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JUZGADO PENAL

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EDICTO PENAL
JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO – Sede Central
EXPEDIENTE: 01259-2015-35-1903-JR-PE-04
Especialista Judicial: Mario Díaz Díaz
Por el presente, el señor Juez, Abg. Carlos Huari Mendoza, Juez del Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Maynas, hace de conocimiento que en el presente expediente signado con el N° 01259-2015-35-1903-JR-PE-04, derivado del proceso penal seguido contra EWER MANUEL CELIS CORAL, por el Delito Contra La Seguridad Pública – Peligro Común, en la modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, ilícito penal previsto y sancionado en el Primer Párrafo del artículo 274º en agravio de La Sociedad, representada por el Ministerio Público; se dispuso Notificar al referido imputado, a la Audiencia de Juicio Oral, programada acuerdo a la agenda del juzgado para el día QUINCE DE MARZO DEL PRESENTE AÑO A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (hora exacta); quedando subsistente los apercibimientos decretados mediante resolución número uno, en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE MAYNAS, ubicada en la Av. Grau N° 720 –Nuevo Edificio – Tercer Piso.
V-3(02,03 y 04)

EDICTO PENAL
JUEZ: BEATRIZ VELÁSQUEZ CONDORI
EXPEDIENTE: 143-2011-PE
DELITO: VIOLACION SEXUAL DE MENOR
IMPUTADOS: JACKEL MANUYAMA GARCIA
AGRAVIADO: B.E.Y.CH
SECRETARIO JUD.: MAYRA X. REATEGUI DEL AGUILA
EL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR DE LORETO NAUTA (ADIC. JUZGADO MIXTO),  que Despacha la Señorita Juez: BEATRIZ VELASQUEZ CONDORI, asistida por la Secretaria Judicial (e) MAYRA X. REATEGUI DEL AGUILA, se ha dispuesto NOTIFICAR POR EDICTO a las partes JACKEL MANUYAMA GARCIA, como presunto autor del delito contra la Libertad Sexual- Violación Sexual de Menor de edad en agravio de B.E.Y.CH, dispuesto así en la Resolución Número ONCE, de fecha  veintidós de marzo del dos mil dieciocho, la misma que Dispone: DECLARAR CONCLUIDA LA INSTRUCCION; de conformidad al el artículo 204° del Código de Procedimientos Penales. PONGASE A DISPOSICION  de las partes por el termino de tres días hábiles con la debida nota de atención; y NOTIFIQUESE por cedula conforme a la ficha Reniec sin perjuicio de ser notificado por EDICTO por tres días consecutivos en el Diario de mayor circulación de la Región  y; FECHO ELEVESE  a la Sala Penal Liquidadora de esta Sede Corte de Loreto.
V-3(02,03 y 04)

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