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Iquitos

Proceso judicial contra Elisbán Ochoa Sosa sigue en curso

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– Es acusado de peculado agravado en contra del Estado – FONCODES

– Fiscalía pide cuatro años de pena privativa de la libertad

Según el expediente No. 2006-00576  indica que hay mérito  a juicio oral en contra de Elisbán Ochoa Sosa,  Hernán Panduro Tapullima y Luis Andrés Bendezú Garayar, como autores del delito contra la administración pública en la modalidad de Peculado Agravado en contra del Estado peruano.

Elisbán Ochoa
Elisbán Ochoa

Los fundamentos en que se basa la denuncia que data desde al año 2006, es que FONCODES, mediante convenio del 26 de octubre de 1993, financió el Núcleo Ejecutor «Construcción Posta Médica Manití II Zona» por la suma de S/. 30, 490 soles, estando conformado el núcleo ejecutor por Elisbán Ochoa Sosa, como presidente,  Hernán Panduro Tapullima como tesorero y la dirección y ejecución de la obra a cargo del ingeniero Luis Bendezú Garayar . Luego de las acciones de prescripción penal de los recurrentes, la Fiscalía Superior opina que se declara infundada, para proseguir los trámites conforme al estado en que se encuentran.

Según el Código penal, artículo 387, dice: El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma para sí o para otra, a caudales o efectos cuya percepción administración o custodia les están confiadas por razón de su cargo, será reprimida con pena privativa de la libertad no mayor de dos ni mayor de ocho años, constituyendo circunstancia agravante si los caudales o efectos estuvieron destinados  a fines asistenciales o a programas de apoyo social. En este caso la pena privativa de la libertad será no menor de cuatro ni mayor de diez.

Según la acusación, la pena y la reparación civil, el Ministerio  Público de acuerdo a las atribuciones conferidas formula acusación contra Elisbán Ochoa Sosa, Hernán Panduro Tapullima y Luis Bendezú Garayar, como autores del delito contra la administración pública en la modalidad de  Peculado Agravado, proponiendo se les imponga a cada uno de ellos cuatro años de Pena Privativa de la Libertad, más el pago solidario de siete mil soles que deberán los acusados abonar en forma solidaria a favor del agraviado. (WGN)

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