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La comparecencia restringida solo atribuye a funciones de los jueces

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– Jueza del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria

jueza ericka ibérico
jueza ericka ibérico

 

Con relación al tema de los ciudadanos norteamericanos fueron encontrados en un céntrico hotel de nuestra ciudad y uno de ellos en compañía de dos menores de edad, y que la fiscalía los dejó en libertad, ha creado una serie de controversias con relación a sus liberaciones que la fiscalía debe aclarar en su oportunidad.

Extraoficialmente se conoce que una de las razones para que fueran liberados, sería porque en la intervención participaron miembros de la FBI, quienes los estarían haciendo un seguimiento debido a que los extranjeros pertenecerían a una organización internacional dedicada al tráfico de personas, por lo que los norteamericanos habría llegado a Iquitos en anteriores oportunidades.

Sobre este tema en que a los extranjeros los habrían dejado en libertad con comparecencia restringida, la jueza del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, abogada Éricka Iberico, manifestó, para empezar, el procedimiento que se ha venido siguiendo lo hizo la Cuarta Fiscalía Penal Corporativa de Maynas por un caso de Trata de Personas y de los norteamericanos que llegaron hasta nuestra ciudad y se ha solicitado a este juzgado una orden de allanamiento y descerraje de dos habitaciones del Hotel Dorado Plaza la 402 y la 408. Este Juzgado hasta la fecha desconoce los motivos de la liberación de los norteamericanos porque hasta la fecha la Cuarta Fiscalía no ha informado a esta judicatura el resultado que ha obtenido a través de la diligencia que ha realizado.

Por otro lado, por los medios de comunicación se informó que a los norteamericanos se les ha dado comparecencia restringida; sin embargo, la dación de comparecencia restrictiva es solo el juez el que tiene la facultad de imponer cuál va a ser la situación jurídica de la persona a la que se pone a disposición, resaltando que a estas personas se les ha hecho la investigación y no se les ha puesto en ningún momento a este despacho judicial, no sabemos cuál es el motivo de su libertad, recalcando que la comparecencia restrictiva o mandato de detención es facultad del juez que se da solo en audiencias que lo tiene que requerir antes el representante del Ministerio Público, sostuvo la jueza del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas.

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