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JUZGADO PENAL

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EDICTO
Estando a la razón, téngase presente; que no habiendo sido devuelto los cargos de notificación de las resoluciones para la lectura de sentencia N° 09, 10 y 11; para no afectar el derecho al debido proceso REPROGRAMESE LA AUDIENCIA DE LECTURA SENTENCIA CONSIGNADO EN EL EXP N° 07-2016-FP para el DÍA JUEVES 31 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 12:00 DEL MAÑANA, hora exacta en que deberán concurrir a la sala de audiencias del Juzgado, sito en calle Progreso N°207 – Tercer Piso – Caballo cocha, debiéndose notificar al acusado en su domicilio real y procesal. Haciéndose efectivo el apercibimiento decretado en la resolución N°11 condúzcase compulsivamente al presunto infractor (hoy ciudadano de 19 años, 3 meses, 3 días) a este despacho para la lectura de sentencia; debiendo recabarse los cargos de las resoluciones mencionadas empleando todos los medios tecnológicos bajo responsabilidad del especialista de la causa, y los otros operadores como del teniente gobernador o juez de paz que notifica a presunto infractor; y si no se encuentra dejar a un familiar la notificación indicando las características del inmueble de su domicilio donde reside. NOTIFÍQUESE Y OFÍCIESE.
V-3(22,23 y 24)

EDICTO PENAL
Por el presente, el JUZGADO PENAL COLEGIADO DE MAYNAS – SEDE CENTRAL, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 03333-2015-56-1903-JR-PE-02, se dispuso Notificar a la persona de HECTOR ABRAHAN FREITAS MARQUEZ, con el contenido del Acta de Registro de Audiencia de Juicio Oral – Apertura, de fecha 18-05-2018; mediante el cual se dispone Reprogramar la Audiencia de Inicio de Juicio Oral en la presente causa, para el día VEINTICINCO DE MAYO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS TRES Y TREINTA (03:30) DE LA TARDE, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE MAYNAS, sito en AV. GRAU N° 720 – TERCER PISO – LOCAL ANEXO – PLAZA 28 DE JULIO – DISTRITO DE IQUITOS; proceso seguido en contra de HECTOR ABRAHAN FREITAS MARQUEZ, por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD; en su agravio de SJPF. NOTIFÍQUESE. FIRMADO: ABOG (a). GUILLERMO BENDEZU CIGARAN – PRESIDENTE DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO DE MAYNAS. ABOG. ERICK EDWIN SOLSOL CESPEDES ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA.
Iquitos, 21 de Mayo del 2018
V-3(22,23 y 24)

JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LORETO – NAUTA
EXPEDIENTE: 00133-2012-33-1901-JR-PE-01
JUEZ: BEATRIZ VELASQUEZ CONDORI
ESPECIALISTA: JAQUELINA REATEGUI DAVILA
RESOLUCION NUMERO TRES
Nauta, quince de mayo del año dos mil dieciocho.
AUTOS, VISTOS Y OIDOS.- DADO CUENTA lo informado por el especialista judicial conforme se tiene de autos no ha sido válidamente notificado dos de los acusados para poder instalar la presente audiencia. Se tiene el escrito con registro 651-2018, el mismo que es presentado por el testigo CARLOS DAVID ZEGARRA SEMINARIO, en relación a lo mencionado por el testigo téngase presente y agréguese en autos, por cuanto la presente de todas maneras no se va poder instalar. Asi mismo se tiene de lo informado del acusado JAIME PEREZ CACHIQUE, que no ha sido válidamente notificado con la resolución número UNO, lo cual debe ser notificado culminada la audiencia para que tenga conocimiento de los apremios que en el existen para posteriores audiencias. En relación a los acusados ALEX ROMEY ARMAS PINCHI y ARINSON PINCHI DEL AGUILA, quien ha manifestado especialista radican fuera del Departamento de Loreto, por cuanto debe tenerse en cuenta para la notificación el lugar donde se encuentran, por lo tanto dando lugar a un plazo necesario; en consecuencia sería imposible instalar la presente audiencia, por lo que no queda más que declarar frustrada la presente, debiendo reprogramarla para una próxima fecha, teniendo en consideración lo señalado por este Despacho, sin antes señalar que las notificaciones a los señores ALEX ROMEY ARMAS PINCHI y ARINSON PINCHI DEL AGUILA se haga vía edicto penal, sin perjuicio de realizarse las notificaciones establecidas en sus domicilios reales que existen en autos, téngase por justificada la inconcurrencia del abogado ERNESTO DAVILA MUNARRIZ, por cuanto lo ha señalado el abogado presente el asesoramiento por esta audiencia del acusado JUAN JOSE GARCIA FERNANDEZ, por otro lado el señor ROBERTO VASQUEZ PANDURO, ha señalado que su abogado RAUL E. DEL AGUILA VERA se encuentra fuera de la ciudad, por cuanto justifica su inasistencia, en tal sentido téngase por justificada su inasistencia, procediendo en este acto a señalar fecha y hora para la próxima audiencia la que se llevará el próximo JUEVES CINCO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DOS Y TREINTA DE LA TARDE, quedan válidamente notificados los asistentes en este acto, quedando vigente los apremios decretados mediante resolución número UNO. Notifíquese.
V-3(22,23 y 24)

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