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Recuerden que DNI y vacunas son fundamentales para matrículas

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-Escolares están de vacaciones, pero

-Padres y madres de familia deben tramitar con anticipación estos documentos.

La presentación del Documento Nacional de Identidad -DNI, o el pasaporte del estudiante además del control de vacunas, son fundamentales para la matrícula de los niños en todas las instituciones educativas públicas del país. La carencia de alguno de estos documentos se debe regularizar a más tardar al finalizar el primer semestre del año escolar.

Así lo señala la Directiva Nro. 014-2012-MINEDU/VMGP que establece los lineamientos nacionales, normas y orientaciones para la planificación, desarrollo y supervisión de las actividades educativas a desarrollarse durante el año escolar 2013.

Agrega que la dirección de la institución educativa debe orientar al padre de familia o apoderado para la obtención de los citados documentos ante el RENIEC y el Centro de Salud de la localidad, en coordinación con la Defensoría Escolar del Niño y del Adolescente, donde hubiera.

Hasta no contar con los documentos pertinentes se procederá como inscripción  transitoria, añade la citada directiva, aprobada por la Resolución Ministerial Nro. 0431-2012-ED del 5 de Noviembre del 2012.

La norma también indica que la matrícula, ratificación de matrícula y los traslados se efectúan de conformidad con los «Lineamientos para el proceso de Matrícula Escolar en las IE públicas de Educación Básica» aprobado por la Resolución Ministerial Nro. 0516-2007-ED.

Los lineamientos antes mencionados determinan que el proceso de matrícula escolar, en todos los colegios públicos del país, es única, gratuita y sin ningún tipo de condicionamiento como al pago previo de la cuota de APAFA, evaluación de ingreso para el nivel Inicial o el primer grado de Primaria, compra de útiles escolares, materiales o uniforme escolar.

Agrega que la matrícula se realiza cuando el menor ingresa a la educación Inicial o Primaria, así como también cuando se traslada a un escolar de una institución de educación privada a una pública.

También determina que los directores o integrantes de la APAFA no pueden obligar a realizar aportes económicos para el mantenimiento del colegio o por otros conceptos, compras de materiales educativos ,ni exigir la compra de uniformes o textos escolares. (MED/DL)

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