese.
V-3(27,03 y 06)

EDICTO PENAL
INST No. 01594-2009-0
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se cita, llama y emplaza al acusado TERCERO ANDRES SINARAHUA  YAICATE, por el delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – HOMICIDIO CALIFICADO y por el delito Contra el Patrimonio, en la modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de Miguel Escudero Aguilar; a efectos de que se presente a la sala de audiencias de la corte superior de justicia de Loreto para la programación del inicio de juicio oral el LUNES TRES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL CATORCE A LAS OCHO HORAS CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (08:30 A.M.); quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada en la presente resolución bajo apercibimiento de Revocarse el Mandato de Comparecencia con Restricciones por el Mandato de Detención y disponer su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de esta ciudad en caso de inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al defensor público adscrito a esta Sala Penal.
V-3(27,03 y 06)

EDICTO PENAL
INST No.   1745-2009-0
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y UNO
Iquitos, nueve de Septiembre del año dos mil trece.-
AUTOS Y VISTOS; con la razón evacuada por la cursora que antecede, agréguese a sus antecedentes; Y CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que, mediante resolución número diecinueve de fecha diez de Junio de dos mil trece, que corre a fojas trescientos treinta y seis a trescientos treinta y ocho, el Colegiado resolvió de oficio DECLARAR FUNDAD LA EXCEPCIÓN DE PRESCRIPCION y EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL a favor de SARITA AGUIRRE PEREZ, por el delito Contra LA FAMILIA en la modalidad de INDUCCIÓN A LA FUGA, en agravio de la menor de iniciales C.V.G.R.
SEGUNDO: Que, conforme es de verse de los cargos de notificación obrante a fojas trescientos treinta y ocho a trescientos treinta y nueve, se ha notificado al Ministerio Público y a fojas trescientos cuarenta y seis se ha notificado mediante edicto penal a las partes del presente proceso, siendo que hasta la fecha no han incoado recurso impugnatorio alguno contra la mencionada resolución, el mismo que por  transcurso del tiempo ha vencido el plazo prescrito por ley.
Por las consideraciones expuestas, este Colegiado resuelve: DECLARAR CONSENTIDA LA RESOLUCIÓN NÚMERO DIECINUEVE de fecha diez de Junio de dos mil trece, que corre a fojas trescientos treinta y seis a trescientos treinta y ocho; DISPUSIERON que la cursora cumpla con lo ordenado en la parte In Fine de la citada resolución [anular los antecedentes generados en el presente proceso del citado procesado]; y una vez cumplido REMÍTASE los autos al ARCHIVO CENTRAL para la custodia correspondiente.  Notifíquese.
V-3(27,03 y 06)

EDICTO PENAL
INST No.   1769-2011-0
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de la parte agraviada Irma Ibette Napanga Huayta  la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTITRES.
Iquitos, doce de setiembre del año dos mil trece.-
Dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la Razón de Secretaria que antecede, agréguese a los autos; y estando a la revisión de los actuados se tiene que mediante Sentencia contenida en la resolución número VEINTE (fojas 248 al 257), se ABSUELVE al procesado LUIS ALEXANDER SILVANO ROMAÑOLA, por el delito de Lesiones Culposas, en agravio de Nancy Nicole Sicard Babilonia; así como se CONDENÓ al referido procesado por el delito de Robo Agravado en grado de TENTATIVA, en agravio de Ketty Isabel Babilonia  Hidalgo, sentencia que ha sido declarada Consentida mediante resolución número VEINTIUNO (fojas 259 al 260); en consecuencia, siendo el estado de autos OFÍCIESE a las autoridades policiales correspondientes a fin de que procedan a la anulación de los antecedentes que se hubieran generado contra el referido sentenciado respecto al delito de Lesiones Culposas. INSCRIBASE el extremo de la Sentencia Condenatoria en el Registro Central de Condenas; debiéndose remitir el mismo al RENIEC así como al Jurado Nacional de Elecciones. REMÍTASE el Boletín y Testimonio respectivo y procédase a su ejecución, debiéndose REMITIR copias certificadas de los presentes actuados al juzgado de origen para los fines del artículo 337º del Código de Procedimientos Penales; y una vez cumplido con lo ordenado precedentemente Archívese Definitivamente el presente proceso remitiéndose los autos al Archivo Central para la Custodia correspondiente. Notifíquese. Interviniendo el señor Juez Superior CAVIDES LUNA por licencia del magistrado AMORETTI MARTINEZ.
V-3(27,03 y 06)

EDICTO PENAL
INST No.   1858-2012-0
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de la persona de: HEIDE CAMPOS OCUPA, DELITO: TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, AGRAVIADO:
EL ESTADO.
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE.
Iquitos,  doce de noviembre del año dos mil trece.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso del cual se tiene que mediante resolución número DOCE (fojas 219 al 220) se programó fecha en forma involuntaria,  por tanto REPROGRAMESE fecha y hora para el inicio de los debates orales el día   MARTES VEINTICUATRO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL TRECE A LAS NUEVE Y QUINCE MUNUTOS DE LA MAÑANA (09.15 A.M.,); DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (EN CÁRCEL) HEIDE CAMPOS OCUPA, en el Establecimiento Penal de Sentenciados e inculpados de Maynas – Iquitos – donde se encuentran recluido, MANDARON se oficie al Director del referido establecimiento penitenciario, a fin de que sirva disponer el traslado del referido encausado a la Sala de audiencias del mismo, con sus respectivo custodio  policial  en  la  fecha y hora de la realización del acto oral, debiendo el acusado designar a su abogado defensor respectivo, de no hacerlo se les nombrará al defensor Público adscrito a este colegiado, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales y la ficha de la RENIEC de los procesados, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON, recabar  el Dictamen Pericial de la droga decomisada, debiendo oficiarse a las autoridades respectivas para dicho fin. A los escritos N° 9945-2013 y 10196-2013, presentados por la Procuraduría  Pública a cargo  de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativo al Trafico Ilícito de Drogas, al principal,. Notifíquese.
V-3(27,03 y 06)

EDICTO PENAL
INST No.  1923-2011-0
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición superior de la Sala Penal de Liquidador de Loreto pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTITRES.
Iquitos,  diecinueve de diciembre del                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                   año dos mil trece.-
Dado cuenta de autos con el Dictamen Fiscal que antecede, en el proceso seguido contra ANGEL JHON CORA PACAYA, por el delito Contra el Patrimonio- Hurto Agravado en agravio de Betty Llerena Pinchi; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día  LUNES SEIS DE ENERO DEL DOS MIL CATORCE A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO  DE LA MAÑANA; en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por fax y por Edicto de ser necesario, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
V-3(27,03 y 06)

EDICTO PENAL
INST No.  3527-2011-28
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición superior de la Sala Penal de Liquidador de Loreto pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Iquitos,  diecinueve de diciembre del  año dos mil trece.-
Dado cuenta de autos con el Dictamen Fiscal que antecede, en el proceso seguido contra CRISTIAN PIERO MARICHIN OCHAVANO, por el delito Contra la Vida, el cuerpo y la Salud, en la modalidad de Homicidio Simple en grado de Tentativa en agravio de Alfonso López  Bacón; y siendo el estado del proceso PROGRÁMESE fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día LUNES SEIS DE ENERO DEL DOS MIL CATORCE A HORAS SIETE Y CUARENTA Y CINCO  DE LA MAÑANA; en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por fax y por Edicto de ser necesario, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese.
V-3(27,03 y 06)