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RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos; la señora “TANIA AMANDA ATEN WIÑAPI”, con Expediente Nº 013576-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR del Acta de Nacimiento de su hermana menor “KAREN CELESTE ATEN WIÑAPI”, registrado en el Libro Nº 920, Folio Nº 7891, año 1998, quien refiere que por error del declarante se consignó el apellido materno de la titular y paterno de su progenitora “HUIÑAPI” debiendo ser lo correcto “WIÑAPI”, tal como consta en el Acta de Nacimiento de la progenitora doña “DORA WIÑAPI PIZANGO”, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 20 de Julio del 2011
Abog.- Juana Tenorio rojas
Jefe de Registro de Estado Civil
V-1(13)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos la señora “YOLANDA ISOLINA LOMAS PEREZ”, con Expediente Nº 030854-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador del Acta de Nacimiento de su menor hijo “FERNANDO SEBASTIAN AYALA LOMAS”, registrado en el Libro Nº 847, Folio Nº 979 año 1996, que por error se omitió en el cuerpo del acta el segundo pre nombre de la progenitora del titular como “ISOLINA” debiendo ser lo correcto los pre nombres “YOLANDA ISOLINA”, presentando el Acta de Nacimiento de la progenitora, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 30 de Setiembre del 2011
ELIZABETH GRÁNDEZ PÉREZ
Jefe de División de Registro Civil
V-1(13)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos la señora “LEIDY SATALAY URQUIA” con Expediente Nº 030388-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador del Acta de Nacimiento de su menor hijo “KEWIN JANDIR ARISTA SATALAY”, registrado en el Libro Nº 1037, Folio Nº 62017330, año 2011, que  por error se consignó en el cuerpo del acta el pre nombre de la progenitora del titular como  “LEYDI”, debiendo ser lo correcto “LEIDY”, presentando el acta de nacimiento de la progenitora, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 30 de Setiembre del 2011
Elizabeth Grández Pérez
Jefe de División de Registro Civil
V-1(13)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Arica N° 646 – Iquitos; la señora “DIANA CAROLINA CHAVEZ FLORES”,  con Expediente Nº 030003-2011, solicita la Rectificación Administrativa No Atribuible al Registrador de su Acta de Nacimiento, registrado en el caserío Cahuide, Folio Nº 11, año 1992, que por error del declarante se omitió el “SELLO Y FIRMA DEL REGISTRADOR CIVIL DE LA EPOCA” y el sello de Ley de Amparo Nº 25025 de Inscripciones Extemporáneas, asimismo la enmendadura de sobre pintado en el margen del acta en el día de nacimiento “19”, como también en el Nº de partida debe decir en letras “ONCE” y el apellido materno de su progenitor debe decir correctamente “CHARPENTIER” debiendo ser lo correcto el nombre del progenitor “Hector Arbey Chávez Charpentier” también sobre pintado en el lugar de procedencia de su progenitor “IQUITOS” y en los datos de su progenitora “Marina Flores Pacaya” en su edad “43” años y ocupación su “casa” y presentando el acta de nacimiento del progenitor, que ofrece como medio probatorio, procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 07 de Octubre del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(13)
(S/.10.00)

 

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