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RECTIFICACIONES

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RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos  la señora “PETRONILA LASTENIA RIOS VDA. DE FLORES”, con Expediente Nº 034308-2011, solicita la Rectificación Administrativa  de su Acta de Matrimonio, registrado en el Libro Nº 23, Folio N° 8958, año 1962, quien refiere que por error se omitió en el cuerpo y margen del acta el segundo pre nombre de la cónyuge como “LASTENIA”, debiendo ser lo correcto sus pre nombres de la cónyuge “PETRONILA LASTENIA”, presentando como medio probatorio el acta de nacimiento de la progenitora, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 Art. 07 al 75 D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determine algún error en el acta.
Iquitos, 02 de Noviembre del 2011
Elizabeth Grández Pérez
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REEGISTRADOR
Ante la División de Registros de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos;  la señora: “MARTHA REYNA RENGIFO”, Expediente Nº 033579-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador de su Acta de Matrimonio, registrado en el Libro Nº 58, Folio N° 9, año 1976, que por error del Registrador se consignó en el cuerpo y margen del acta el pre nombre de la cónyuge como “MARTA” debiendo ser lo correcto “MARTHA”, presentando la partida de Nacimiento de la cónyuge, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 Art. 07 al 75 D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determine algún error en el acta.
Iquitos, 02 de Noviembre del 2011
Elizabeth Grández Pérez
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos el señor “HUGO HECTOR TIZA CASAS”, con Expediente Nº 028187-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador del Acta de Nacimiento de su menor hijo “MAXIMILIANO TIZA BARRERA”, registrado en el Libro Nº 1356, Folio Nº 68128090, año 2010, que por error del Registrador se consignó el apellido materno de su progenitora del titular como “DA  COSTA” debiendo ser lo correcto “DACOSTA”, presentando la partida de Nacimiento de la progenitora, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 20 de Octubre del 2011
ELIZABETH GRÁNDEZ PÉREZ
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
(S/.10.00)

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