Juzgado transitorio de extinción de dominio resolvió declarar la extinción de otro bien inmueble

  • Ubicado en Calle Abtao N° 540 Iquitos.

Así se pudo conocer a través del expediente: 00019-2022-0-1903-JR-ED-01, que lleva la firma del juez Edgar Guillén Vallejo. Bien inmueble que pertenecía a Úrsula María Rodríguez Sanjurjo.
El juez dispuso la transferencia de la titularidad del citado inmueble a favor del Estado Peruano, representado por PRONABI (Programa Nacional de Bienes
Incautados). Una sentencia que a la fecha tiene la calidad de firme, puesto que fue confirmada en segunda y última instancia por sentencia superior.
Se inició la ejecución forzada en atención de que los ejecutados no cumplen con la entrega pacífica del bien a pesar de estar válidamente notificados.
Una sentencia firme que declara la extinción de dominio tiene como efecto que los bienes objeto de la misma pasen a la titularidad del Estado, representado por el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI).
“La inscripción de transferencia debe realizarse por el solo mérito del mandato judicial, conforme a lo establecido en el Artículo 34.2 del Decreto Legislativo N° 1373, El Registrador Público inscribe los bienes en el registro público correspondiente, a favor del Estado, representado por el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI), bajo responsabilidad”.
Para ello, solo se requiere el oficio remitido por el órgano jurisdiccional competente o por el Programa Nacional de Bienes Incautados (PRONABI) adjuntando copia certificada de la resolución que declara la extinción de dominio de los bienes, por lo que debe exonerarse del pago señalado en la esquela de observación.
19 DE JULIO 2024 PRONABI EN IQUITOS PARA QUE SE CUMPLA SENTENCIA DE EXTINCIÓN
El mencionado juzgado ha programado la sentencia para el día DIECINUEVE DE JULIO DEL DOS MIL VEINTICUATRO (19/07/24) a las 10:00 horas del día, por lo que todo está notificado. Sobre todo, el representante del PRONABI a efectos de que concurra a dicha diligencia, bajo apercibimiento de informar su inconcurrencia a su superior.
También está notificada la Policía Nacional del Perú a efectos de brindar garantías del cumplimiento de la presente orden judicial y en caso que los ocupantes del inmueble desobedecen el mandato judicial, autorizan el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú de conformidad con los estándares internacionales en materia de derechos humanos y las normas constitucionales y legales relativas al ejercicio de la función policial, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo 1186.
Ordenan la inscripción del bien ubicado en la calle Abtao N° 540-Iquitos- Maynas, inscrito en la Partida Registral 11023931, a nombre del PROGRAMA NACIONAL DE BIENES INCAUTADOS (PRONABI).