Instr. N° 1065-2011.
Sec. I. Rodríguez R.
EDICTO PENAL
Por disposición del señor Juez, se NOTIFICA a los testigos ARTEMIO ROBALINO AHUANARI, WILLY FABIO CHAVEZ HUAMAN y ELI CHOTA CANAYO, la Resolución N° 57; recaída la presente en la Instrucción N° 1065-2011, seguida contra ALEXANDER CARDENAS VELA, por delito de peculado doloso, en agravio del Estado-I.E. N° 60120; es como sigue: RESOLUCION NUMERO CINCUENTISIETE. Iquitos, veintiuno de febrero del dos mil veintidós. Dado cuenta; con la certificación expedida por la secretaria cursora, agréguese y téngase presente; estando a lo expuesto: HABILITESE como nueva fecha y hora, para recibir la declaración testimonial de ARTEMIO ROBALINO AHUANARI, WILLY FABIO CHAVEZ HUAMAN y ELI CHOTA CANAYO, para el día veintiocho de marzo del año en curso, a las nueve, nueve con treinta, y diez de la mañana, respectivamente en orden de mención, notificándoseles por cédula de ley, y emplazarlo por edicto penal por intermedio del Diario Oficial “La Región”, así como por la Página Web del Poder Judicial, cuyas publicaciones se deberá insertar en el expediente, recordándosele que se encuentra bajo apercibimiento de ser conducidos de grado o fuerza, en caso de inconcurrencia; diligencia que se llevará a cabo bajo los parámetros establecidos en el Decreto Supremo N° 046-2020-PCM, en concordancia con la R.A. N° 103 -2020-CE-PJ,expedido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y R.A. N° 309-2020-PJ/CJLO-P, expedido por la Corte Superior de Justicia de Loreto, esto es, utilizándolos medios tecnológicos establecidos por el órgano superior, que aseguren el normal desarrollo de la audiencia (WhatsApp y/u otras aplicaciones de comunicación video llamada múltiple); asimismo, las partes procesales deberán comunicarse al Celular N° 944919857 de la especialista judicial IRZA NAIRA RODRIGUEZ RODRIGUEZ, diez minutos antes de la hora indicada, para los efectos de que las partes y ejerzan sus derecho de defensa consagradas en la Constitución y las leyes; asimismo: NOTIFIQUESE a los Peritos Judiciales (contadores públicos): ANDRES MURRIETA DAVILA y CESAR ALBINO VELASQUEZ BORDOY para que dentro del plazo de DIEZ DIAS presenten su informe pericial contable, sin perjuicio de ello deberán señalar el monto de sus horarios profesionales; hágase saber; con citación.
Lo que notifico conforme a ley.
Iquitos, 21 de febrero del 2022.
V-3(22,23 y 24)
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