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RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay Nº 461 – Iquitos, el (la) Señor (a): RAUL PANDURO AREVALO, expediente Nº 005191 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa de su acta de NACIMIENTO, registrado (a) en el Libro Nº 181, Folio Nº 97231, año 1957, quien manifiesta que por error OMITIERON consignar en el cuerpo de la partida su 2do. Pre nombre de su progenitora como “de JESUS”, debiendo ser lo correcto “NARA DE JESUS”, teniendo como documento probatorio la partida de nacimiento de su progenitora, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de Acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 04 de Marzo de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
B/23930 (S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay Nº 461 – Iquitos, el (la) Señor (a): CESAR ALEX PANDURO AREVALO, expediente Nº 005325 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa de su acta de NACIMIENTO, registrado (a) en el Libro Nº 251, Folio Nº 128598, año 1966, quien manifiesta que por error OMITIERON consignar en el cuerpo de la partida su 2do. Pre nombre de su progenitora como “de JESUS”, debiendo ser lo correcto “NARA DE JESUS”, teniendo como documento probatorio la partida de nacimiento de su progenitora, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de Acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 04 de Marzo de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
B/23930 (S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay Nº 461 – Iquitos, el (la) Señor (a): YOLANDA PANDURO AREVALO, expediente Nº 005190 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa de su acta de NACIMIENTO, registrado (a) en el Libro Nº 163, Folio Nº 88461, año 1954, quien manifiesta que por error OMITIERON consignaron en el cuerpo de la partida su 2do. Pre nombre de su progenitora como “de JESUS”, debiendo ser lo correcto “NARA DE JESUS”, teniendo como documento probatorio la partida de nacimiento de su progenitora, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de Acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 04 de Marzo de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
B/23930 (S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay Nº 461 – Iquitos, el (a) Señor (a): JOSE MANUEL PERDIZ, Expediente Nº 005225 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa del acta de DEFUNCION de FRANCISCO PERDIZ AMOEDO, registrado (a) en el Libro Nº 068, Folio Nº 35475, año 1958 quien manifiesta que por error consignaron el pre nombre de su progenitor del occiso como “LORENZO”, debiendo ser lo correcto “PEDRO”, teniendo como documento probatorio la partida de Bautismo del occiso, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de Acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 04 de marzo de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
(S/. 10.00)B/23924

 

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay Nº 461 – Iquitos, el (la) Señor (a): ELZA CHASNAMOTE TANCHIVA, Expediente Nº 003178 – 2011 solicita la Rectificación Administrativa de su acta de MATRIMONIO, registrado (a) en el Libro del Caserío MANACAMIRI, Folio Nº 008, año 1992, quien manifiesta que por error consignaron su pre nombre como “ELSA”, debiendo se lo correcto “ELZA”, teniendo como documento probatorio su partida de nacimiento de la cónyuge, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de Acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, ART. 07 al 75 – D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 22 de Febrero de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(09)
B/23929 (S/.10.00)

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