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“La ley permite transferir el derecho de propiedad”

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  • Dr. Marcos Iglesias, se defiende de sanción del tribunal de ética del Colegio de Abogados de Loreto.
  • “El pronunciamiento que hace la actual directiva con su nuevo tribunal, es ilegal”, según señala.


El 2018 el Dr. Marcos Iglesias fue sancionado por el Colegio de Abogados de Loreto por falta de ética tras una denuncia que argumentaba que no es ético que un abogado asesore cuando por remate ya iba a perder sus propiedades, una persona. Apeló la sanción y no fue resuelto, y este 2022 fue vuelto a ser sancionado por el actual tribunal, y ha presentado un recurso de nulidad.
Es como se resume este caso que viene denunciando Iglesias “El caso es del 2018 y estamos 2022, por lo que el pronunciamiento que hace la actual directiva con su nuevo tribunal, es ilegal, sin arreglo a ley, no conocen la ley. Me han vuelto a sancionar por un año”.
Agregó que ante lo que considera un atropello ha procedido de la siguiente manera: “Y estamos presentando un recurso de nulidad que permite la ley general administrativa que establece que la sanción tiene vicios de irregularidad, que en este caso lo emiten con plazos vencidos. Y estamos denunciando a estos malos abogados ante la decana del Colegio de Abogados de Loreto”.
Este caso se remonta al 2018. “Lo que yo he hecho es asesorar correctamente al ciudadano para que no sean sometidos sus edificios al remate. El derecho de propiedad está ordenado en la Constitución Política del Estado en el artículo 70 dice que la propiedad es inviolable, por lo tanto, del derecho de propiedad es más que una hipoteca”.
Explica que la asesoría consistió en recomendar a un cliente que traslade sus derechos de propiedad ante sus hijos o sus parientes, de tal manera que hasta la fecha no lo han rematado, se han salvado del remate.
“Para un abogado denunciador ha dicho que eso es una falta de ética, cuando si sería una falta de ética, Registros Públicos no hubiera registrado las transferencias de la propiedad que se realizó, entonces estaba correctamente asesorado y materializado por la vía notarial”, precisa Iglesias.
“Dicen que la falta de ética está por haber firmado un escrito, el abogado tiene derecho a defender, por más delincuente que sea el defendido, para ellos es más delincuente el que ha prestado dinero y no devuelve”, señaló.
Considera que ese no es el tema, sino, la defensa jurídica de las leyes peruanas, “que permiten que el derecho de propiedad se puede transferir cuando también este hipotecado una propiedad, se puede transferir, para salvar tu derecho de propiedad”.
Sigue el recuento y manifiesta que fue el 2018 cuando fue sancionado por dar ese asesoramiento e interpuso recurso de apelación porque no estaba conforme “Yo no he cometido ningún tipo de falta de ética porque la ley permite transferir el derecho de propiedad. La sanción quedó suspendida”.
Añade que el tema del procedimiento sancionar administrativo tiene plazos y si no se pronuncian dentro de los plazos establecidos por la Ley de Procedimientos Administrativos Generales Ley 27444, para ejercer la sanción, el mismo ya caducó.
(DL)

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