SALA PENAL

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00731-2011-0-1903-JR-PE-04
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: ASPAJO CURINUQUI, CLEOFITA
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO.
Por el presente, conforme a lo ordenado en el expediente arriba señalado, se ha dispuesto notificar a las partes procesales, la siguiente RESOLUCIÓN NÙMERO CINCUENA Y DOS. Iquitos, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro.- (…) DADO cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 07-2024-MP-3ºFSP-LORETO que señala: […] esta Fiscalía Superior Penal al amparo del segundo párrafo del artículo 221° del Código de Procedimientos Penales, ES DE OPINIÓN: Primero: Que, conforme a los fundamentos expuestos se corrige la sanción punitiva, debiendo considerarse como pena concreta CUATRO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de igual forma se corrige la sanción por INHABILITACION debiendo ser 01 AÑO Y 06 MESES. Asimismo, se corrige el monto de reparación civil, debiendo ser de MIL CIENTO DOS 10/100 Soles (S/. 1,102.10 SOLES). Debiendo entenderse así, subsistiendo en todo lo demás que no contradiga lo señalado […] estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado (…)
Iquitos, 27 de mayo de 2024.
V-3(28,29 y 30)

MERB/frva