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JUZGADO PENAL

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EDICTO PENAL
Por el presente, el JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL TRANSITORIO DE MAYNAS, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 002735-2017-86-1901-JR-PE-02, se dispuso Notificar al acusado JUAN CALAMPA NOA y a la menor agraviada de iniciales A.C.O.M, representada por su progenitora SAIDA MURAYARI SORIA, con el contenido de la resolución N° 02, de fecha 15/05/2026; mediante el cual se dispone Programar la Audiencia Pública de Juicio Oral en la presente causa, para el día VEINTIUNO DE DICIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (21/12/2026), A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM) HORA EXACTA, la misma que se realizará en la SALA DE AUDIENCIAS en el proceso seguido en contra juan calampa noa por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad), en agravio de la menor de iniciales A.C.O.M representada por su madre SAIDA MURAYARI SORIA. Link para la audiencia: https://meet.google.com/wve-oddr-qud
NOTIFÍQUESE Y HÁGASE SABER.
Iquitos, 07 de julio de 2026
V-3(09, 10 y 13)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 04224-2025-3-1903-JR-PE-03
ESPECIALISTA: SANTANA SAKIRAY NEREA MAYA
Acta de audiencia de fecha 09 de junio del 2026 (AUDIENCIA DE JUICIO ORAL) en el proceso N° 04224-2025-3-1903-JR-PE-03, en lo seguido contra el imputado JHORMAN STIVEN SORIA GARCIA, por ser el presunto AUTOR del delito contra la Salud Pública, en la modalidad de FORMAS ATENUADAS DE ELABORACION, COMERCIALIZACION Y POSESION, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 298° primer párrafo, numeral 1) del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO. mediante el cual se dispone REPROGRAMAR la presente audiencia de juicio oral para el día CATORCE DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS, A HORAS ONCE Y VEINTE DE LA MAÑANA, a fin de instalar el juicio oral, contra el acusado JHORMAN STIVEN SORIA GARCIA, quien en la apertura de juicio oral no ha concurrido. Se informa que la audiencia se realizará de manera presencial y/o virtual, en la Sala de Audiencia del TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL De Maynas sito en Esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Ingreso por Puerta Nº 03, al costado del cajero del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos; manteniéndose el mismo enlace de google meet establecido en todo el juicio oral: https: meet.google.com/ksv-ebns-zay. NOTIFIQUESE al acusado JHORMAN STIVEN SORIA GARCIA mediante edicto electrónico y penal en el diario La Región por el término de tres días.
Iquitos, 07 de julio de 2026
V-3(09, 10 y 11)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00307-2019-55-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
IMPUTADO: TRIGOZO JAVA, LUIS Y OTROS
DELITO: USURPACIÓN
AGRAVIADO: CHAVEZ CERDAN, CARLOS
MEZA CARBAJAL, ROBERTO FAUSTO
PINTO DE MEZA, ROSA ALVINA
ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA
En la ciudad de Nauta, siendo las ONCE Y VEINTIUNO DE LA MAÑANA, DEL DÍA QUINCE DE JUNIO DEL DOS MIL VEINTISEIS; presente en la Sala de Audiencias y mediante el aplicativo Google Meet, a cargo de la señora magistrada KARLA GIANNINA TORRES QUINTANILLA – Juez del Juzgado de Paz Letrado en adición Juez de la Investigación Preparatoria de Nauta, asistido por la especialista de audiencia Abog. Anita Valeria Acho Arévalo, con la finalidad de llevar a cabo la audiencia de CONTROL DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO, tramitado en el EXPEDIENTE N° 00307-2019-55-1901-JR-PE-01, en contra del investigado LUIS TRIGOZO JABA, CASTULO PINEDO MANUYAMA Y LQRR, como presuntos autores del delito Contra el Patrimonio – USURPACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el numeral 2) del párrafo primero del artículo 204° del Código Penal en agravio de Roberto Fausto Meza Carbajal, Rosa Alvina Pinto de Meza y Carlos Chávez Cerdán. Se deja constancia que la presente audiencia está siendo registrada mediante audio cuya grabación demostrará el modo y forma de cómo se desarrollará la presente diligencia, conforme así lo autoriza el artículo 361° numeral 2) del Código Procesal Penal y el artículo 26° del Reglamento General de Audiencias, pudiendo acceder a una copia de dicho registro, para tales efectos los sujetos procesales sírvanse acreditarse. I. IDENTIFICACIÓN DE LOS SUJETOS PROCESALES: 1. MINISTERIO PÚBLICO: DR. MAGGIE MAURTUA GUERRA – PRESENTE Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto – Nauta Domicilio Procesal: Calle Jorge Bardales N° 229 – Nauta Celular: 952332473 Casilla Electrónica: 92332 – registrado en audio. II. OCURRENCIA DE AUDIENCIA. JUEZ: Se pide razón al Especialista de Audiencia, a fin que dé cuenta sobre las notificaciones y si existe algún escrito pendiente de dar cuenta. Queda registrado en audio. ESPECIALISTA JUDICIAL DE AUDIENCIA: Señora Magistrada para dar cuenta que, en sesión de 25 de noviembre del 2025, con la asistencia del Fiscal y se ha dispuesto por la judicatura devolver el requerimiento de sobreseimiento para que en el plazo de cinco días subsane la misma y se ha reprogramado para el día de la fecha la presente audiencia. La Fiscalía ha cumplido con subsanar, sin embargo, se indica que esto no ha sido válidamente notificado al Defensor Público de los acusados. No existe escritos pendientes por atender. JUEZ: Traslado a la Fiscalía. FISCAL: Solicito que se corra traslado de manera correcta del requerimiento y solicito la reprogramación de audiencia. Registrado en audio. 04:22 – 04:49 JUEZ: Se emite la siguiente resolución. RESOLUCIÓN NÚMERO ONCE. Nauta, quince de junio del año dos mil veintiséis. VISTOS Y OIDOS: PARTE CONSIDERATIVA. Queda registrado en audio PARTE RESOLUTIVA: 1. DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO. 2. NOTIFICAR EN LA CASILLA ELECTRÓNICA AL DEFENSOR PÚBLICO LUIS ENRIQUE MAITA QUISPE CON EL ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 25 DE NOVIEMVRE DEL 2025 Y EL REQUERIMIENTO SUBSANADO DE FECHA 30 DE MARZO DEL 2026. 3. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO, PARA EL DÍA 15 DE SETIEMBRE DEL 2026, A HORAS 12:00 PM; LA CUAL SE VA REALIZAR DE FORMA PRESENCIAL Y EXCEPCIONALMENTE, VIRTUAL (meet.google.com/frp-uihf-cad); los apercibimientos se encuentran vigentes en caso de inasistencia de las partes; precisando que en esta fecha de audiencia se está programando es de acuerdo a la carga procesal que soporta este despacho. NOTIFICACIÓN: FISCAL: Conforme. III. CONCLUSIÓN Siendo las 11:31 horas, damos por concluida la presente audiencia y por cerrada la grabación de audio; procediendo a firmar Juez y el Especialista Judicial de Audiencias encargado de la redacción del acta como lo dispone el Artículo 121° del Código Procesal Penal.
V-3(09, 10 y 11)
EDICTO
EXP. N° 03028-2022-79-1903-JR-PE-04
IMPUTADO: ALEX FRAN PEÑA RIOS
DELITO: HURTO AGRAVADO
AGRAVIADO: JULIO FERRADO MONAGA
Mediante Acta de Registro de Juicio oral de fecha 30/04/2026 y a solicitud del Fiscal Responsable del presente caso; DISPONE se notifique a ALEX FRAN PEÑA RIOS por edicto penal conforme a ley un extracto del Acta de Registro de Juicio oral a fin de que tome conocimiento de la fecha y hora de la audiencia a realizarse en el presente proceso, cuyo contenido es: ACTA DE REGISTRO DE JUICIO ORAL. SE DISPONE: 1. SEÑALAR fecha de audiencia de juicio oral para el 10 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS A HORAS 10:00 A.M. debiendo el imputado asistir ALEX FRAN PEÑA RIOS concurrir a la Sala de Audiencia de este Juzgado, sito en calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Módulo Penal Central NCPP) – Iquitos o conectarse al enlace meet.google.com/dxj-btfj-fmi, al haberse dispuesto en el Expediente N° 03028-2022-79-1903-JR-PE-04, del proceso seguido contra ALEX FRAN PEÑA RIOS, como autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA en agravio de CESAR JULIO FERRADO MONAGA. Notificación que se realiza por edicto, atendiendo que el imputado no tiene una dirección con la numeración exacta de su domicilio, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 128 del Código Procesal Penal. Bajo apercibimiento ser declarado REO CONTUMAZ y ordenarse su búsqueda y captura por la fuera policial en todo el territorio nacional.
V-3(09, 10 y 13)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00145-2025-40-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: GALAN ROJAS, EDWIN PETER
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: ASIPALI URIBE, ENCARNACION
RESOLUCIÓN NÚMERO DOS
Nauta, catorce de abril Del año dos mil veintiséis.
En consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día MARTES VEINTISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09.30 AM), la misma que se llevará de forma presencia en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. Al escrito N° 732-2026 presentado por el Ministerio Publico; ESTESE a lo resuelto en el presente proceso. AVOCÁNDOSE la señora Juez al presente por disposición superior. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(09, 10 y 13)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00154-2026-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: GRANDEZ LOPEZ, FRESSIA
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, HAAG – REPRESENTANTE LEGAL: MARIA I. SAAVEDRA HUAYA DE APUELA.
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta, cuatro de junio Del año dos mil veintiséis.
En consecuencia, SE DISPONE: CITAR a AUDIENCIA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO, para el día MIERCOLES DOS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS OCHO Y QUINCE DE LA MAÑANA [08:15 a.m], la misma que se llevará a cabo de forma presencial en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617 – Nauta,, con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado, y de su abogado defensor, con la asistencia obligatoria del Representante del Ministerio Público; Bajo Apercibimiento en caso de incumplimiento injustificado, remitir copias de los principales actuados al órgano de control interno de su institución, a fin de que actúen conforme a sus atribuciones; sin perjuicio de oficiar al Fiscal Provincial Coordinador, poniendo en conocimiento su actuación y solicitar la separación del Fiscal de la Presente Investigación conforme a sus atribuciones; asimismo oficiar a la Presidencia de la Junta de Fiscales para los fines consiguientes. Al Defensor Público de remitir copias certificadas a la Dirección del Ministerio de Justicia y a los abogados particulares de ser subrogados por el abogado de Oficio asignado a esta Jurisdicción. NOTIFÍQUESE. así como vía edicto.
V-3(09, 10 y 13)

EDICTO PENAL
EXP. N° 741-2025-98
REPROGRAMESE la audiencia de juicio oral que se llevará a cabo de forma presencial el día QUINCE DE OCTUBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (15/10/2026), A LAS NUEVE HORAS CON VEINTE MINUTOS (09:20 AM), en la sala de audiencias del 3° Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, sito en esquina calle Moore con Av. Mariscal Cáceres – Tercer Piso (Módulo Penal Central NCPP) – ciudad de Iquitos. De conformidad con la Resolución Administrativa N° 000498-2023-CE-PJ, los sujetos procesales podrán participar de la audiencia de forma remota, debiendo acceder a la sala virtual a través del enlace Google Meet https://meet.google.com/kzq-andn-jxo. Iniciada la actuación probatoria o cuando el Juzgado lo disponga por suma necesidad, los sujetos procesales deberán acudir presencialmente a la sala de audiencias, bajo el apremio de aplicarse los apercibimientos decretados para ello.Al acusado JEFFERSON JESUS PACHERRES GARCIA, mediante EDICTO JUDICIAL Y EDICTO ELECTRONICO, conforme se dispuso en acto de audiencia de fecha 5 de junio del 2025, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la audiencia, ser declarado reo contumaz y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. Al acusado JUAN CARLOS HIDALGO PASQUEL, mediante EDICTO JUDICIAL Y EDICTO ELECTRONICO, conforme se dispuso en acto de audiencia de fecha 5 de junio del 2025, bajo apercibimiento de, en caso de no presentarse a la audiencia, ser declarado reo contumaz y ordenarse su búsqueda.
Iquitos, 07 de julio de 2026
V-3(09, 10 y 13)

EDICTO
Expediente N° 00071-2023-95-1904-JR-PE-01
Por disposición Superior del Juez del 2DO Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, cita, llama y emplaza a: URQUIA GUERRA WILIAN, en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del 2DO Juzgado Penal Unipersonal de Maynas o conectarse al enlace (https:// meet.google.com/ oke-wqxd-ddh ), para el día 10 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (10/11/2026), A LAS DOCE DE LA TARDE (12:00 PM), al haberse dispuesto en el Expediente N° 00071-2023-95-1904-JR-PE-01 seguido contra los acusados URQUIA GUERRA WILIAN , por la presunta comisión del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de CAHUACHI TANANTA TALITA WENDY Y LAULATE TANANTA, LEISY REYNA.
Iquitos 08 de julio del 2026
V-3(09, 10 y 13)

EDICTO
Expediente N° 03267-2021-48-1903-JR-PE-05
Por disposición Superior del Juez del 2DO Juzgado Penal Unipersonal de Maynas, cita, llama y emplaza a: PEREZ CORENO WISTON, en calidad de acusado, debiendo concurrir a la Sala de Audiencia del 2DO Juzgado Penal Unipersonal de Maynas o conectarse al enlace (https:// meet.google.com/ uaw-impn-ygr), para el día 10 DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTISEIS (10/11/2026), A LAS DOCE Y VEINTE DE LA TARDE (12:20 PM),al haberse dispuesto en el Expediente N° 03267-2021-48-1903-JR-PE-05 seguido contra los acusados PEREZ CORENO WISTON, por la presunta comisión del delito de DELITO DE MINERÍA ILEGAL, en agravio de ESTADO.
Iquitos 08 de julio del 2026
V-3(09, 10 y 13)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00165-2025-22-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: MONTOYA CORDOVA, LLAC MARSOLINO Y OTROS
DELITO: ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS.
AGRAVIADO: EMPRESA COMERCIAL Y MULTISERVICIOS GUZZ EIRL,
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, cinco de junio del año dos mil veintiséis.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra VICTOR STIWAR URRESTI NORIEGA, JIANCARLOS TUESTA DAVILA, MARIA LUZ MURAYARI ARIRAMA, LLAC MARSOLINO MONTONYA CORDOVA, TEOBALDO FLORES BANEO, como presuntos autores del delito de COACCIÓN Y ENTORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PÚBLICOS, en agravio de EMPRESA COMERCIAL Y MULTISERVICIOS GUZZ E.I.R.L y PROCURADURIA PÚBLICA ESPECIALIZADO EN DELITOS CONTRA EL ORDEN PÚBLICO. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día VEINTE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISIETE, a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA [08:30 a.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y mediante GOOGLE MEET meet.google.com/ybg-wxxc-fjs, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(09, 10 y 13)

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