Por: Gonzalo Marsá Fuentes
Consultor en Gestión Intercultural.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) trasladó a comienzos de 2024 al Estado peruano la denuncia internacional de la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú (FENAP) por violación de derechos indígenas. Y para que presente sus observaciones le otorgó un plazo de tres meses. Por ese motivo, la Procuraduría General del Estado, a su vez, remitió oficio a GOREL en marzo de este año para solicitar descargo respectivo de informaciones que den cuentas de sus intervenciones en el caso, así como un plan de acción de acuerdo a su ámbito de competencias.
Debemos hacer notar que las comunidades nativas achuares pertenecientes a FENAP se encuentran entre los distritos de Pastaza y Morona, en Datem del Marañón. Departamento de Loreto. Recordar que el caso llegó a la instancia supranacional el año 2022 luego de diez años de litigio judicial contra once entidades del Estado peruano, por tres demandas: reconocimiento y registro de su personalidad jurídica como pueblo o nación, titulación de la propiedad del territorio integral que ocupa ancestralmente, y la nulidad de los lotes petroleros establecidos en su territorio sin consulta previa.
El caso FENAP (Federación de Pueblos Indígenas del Río Pastaza) gira alrededor de la lucha de los pueblos indígenas de la Amazonía peruana por el reconocimiento de su derecho a la autodeterminación, la soberanía alimentaria y la gestión de sus territorios ancestrales.
Principales Fricciones:
- Conflicto de Visiones: La CIDH destaca cómo el Estado peruano mantiene una visión centralista que no reconoce la diversidad cultural y territorial de los pueblos indígenas. La FENAP, por su parte, defiende una visión plurinacional donde el Estado reconozca la autonomía de los pueblos indígenas en la gestión de sus territorios, recursos y sistemas jurídicos propios.
- Desconocimiento del Derecho Indígena: La CIDH critica la falta de reconocimiento por parte del Estado peruano del derecho indígena como sistema jurídico válido. Se argumenta que el estado ha ignorado las normas tradicionales y las decisiones de los pueblos indígenas en sus territorios, lo que ha generado conflictos y desigualdades.
- Desafío al Modelo Nacional: La demanda de reconocimiento de la nacionalidad Achuar representa un desafío al modelo de estado nacional peruano que se basa en la homogeneización cultural y la centralización del poder. Es una pugna por construir un estado plurinacional que reconozca la diversidad y que otorgue autonomía real a los pueblos indígenas.
- LA FENAP acusa al Estado Peruano de priorizar el desarrollo económico sobre los derechos de los pueblos indígenas y de no respetar su visión integral del territorio.
Principales demandas - Autodeterminación: La demanda por el reconocimiento de la nacionalidad Achuar está intrínsecamente ligada a la reivindicación de la autodeterminación. El reconocimiento oficial de la nacionalidad les permitiría a los Achuar gobernar sus propios territorios y administrar sus recursos de manera autónoma, en conformidad con su propio sistema jurídico y cultura.
- Reconocimiento de la Nacionalidad: El estado peruano, aún no ha reconocido la existencia de las nacionalidades indígenas como la Achuar. La FENAP lucha para que el Estado reconozca la existencia de la nacionalidad Achuar y que esta sea incluida en la constitución y en las leyes del país.
- El Territorio Integral vs. La Titulación Comunitaria: La CIDH también destaca la visión del territorio como un espacio integral que no se limita a las tierras de las comunidades nativas, sino que incluye los ríos, las cuencas y los ecosistemas relacionados. Los pueblos indígenas buscan el reconocimiento de esta visión integral para poder administrar sus territorios de forma autónoma y sostenible.
- El Derecho a la Consulta Previa: La CIDH argumenta que el estado peruano no ha implementado la Consulta Previa de forma efectiva, incumpliendo el Convenio 169 de la OIT y la Ley de Consulta Previa (Ley 29885). Esta falta de consulta significa que el estado no ha tomado en cuenta la voluntad de los pueblos indígenas en la toma de decisiones que afectan sus territorios y sus formas de vida, lo que ha generado conflictos sociales y ambientales.
- El Derecho a la Soberanía Alimentaria: La CIDH enfatiza la importancia del derecho a la soberanía alimentaria para los pueblos indígenas de la Amazonía. Esto implica la capacidad de controlar sus sistemas de producción de alimentos, la conservación de la biodiversidad y el reconocimiento de sus saberes tradicionales en la gestión de los recursos naturales.
El caso FENAP nos muestra cómo la lucha de los pueblos indígenas por la autodeterminación y el control de sus territorios genera conflictos con el Estado peruano, que se basa en una visión centralista y homogénea de la nación. La aplicación del derecho internacional y el reconocimiento de la diversidad cultural y territorial son fundamentales para superar estas fricciones y construir un estado peruano más inclusivo y justo. Esta fricción se viene dando de forma silenciosa en territorio Loretano, donde otras federaciones ya reivindican el reconocimiento de la nación Wampís, Shapra, Kichwa, Awajuyn, entre otras. El fracaso del modelo de descentralización, así como de la propuesta de desarrollo territorial da paso a una nueva etapa en Loreto caracterizada por una pugna entre fuerzas centrifugas, representadas por las organizaciones nativas, frente a las pulsiones re-centralizadoras. El resultado de ese pulso que se viene dando en nuestro departamento definirá el modelo futuro de representación política y administrativa a nivel territorial en Loreto.





