No haber mérito para promover investigación preliminar contra alcalde de Requena

– Fiscalía de la Nación disponePlaza de requena
El Ministerio Público a través del fiscal de la Nación, Dr. Pablo Sánchez Velarde, mediante Disposición Fiscal Nº 01-2014-NP-FN-EI, DISPONE: No haber mérito para promover investigación preliminar contra Marden Arturo Paredes Sandoval, en su condición de alcalde de la Municipalidad Provincial de Requena, y Anthony Nunta Sandoval, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública – Enriquecimiento Ilícito, en agravio del Estado; en consecuencia, archiva definitivamente los actuados en ese extremo.
La investigación tiene su origen en la denuncia interpuesta por Ricardo Ramírez Curto, contra el alcalde de la MPR y su primo hermano, Anthony Nunta Sandoval, por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos en agravio del Estado. El denunciante atribuye a Marden Arturo Paredes Sandoval que en su condición de alcalde (periodo 2012-2014) habría incrementado su patrimonio en forma desmesurada y desproporcional a sus ingresos percibidos como autoridad edil. Dichos bienes consistirían en cuatro inmuebles ubicados en: Calle San Antonio Mz. 39, Lote 10; Prolg. calle Requenillo Mz. 47, Lote 1 M; calle Requenillo Mz. 55, Lote 14, y parcela Nº 05 (predio rústico) en Requena. Además, seis vehículos menores, así como los implementos de un grupo musical.
Por su parte, el denunciado Anthony Nunta habría realizado actos de complicidad en el delito de enriquecimiento ilícito, a favor de Marden Paredes Sandoval, por cuanto el primero de ellos, tendría un incremento sustancial en sus bienes, los cuales habrían sido adquiridos originariamente con dinero obtenido de manera ilícita por el citado funcionario público, y luego transferidos a su nombre; figurando por ello tres inmuebles a título de propietario, ubicados en la calle 23 de Setiembre Mz. E, Lote 26, AH Fernando Lores Tenazoa (Iquitos); calle Pasaje y Parque Común, Mz. 2, Lote 6, Punchana-Iquitos; calle San Antonio con Constitución (Requena); asimismo, un bien ubicado en la calle Napo Nº 1151 (adquirido por sus padres).
El Ministerio Público en su análisis y evaluación que hace de la situación patrimonial de los investigados, a fin de conocer la procedencia de los bienes muebles e inmuebles descritos en la denuncia, cotejan con la información recabada de la SUNARP. De la revisión de dichos recaudos, se aprecia que los cuatro bienes inmuebles fueron adquiridos por Marden Paredes Sandoval, dentro su periodo de funciones como alcalde entre los años 2011 y 2012. No obstante, el valor económico de los mismos, no supera el monto de los ingresos declarados por el denunciado ante la Contraloría General de la República. Respecto a los seis vehículos menores, se advierte que dos de ellos fueron adquiridos antes que el aludido asuma el ejercicio de sus funciones como alcalde. Y los cuatro vehículos restantes, fueron adquiridos en el año 2011 cuyo valor económico conjunto no supera los ingresos declarados; más aún, si de conformidad con la información registral recabada, fueron adquiridos a crédito. Respecto al grupo musical, el denunciante no señaló mayor información respecto a la propiedad que se le atribuye, menos aún, presentó los documentos que sustentan estos hechos, a fin de conocer de manera primigenia su presunto valor económico, por lo que esta imputación resulta ser genérica e imprecisa.
En relación al denunciado Anthony Nunta Sandoval, se señala previamente, que el precitado no reúne las cualidades personales (funcionario o servidor público), que se requiere para la configuración del tipo penal denunciado. En todo caso, para ser considerado cómplice, se debe contar con indicios relevantes que determinen que participó durante los actos de preparación o durante los actos de ejecución de dicho ilícito. En el caso de los actos posteriores a la ejecución, su complicidad podría haber ocurrido si existió un pacto o acuerdo previo con el funcionario edil Marden Paredes Sandoval, con el que se comprometió a ayudarlo para su enriquecimiento ilícito; situación que no se aprecia en el presente caso, dado que de acuerdo al contenido de la denuncia, se atribuyó a Anthony Nunta Sandoval, ser propietario de los inmuebles antes citados.
Respecto al primero de ellos, dicho inmueble fue adquirido por el denunciado Anthony Nunta en el mes de diciembre del 2006, fecha en la que Marden Paredes no ostentó el cargo de alcalde; más aún, este último no le vendió dicho predio. En lo que concierne al segundo inmueble, no figura como un bien inscrito en Registros Públicos, por lo que no se le puede atribuir titularidad al denunciado Anthony Nunta Sandoval sobre este bien; y en lo que concierne a los dos últimos, estos fueron vendidos al antes aludido, por una persona distinta al denunciado Marden Paredes, por ello, permite inferir válidamente, que no existió participación alguna por parte del denunciado en el delito materia de investigación.
No obstante ello, la Fiscalía de la Nación, considera que respecto al extremo de la denuncia formulada contra Marden Arturo Paredes Sandoval y Anthony Nunta Sandoval, por la presunta comisión del delito de lavado de activos, remite los actuados a la Fiscalía Provincial Penal, para las investigaciones correspondientes. Es así que, estando a las consideraciones expuestas, al no existir indicios mínimos que hagan presumir que los investigados hayan mostrado un desequilibrio entre sus ingresos legítimos y egresos que impliquen un notorio incremento patrimonial no justificado, se desestima la imputación en su contra. En consecuencia, la Fiscalía de la Nación dispone no haber mérito para promover investigación preliminar contra los denunciados, archivándose definitivamente los actuados en ese extremo.
(René Manuyama –Requena).