EDICTO PENAL
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00560-2026-0-1903-JR-PE-01
NOTIFICA: DEL AGUILA PEZO JULEY YESSENIA y DEL AGUILA VELA MISHELL STEPHANY
Resolución Nro. 01
Iquitos, 13 de marzo del 2026. PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN DIRECTA para el día 14 DE OCTUBRE DEL 2026 A LAS 12:00 HORAS la que se llevara de forma presencial en la Sala de Audiencias del juzgado ubicado en Av. Mariscal Cáceres S/N, 2° Piso – Iquitos; y, de manera virtual al siguiente enlace de conexión: https://meet.google.com/ikh-igdt-jxe
V-3(19, 20 y 23)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00103-2017-58-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: PEÑA CORREA, MIGUEL ANGEL
DELITO: USO DE DOCUMENTOS FALSOS.
AGRAVIADO: ESTADO UGEL NAUTA
ESTADO UGEL REQUENA
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, trece de enero Del año dos mil veintiséis.
En consecuencia y por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. PONER EN CONOCIMIENTO de las partes procesales el REQUERIMIENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA por el plazo de CINCO DÍAS, a efectos de que en forma escrita y fundamentada, se pronuncien acerca de la procedencia o no del mismo y, en su caso, formulen sus pretensiones; y 2. CITESE a las partes procesales a la AUDIENCIA DE TERMINACIÓN ANTICIPADA, el día VIERNES VEINTIDOS DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, a horas: NUEVE DE LA MAÑANA (09: 00 am), la misma que se llevara a cabo de forma Presencial. De todos los sujetos procesales, para su instalación valida se requiere la participación obligatoria del representante del Ministerio Público y del abogado defensor del acusado; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. Notificándose.
V-3(19, 20 y 23)
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00058-2026-13-1901-JR-PE-01
JUEZ: TORRES QUINTANILLA KARLA GIANNINA
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: BENAVIDES MONTANO, KEVIN ARNOLD
DELITO: PROPOSICIONES A NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CON FINES SEXUALES
AGRAVIADO}: MENOR DE INICIALES, CVTR
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta, diez de marzo del dos mil veintiseis.
AUTOS Y VISTOS: en la fecha con el requerimiento de Prueba Anticipada, presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto- Nauta, estando a ello; y CONSIDERANDO: Por estas consideraciones se DISPONE: 1) ADMITIR A TRÁMITE el Requerimiento de Prueba Anticipada, solicitad por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Loreto Nauta, consistente en la declaración de la menor de iniciales T.R.C.V. (16) cámara Gesell y CÓRRASE TRASLADO dicho requerimiento en el día a todos los sujetos procesales, para que presenten sus consideraciones respecto a la prueba anticipada solicitada, los mismos que se darán cuenta en la audiencia. 2) SE CONVOCA A LA DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA según agenda judicial y por tratarse de un caso de FLAGRANCIA, para el día LUNES TREINTA DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS a horas TRES Y TREINTA DE LA TARDE (a horas 3:30 pm) la misma que se llevara a cabo de forma virtual, mediante la utilización del aplicativo Google Meet en el enlace de conexión meet.google.com/ reo-fvpn-rte. Asimismo, para su instalación valida se requiere la participación obligatoria del representante del Ministerio Público, y del abogado defensor público de poner en conocimiento a la Dirección Distrital de la Defensa Publica y a la representante del Ministerio Público tenerse por no presentado su requerimiento fiscal y archivarse en mismo en el modo y forma que establece la ley. 3) PRECISESE que el representante del Ministerio Público requirente en la prueba anticipada debe de COADYUVAR en la notificación de los menores y de su representante legal, a fin de que concurran a su declaración en cámara Gesell, asimismo coordinar con el psicólogo de si institución, del Fiscal de Familia y del personal que opera los equipos de la cámara Gesell, para la realización de la audiencia en la fecha y hora programada, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas a su órgano de control así como en caso de inconcurrencia del declarante de proceder a archivar definitivamente en incidente. Notifíquese.
V-3(19, 20 y 23)
EDICTO
DESTINATARIOS:
GERMAN SANCHEZ RODRIGUEZ, EVA ROSMERI ZAMBRANO RODRIGUEZ, ENRIQUE TUESTA FLORES, FELIX JOSE TAMARA PEÑA, ALBERTO MAGNO TAMANI MOZOMBITE, LIZ JANETH TAMANI ARIMUYA, ROSSE MERY SOLISBANGO RUIZ, GUIBER REATEGUI RUESTA, ROSSMERY ISABEL REATEGUI RAMIREZ, MARIA DE LOS ANGELES ARIMUYA UPARI DE RUIZ, SONIA DAVEIBA ARIMUYA UPARI, KELLY AHUANARI ASPAJO y ALEXI MARTIN CALDERON ULFE y JAVIER EDUARDO MONTES
VASQUEZ.
JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00072-2016-8-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: TAPULLIMA VARAS AMALIE
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA
IMPUTADO: ARIMUYA UPARI, SONIA DAVEIBA Y OTROS
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: PROCURADOR PÚBLICO ANTICORRUPCION DE LORETO
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CINCO
Nauta, veintiocho de agosto Del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con el Acta de Audiencia de fecha 22 de agosto del 2025, siendo el estado del proceso REPROGRAMASE la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día JUEVES VEINTIUNO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11.00 AM), la misma que se llevará de forma presencial en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, Asi como de forma facultativa de ingresar a la audiencia señalada de forma virtual a través del aplicativo GOOGLE MEET, siendo el link lo siguiente meet.google.com/ deo-rosx-wbv, en tanto se contara con la presencia obligatoria del señor Fiscal; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes. NOTIFIQUESE. Sin perjuicio de notificarse vía edicto.
V-3(19, 20 y 23)
EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00380-2026-89-1903-JR-PE-01
JUEZ: VALDEZ MARROU ALEX ANTONIO
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
MINISTERIO PUBLICO: FIS PENAL CORP ESP EN DELITOS CONTRA LA MUJER E INTEGRANTES,
IMPUTADO: BARBARAN CABRERA, PATRICK FRANK
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, CKCP
SE EMPLAZA A BARBARAN CABRERA, PATRICK FRANK Y MENOR DE INICIALES, CKCP REPRESNTADA POR LIANA PAIMA PIÑA
RESOLUCIÓN N° 01
Iquitos, 13 de marzo del 2026.
DADO CUENTA, con el requerimiento de Prueba Anticipada, presentado por la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Maynas solicitando la realización de la declaración testimonial del agraviado C.K.C.P. (10), a través de la técnica de Entrevista Única de Cámara Gesell. Al respecto, al tratarse de un hecho delictivo por la presunta comisión del delito contra La Libertad Sexual, en la modalidad de Tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de menores previsto y sancionado en el artículo 176° -A del Código Penal, por lo que el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria dispone: 1. ADMITIR A TRÁMITE el presente requerimiento de PRUEBA ANTICIPADA Y CÓRRASE TRASLADO por el plazo de DOS DÍAS dicho requerimiento; 2. CONVOCAR A LA DILIGENCIA DE PRUEBA ANTICIPADA, para el día 14 DE MAYO DEL 2026 A HORAS DIEZCON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, la misma que se llevara a cabo de forma virtual, al siguiente enlace: meet.google.com/bkh-sxej-uwt, bajo apercibimiento en caso de la inconcurrencia injustificada del abogado defensor.
V-3(19, 20 y 23)
EDICTO PENAL
3° JUZG. UNIPERSONAL – FLAGRANCIA, OAF Y CEED -SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 03961-2024-78-1903-JR-PE-01
JUEZ: CHIONG AMASIFUEN JUAN ABELARDO
ESPECIALISTA: ACHONG CHOTA JORGE ARTURO
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER,
IMPUTADO: MOZOMBITE MELENDEZ, ROBER
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: MARAPARA TUANAMA, MARITZA
Mediante resolución número UNO se cita CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA PRESENCIAL, y excepcionalmente se llevará a cabo de forma virtual. Si en caso en el día de la a según los siguientes términos: CINCO DE MAYO DEL DOS MIL VEINTISEIS, A HORAS ONCE Y VEINTE DE LA MAÑANA, (05/05/2026) A (11:20 AM), Siendo el enlace https://meet.google.com/fup-tikb-yuf. NOTIFÍQUESE con la citación a juicio Al acusado MOZOMBITE MELENDEZ ROBER y al agraviado MARAPARA TUANAMA MARITZA mediante Edicto Judicial Y electrónico, a quien se le notificará mediante NOTIFIQUESE VIA EDICTO PENAL Y EDICTO ELECTRONICO, bajo apercibimiento en caso de no presentarse a la audiencia, ser declarada REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. NOTIFIQUESE.
Iquitos 17 de marzo del 2025
V-3(19, 20 y 23)





