JUZGADO PENAL

NOTIFICAR VIA EDICTO
DESTINATARIO:
WILLIAM TANCHIVA ROMAINA
ELIZABETH MAS CHUQUILIM
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01202-2020-77-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: G IL MACEDO NEPER SOCRATES
REPRESENTANTE: MAS CHUQUILIN, ELIZABETH
IMPUTADO: TANCHIVA ROMAINA, WILLIAM
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: MENOR A 7 AÑOS).
CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos:
Fecha de la Audiencia: VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIDOS (23-09-2022)
Hora de la Audiencia: NUEVE Y VEINTE DE LA MAÑANA (09:20 AM)
Enlace (Google Meet)
Para acceso: https://meet.google.com/boy-xseb-tre
Coordinador de Módulo: Abg. Erick Edwin Solsol Céspedes
Número celular: 999 318 704
Especialista de Audiencias de Juzgado: A Abg. Claudia Juliana Amacifuén Orbe (REOS LIBRES)
Número celular: 975 103 910
NOTIFÍQUESE: 1 Al acusado WILLIAM TANCHIVA ROMAINA, en el Domicilio Real de CALLE PROLONGACION PIHINAHUA S/N (CALLE GUMERCINDO CERCA AL RIO) – REQUENA, sin perjuicio de ello no teniendo el acusado una dirección domiciliaria con una numeración exacta NOTIFIQUESE vía EDICTO por medio del diario Oficial La Región, bajo apercibimiento de en caso de no presentarse a la sala virtual de audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. 2 A la parte agraviada menor de iniciales S.E.C.M – Rep. ELIZABETH MAS CHUQUILIM, en su domicilio real de CALLE PUINAHUA S/N (CALLE GUMERCINDO CERCA AL RIO) – REQUENA, sin perjuicio de ello no teniendo la parte agraviada una dirección domiciliaria con una numeración exacta NOTIFIQUESE vía EDICTO por medio del diario Oficial La Región.
V-3(26,27 y 28)

NOTIFICAR VIA EDICTO
DESTINATARIO:
WILLIAM TANCHIVA ROMAINA
ELIZABETH MAS CHUQUILIM
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01202-2020-77-1903-JR-PE-01
ESPECIALISTA: G IL MACEDO NEPER SOCRATES
REPRESENTANTE: MAS CHUQUILIN, ELIZABETH
IMPUTADO: TANCHIVA ROMAINA, WILLIAM
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: MENOR A 7 AÑOS).
CÍTESE A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON USO DE APLICATIVO GOOGLE MEET, según los siguientes términos:
Fecha de la Audiencia: VEINTITRES DE SEPTIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIDOS (23-09-2022)
Hora de la Audiencia: NUEVE Y VEINTE DE LA MAÑANA (09:20 AM)
Enlace (Google Meet)
Para acceso: https://meet.google.com/boy-xseb-tre
Coordinador de Módulo: Abg. Erick Edwin Solsol Céspedes
Número celular: 999 318 704
Especialista de Audiencias de Juzgado: A Abg. Claudia Juliana Amacifuén Orbe (REOS LIBRES)
Número celular: 975 103 910
NOTIFÍQUESE: 1 Al acusado WILLIAM TANCHIVA ROMAINA, en el Domicilio Real de CALLE PROLONGACION PIHINAHUA S/N (CALLE GUMERCINDO CERCA AL RIO) – REQUENA, sin perjuicio de ello no teniendo el acusado una dirección domiciliaria con una numeración exacta NOTIFIQUESE vía EDICTO por medio del diario Oficial La Región, bajo apercibimiento de en caso de no presentarse a la sala virtual de audiencia, ser declarado REO CONTUMAZ, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional. 2 A la parte agraviada menor de iniciales S.E.C.M – Rep. ELIZABETH MAS CHUQUILIM, en su domicilio real de CALLE PUINAHUA S/N (CALLE GUMERCINDO CERCA AL RIO) – REQUENA, sin perjuicio de ello no teniendo la parte agraviada una dirección domiciliaria con una numeración exacta NOTIFIQUESE vía EDICTO por medio del diario Oficial La Región.
V-3(26,27 y 28)

EXP, Nº 124-2021-66-1905-JR-PE-01 “Audiencia de juicio oral”
Especialista: Luis Eduardo Pacaya Rafaelo
Juzgado Penal Unipersonal de Requena
EDICTO
Por el presente, el Juzgado PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Nº 124-2021-66-1905-JR-PE-01, se dispuso notificar al acusado WINCLER GIL INGA VALLES identificado con DNI Nº 47556838, con el contenido del Acta de Audiencia de Juicio Oral, de fecha 29-03-2022, mediante el cual se señaló fecha para AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA, debiendo emplazar a dicho acusado bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces en caso de inconcurrencia; audiencia que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, ubicado en el MODULO BASICO DE JUSTICIA DE REQUENA, ubicado en la CALLE RECREO S/N – REQUENA, conforme lo establece el artículo 355º.1 del Código Penal; salvo que decidan realizarlo de forma virtual, ingresando al siguiente enlace virtual (meet.google.com/tym-jpqk-yoc) para lo cual, el recurrente conjuntamente con sus abogado defensor, deberán conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, siendo responsabilidad del mismo la instalación del aplicativo GOOGLE HANGOUTS MEET en sus teléfono móvil u otro medio idóneo para la conectividad a la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso no accedan en la fecha y hora programada; sin perjuicio de comunicarse días previos con el especialista de audiencia cursor – Abg. LUIS EDUARDO PACAYA RAFAELO, al número 973043828.
V-3(26,27 y 28)

EXP, Nº 124-2021-66-1905-JR-PE-01 “Audiencia de juicio oral”
Especialista: Luis Eduardo Pacaya Rafaelo
Juzgado Penal Unipersonal de Requena
EDICTO
Por el presente, el Juzgado PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Nº 124-2021-66-1905-JR-PE-01, se dispuso notificar al acusado WINCLER GIL INGA VALLES identificado con DNI Nº 47556838, con el contenido del Acta de Audiencia de Juicio Oral, de fecha 29-03-2022, mediante el cual se señaló fecha para AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA, debiendo emplazar a dicho acusado bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces en caso de inconcurrencia; audiencia que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, ubicado en el MODULO BASICO DE JUSTICIA DE REQUENA, ubicado en la CALLE RECREO S/N – REQUENA, conforme lo establece el artículo 355º.1 del Código Penal; salvo que decidan realizarlo de forma virtual, ingresando al siguiente enlace virtual (meet.google.com/tym-jpqk-yoc) para lo cual, el recurrente conjuntamente con sus abogado defensor, deberán conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, siendo responsabilidad del mismo la instalación del aplicativo GOOGLE HANGOUTS MEET en sus teléfono móvil u otro medio idóneo para la conectividad a la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso no accedan en la fecha y hora programada; sin perjuicio de comunicarse días previos con el especialista de audiencia cursor – Abg. LUIS EDUARDO PACAYA RAFAELO, al número 973043828.
V-3(26,27 y 28)

EXP, Nº 124-2021-66-1905-JR-PE-01 “Audiencia de juicio oral”
Especialista: Luis Eduardo Pacaya Rafaelo
Juzgado Penal Unipersonal de Requena
EDICTO
Por el presente, el Juzgado PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Nº 124-2021-66-1905-JR-PE-01, se dispuso notificar al acusado WINCLER GIL INGA VALLES identificado con DNI Nº 47556838, con el contenido del Acta de Audiencia de Juicio Oral, de fecha 29-03-2022, mediante el cual se señaló fecha para AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL PARA EL DÍA VEINTISEIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS, A HORAS DIEZ Y MEDIA DE LA MAÑANA, debiendo emplazar a dicho acusado bajo apercibimiento de ser declarados reos contumaces en caso de inconcurrencia; audiencia que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIA DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE REQUENA, ubicado en el MODULO BASICO DE JUSTICIA DE REQUENA, ubicado en la CALLE RECREO S/N – REQUENA, conforme lo establece el artículo 355º.1 del Código Penal; salvo que decidan realizarlo de forma virtual, ingresando al siguiente enlace virtual (meet.google.com/tym-jpqk-yoc) para lo cual, el recurrente conjuntamente con sus abogado defensor, deberán conectarse con 10 minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada, siendo responsabilidad del mismo la instalación del aplicativo GOOGLE HANGOUTS MEET en sus teléfono móvil u otro medio idóneo para la conectividad a la diligencia programada, bajo responsabilidad de las mismas en caso no accedan en la fecha y hora programada; sin perjuicio de comunicarse días previos con el especialista de audiencia cursor – Abg. LUIS EDUARDO PACAYA RAFAELO, al número 973043828.
V-3(26,27 y 28)
JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL TRANSITORIO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 01878-2018-6-1903-JR-PE-04
JUECES: JOSE NEIL CHUMBE SILVA
JHOVANY VASQUEZ HUAMÁN
TANIA ELENA NIÑO DE GUZMAN VILCA
ESPECIALISTA: TELLO PASQUEL, ALMENDRA NICOLLE
MINISTERIO PÚBLICO: 6TA FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MAYNAS 
IMPUTADO: MAURO EDILBERTO NOA ANDI
DELITO: ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: 10-14 AÑOS).
  VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
ACTOS CONTRA EL PUDOR EN MENORES (EDAD VÍCTIMA: < 7 AÑOS)
AGRAVIADO: KLR 6,
MLR4,
CLR 12
EDICTO PENAL 
TERCERO.- El acusado se encuentra sin medida coercitiva. Tratándose que el acusado tiene la condición de Reo Libre, es el caso señalar el inicio y desarrollo del juzgamiento en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL TRANSITORIO, ubicado en la CALLE GRAU N° 720 – 3er. PISO, la cual se realizará mediante el aplicativo Google Meet a través del enlace: meet.google.com/hjh-zfbq-fdj; ello conforme lo ordenado mediante R.A.N° 309-2020—PJ/CSJLO-P, en el marco de los Decretos Supremo mencionados ut supra las R.A. N°s 103 y 105-2020-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 1. CUARTO.  Por los fundamentos expuesto: este Juzgado Colegiado Penal de Maynas, DECIDE: CITAR A JUICIO ORAL en el presente proceso penal que se sigue contra MAURO EDILBERTO NOA ANDI por el delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de Violación sexual de menor de edad y actos contra el pudor en menor de edad en agravio de los menores de iniciales M.L.R (04 años), K.L.R (06 años) y C.L.R (12 años), para el día VEINTICUATRO DE MAYO DE DOS MIL VEINTIDOS A HORAS NUEVE EN PUNTO DE LA MAÑANA 2. NOTIFIQUESE al acusado, a quien se le notificará mediante Edicto Penal, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y reservarse el proceso hasta que sea habido conforme a los artículos 355°. 4) y 367°. 2) del CPP. 3. NOTIFIQUESE al Abogado defensor del acusado Mauro Edilberto Noa Andi, al letrado MANUEL RICARDO MORALES GUZMAN, en su CASILLA ELECTRÓNICA, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada, de comunicar al Ministerio de Justicia. (…)
V-3(26,27 y 28)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02540-2021-23-1903-JR-PE-01
JUEZ: RUIZ BAZALAR MARIA ESTHER
ESPECIALISTA: VELA REYES CARMEN ROSA
SOLICITANTE: FERNANDEZ HUAMAN, ANGEL WILFREDO
EDICTO PENAL
RESOLUCION NUMERO DOS de fecha 21 de Abril del 2022, … SE DISPONE: NOTIFIQUESE LA RESOLUCION UNO DE FECHA 21.12.2021 A LA PERSONA DENUNCIADA DE IRIS FAJARDO SANTILLAN a la Dirección de CALLE SAN VALENTIN MZ-I, LOTE Nro. 10 – Zona Habilitación Urbana 15 de Mayo – San Juan Bautista, así como también mediante Edicto Web y Edicto Penal por 3 días consecutivos, debiendo adjuntarse el cargo de los mismos en el presente expediente. [Resolución Uno, Iquitos, veintiuno de diciembre Del año dos mil veintiuno.- VISTO: El presente incidente penal que se da cuenta en la fecha, derivado de la solicitud de DESALOJO PREVENTIVO CON MINISTRACIÓN PROVISIONAL, presentada por el señor ANGEL WILFREDO FERNANDEZ HUAMAN; y, CONSIDERANDO: Primero: SE RESUELVE: DECLARAR FUNDADO el pedido de Medida Cautelar de DESALOJO PREVENTIVO Y MINISTRACIÓN PROVISIONAL solicitado por ANGEL WILFREDO FERNANDEZ HUAMAN, mediante escrito presentado en fecha 29 de octubre de 2021, aclarado y subsanado con escritos de fechas 17 y 23 de enero, 06 de febrero y 05 de marzo de 2020, respectivamente, dentro del proceso penal, cuya Formalización de Investigación Preparatoria se sigue ahora ante la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa de Maynas, contra RAFAEL RÍOS FABABA por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio, en la modalidad de Usurpación Agravada previsto y sancionado como tal en el artículo 202° inciso 2) del Código Penal concordante con el inciso 2) del artículo 204° del citado texto normativo, en agravio de la empresa solicitante. Por tanto, se dispone el DESALOJO PREVENTIVO del imputado IRIS FAJARDO SANTILLAN así como de los investigados QUE SE ENCUENTREN EN POSESIÓN del bien inmueble ubicado en la Calle San Valentín Mz I, Lote N° 10, zona “Habilitación Urbana 15 de mayo” DE SAN JUAN BAUTISTA, inscrita en la Partida Electrónica Nro. 11007070 del Registro de la Propiedad Inmueble de la SUNARP de esta ciudad, con MINISTRACIÓN PROVISIONAL a favor el denunciante ANGEL WILFREDO FERNANDEZ HUAMAN. Una vez consentida y/o ejecutoriada que quede la presente resolución, se ORDENA al imputado IRIS FAJARDO SANTILLAN así como a los investigados QUE SE ENCUENTREN EN POSESIÓN del bien inmueble ubicado en la Calle San Valentín Mz I, Lote N° 10, zona “Habilitación Urbana 15 de mayo” del distrito de San Juan Bautista, provincia Maynas y departamento Loreto, A QUE SE RETIREN VOLUNTARIAMENTE de dicho inmueble EN EL TÉRMINO DE VEINTICUATRO HORAS después de notificados que sean, BAJO APERCIBIMIENTO DE EFECTIVIZARSE EL LANZAMIENTO FORZADO –con el auxilio de la fuerza pública- EN CASO DE INCUMPLIMIENTO, luego de cual se procederá a hacer efectiva la Ministración Provisional a favor del agraviado ANGEL WILFREDO FERNANDEZ HUAMAN. NOTIFÍQUESE la presente resolución en los domicilios procesales consignados en el presente escrito, asimismo, la notificación en los domicilios reales del imputado y de los investigados; no obstante, se procederá a la notificación en el mismo inmueble materia de desalojo preventivo y ministración provisional solicitadas, dejándose un AVISO JUDICIAL EN LUGAR PÚBLICO de la notificación, a fin de que las personas que vienen ejerciendo posesión en el bien tomen conocimiento del tenor de la presente decisión y puedan ejercer los medios de defensa que consideren pertinentes. En caso de que los investigados se negaren a recibir la respectiva notificación, estén ausentes, existan otras personas aún no comprendidas en el proceso penal u ocurra cualquier otra circunstancia que haga imposible que tomen conocimiento de la presente resolución, se dispone la notificación a través del Diario Judicial de esta sede judicial. DEJESE A SALVO el derecho de la parte agraviada, a fin de solicitar al Ministerio Público, cumpla con las funciones propias de su cargo, dada la condición de titular de la acción penal, sin cuyo requerimiento o requerimientos debidamente motivados y justificados con elementos de convicción no permitiría al Juzgado emitir pronunciamiento final, concordante con la decisión en la presente resolución vía medida cautelar, ello, conforme a lo descrito en el considerando segundo de la presente resolución…] SUSCRIBE el Especialista Judicial de Causa, en amparo de lo previsto por los incisos 6) y 24) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; concordante con lo dispuesto por el último párrafo del artículo Regístrese y Hágase Saber.
V-3(26,27 y 28)

EDICTO PENAL
Mediante resolución número NUEVE de fecha veintiuno de abril del 2022 el 2° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MAYNAS, a dispuesto NOTIFICAR VIA EDICTO PENAL, al ACUSADO MASTER MARCELINO GONZALES PINCHE  sobre  la programación de la audiencia virtual  para el día  VEINTICINCO DE ABRIL DEL DOS MIL VEINTIRES  (25/04/2023), A HORAS DIEZ  DE LA MAÑANA (10:00 AM),  a fin de llevar a cabo la instalación de juicio oral en el  Expediente N° 03752-2016-74-1903-JR-PE-05, seguido contra el  Acusado MASTER MARCELINO GONZALES PIINCHE   como presunto  autor del delito contra Los Recursos Naturales, en la modalidad de TRÁFICO ILEGAL DE PRODUCTOS FORESTALE MADERABLES, tipificado en el artículo 310° – A del código penal, en agravio del ESTADO PERUANO, la misma que se llevará a cabo bajo la modalidad virtual en el cual debería acceder al enlace (google Meet) https://meet.google.com/tuv-gczq-tyn   bajo apercibimiento de ser declarada REO CONTUMAZ, en caso de no presentarse a la sala de audiencia virtual, y ordenarse su búsqueda y captura por la fuerza policial en todo el territorio nacional.
Iquitos, 22-04-2022
V-3(26,27 y 28)