– A través del Decreto Supremo 003 – 2014 
Después de tantas muertes ocasionadas por Choferes obligados por los propietarios y las empresas a cumplir con la feria y el pago de la ficha; el presidente de la República y el ministro de Transportes firmaron y publicaron el Decreto Supremo N° 003 – 2014 – MTC. Dicho decreto endurece las normas para frenar la racha de accidentes de tránsito a nivel nacional. Con ese Decreto Supremo N° 003 – 2014 – MTC- hoy la policía tiene la facultad de decomisar la licencia de conducir y meter en el acto el vehículo al depósito municipal donde permanecerá internado hasta que termine el proceso, es decir no menos de 4 años. El objetivo es reducir los accidentes de tránsito y sancionar drásticamente no solo al chofer, sino también a las empresas (propietarios).
El Decreto Supremo N° 003 – 2014 – MTC, es claro y contundente para exterminar tanta informalidad y explotación a que son sometidos los choferes a nivel nacional, trabajando más de lo permitido y en las condiciones que el propietario y la empresa se vean beneficiados. Si las empresas y los propietarios quieren que un chofer que tiene muchas papeletas ocasionando accidentes con muerte, que su licencia de conducir esté suspendida o vencida, o simplemente no tiene licencia y le va a producir (traer la feria completa y pagar su ficha) le darán el vehículo pase lo que pase.
Mejor dicho, con este Decreto Supremo, hoy las empresas y propietarios tendrán que pensarlo mil veces en darle el vehículo a esa clase de choferes porque el incumplimiento de esto será sancionado con 60 o 90 días de suspensión del permiso de circulación o concesión de ruta (primera y segunda vez) a la tercera vez la concesión de ruta será cancelada definitivamente, como debe de ser. Porque se ha introducido una figura nueva en el Código de Tránsito y se trata de la medida preventiva o cautelar en los procesos sancionadores. Ahora ya no solo afectará al chofer, sino también al vehículo y al propietario que siempre suele desentenderse del problema.
La Norma dice: 1.- Retención inmediata del brevete y envió del vehículo al depósito. 2.- El plazo de investigación de las alcaldías será de 30 días (era indeterminado). 3.- La vigencia del proceso sancionador pasa de un año a cuatro. 4.- Se eliminan los beneficios por pago anticipado al transporte público. 5.- Cancelarán permiso de circulación o concesión de ruta a empresas que contraten a choferes con papeletas o 100 puntos en su récord de conductor. 6.- Alcaldía que emitió la autorización será la encargada de sancionar al infractor.
El Sindicato Único de Choferes Profesionales Transportistas de Loreto, a través de este medio de comunicación pide a todas las autoridades competentes al transporte, la policía nacional y a la alcaldesa de Maynas que hagan cumplir este Decreto Supremo N° 003 – 2014 – MTC porque no pueden seguir de espectadores ante tanta informalidad en el Servicio Público de Pasajeros en complicidad con malas autoridades y funcionarios públicos.
No se puede seguir permitiendo tantas muertes, ni tanta impunidad en las pistas y carreteras por culpa de los propietarios y empresarios que lo único que les interesa es su feria, aunque, el chofer, a quien dan su vehículo, tenga los antecedentes que tenga, eso no se puede permitir. Para no sacarle la vuelta a la norma, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones supervisará que se cumpla esta responsabilidad y publique la relación de municipios y funcionarios edilicios que no lo hagan para que sean sancionados públicamente.
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en vez que disminuyan deberian de modernizar esas unidades y hacer un sistema de transporte mas moderno y seguro y poner fuera esos colectivos viejos