EDICTO PENAL
EXP. N° 00306-2018
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la agraviada FRANCISCA GARCIA DE MORI, y a la imputada JESSICA CAMPOS GRANDEZ la Resolución Número Dos de fecha catorce de Mayo del año en curso; la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JESSICA CAMPOS GRANDEZ por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de MALTRATO en agravio de FRANCISCA GARCIA DE MORI, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 442° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. – 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal, FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día JUEVES VEINTIOCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas CUATRO DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la imputada poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecto a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del proceso en caso de inconcurrencia, en aplicación del artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente. NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en los signados en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos,14 de Mayo del 2,0178
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 01456-2017
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a los agraviados/inculpados: GLADIS BARDALES LIMA y ASCENCIA SOTO DANTES, la Resolución Número Tres de fecha diez de Mayo del año en curso; la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra GLADIS BARDALES LIMA y ASCENCIA SOTO DANTES por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA – MODALIDAD DE LESIONES DOLOSAS en agravio de ELLAS MISMAS., prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra las imputadas orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día LUNES DOS DE JULIO del año dos mil dieciocho, a horas DOS DE LA TARDE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a las imputadas poniéndose en sus conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de sus abogados y de no tener los medios económicos para su contratación, deberán ser asistidas por un Abogado Defensor Público, debiendo las procesadas recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Calle Sargento Lores N° 702, esquina con Calle Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver en caso de inconcurrencia en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en su condición de agraviadas de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente.- NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,017
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000462-2017-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada KARIN CURI BARDALES y a la imputada LLENI PEREZ ICOMENA la Resolución Número Uno de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LLENI PEREZ ICOMENA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de KARIN CURI BARDALES; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MARTES TRES de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 18 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000530-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada MAYRA LY QUEVEDO GUERRERO y a la imputada SHARON MARELY ROSSELLO ACHONG la Resolución Número Uno de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra SHARON MARELY ROSSELLO ACHONG por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de MAYRA LY QUEVEDO GUERRERO; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MIÉRCOLES CUATRO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 18 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000534-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada menor S.R.Y. (17 años) representado por KATTIA FLOR RAMOS YAHUARCANI y al imputado PATRICK ANTONY ARIMUYA RODRIGUEZ la Resolución Número Uno de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra PATRICK ANTONY ARIMUYA RODRIGUEZ por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de la menor de iniciales S.R.Y. (17 años) representado por KATTIA FLOR RAMOS YAHUARCANI; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MIÉRCOLES CUATRO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 18 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000536-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada JUANA ISABEL CUMAPA GONZALES y al imputado MARIO CESAR RIOS BARDALES la Resolución Número Uno de fecha dieciocho de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MARIO CESAR RIOS BARDALES por presunta FALTA CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de HURTO SIMPLE en agravio de JUANA ISABEL CUMAPA GONZALES; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 444° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MIERCOLES CUATRO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 18 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 01502-2017-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA al agraviado HERNANDO TAMANI SILVANO y al inculpado MICHEL JOHNY MORALES RENGIFO, la Resolución Número Tres, de fecha dieciocho de Mayo del año dos mil dieciocho, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MICHEL JOHNY MORALES RENGIFO por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de HERNANDO TAMANI SILVANO, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. – 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día MIERCOLES CUATRO DE JULIO del dos mil dieciocho, a horas DOS DE LA TARDE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos por las recargadas audiencias señaladas que maneja el Despacho – 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de las Calles Sargento Lores N° 702, esquina con calle Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; sin perjuicio de disponerse su CONDUCCIÓN COMPULSIVA conforme lo dispone el inciso 1) del artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 18 de Mayo del 2,018
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000554-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada KELLY SUSANA MARICHI ASIPALI y al imputado JUAN RONAL RICOPA PACAYA la Resolución Número Uno de fecha veintinueve de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JUAN RONAL RICOPA PACAYA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su conviviente KELLY SUSANA MARICHI ASIPALI; prevista y sancionada por el segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal, concordante con el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 30364. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el LUNES NUEVE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas CINCO DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Remítase copia de la Disposición Fiscal al 2do. Juzgado de Familia de Maynas en atención al artículo 53° del D.S. N° 009-2016-MIMP, Oficiándose con tal fin. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 29 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00006-2018
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA al agraviado JORGE ALEXANDER RAMIREZ LEVY, y al imputado OSKAR ARTURO URRESTI PEZO la Resolución Número Dos de fecha veinticinco de Mayo del año en curso; la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra OSKAR ATURO URRESTI PEZO por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES CULPOSAS en agravio de JORGE ALEXANDER RAMITEZ LEVY; prevista en el Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) 2) IMPÓNGASE contra el imputado ORDEN DE COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5 del Artículo 484° del Código procesal Penal, llévese a cabo la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL el día LUNES NUEVE DE JULIO del año dos mil dieciocho, a horas SEIS DE LA TARDE (Hora Exacta); en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Iquitos – Turno “A”, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE al imputado poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver en caso de inconcurrencia en atención al inciso 2) del artículo 485° del Código Procesal vigente; y respecto a la parte agraviada se procederá a tenerse por desistido de la presente causa en caso de inconcurrencia en atención al articulo110° del citado cuerpo legal; asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos, DEBIENDO las partes concurrir con sus respectivos medios de pruebas que intenten hacer valer (documentos, testigos, etc.); NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalado en autos, en los signados en sus Ficha Reniec y mediante Edicto de Ley. Llámese la atención a la secretaria judicial Jenny Carmen Vásquez Ramírez, a fin de que en el sucesivo cumpla con dar cuenta del trámite de los procesos dentro del plazo de ley, bajo responsabilidad funcional.
Iquitos, 25 de Mayo del 2018.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000560-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada DIANDRA MARIA TABOADA PANDURO y al imputado ANTHONY JIMMY FASABI FATAMA la Resolución Número Uno de fecha veintinueve de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ANTHONY JIMMY FASABI FATAMA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de DIANDRA MARIA TABOADA PANDURO; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el LUNES NUEVE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas SIETE DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 29 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000256-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a las agraviadas DORIS SADITH ROMERO CHUQUIPIONDO, menores A.N.A.R. (09 meses), L.D.A.R. (05 años), y ROSA SADITH ROMERO GAYA y a la imputada SHEYLA TALHIA ROJAS IHUARAQUI la Resolución Número Uno de fecha veintinueve de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra SHEYLA TALHIA ROJAS IHUARAQUI por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES CULPOSAS en agravio de DORIS SADITH ROMERO CHUQUIPIONDO, los menores de iniciales A.N.A.R. (09 meses), L.D.A.R. (05 años), y ROSA SADITH ROMERO GAYA; prevista en el Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada ORDEN DE COMPARECENCIA SIMPLE. 3) de conformidad con el inciso 5 del Artículo 484° del Código procesal Penal, llévese a cabo la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizada el día MARTES DIEZ DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas SIETE DE LA NOCHE (Hora Exacta); en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Iquitos – Turno “A”, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso. difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecto a la parte agraviada de tenerse por DESISTIDA del proceso en caso de inconcurrencia, en aplicación del artículo 110°del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente. NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en los signados en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 29 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000566-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada menor Y.M.R.T. (16 años) representado por KELY TORRES CURMAYARI y a la imputada MILUSCA MIREA HUALINGA RIVERA la Resolución Número Uno de fecha veintinueve de mayo del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MILUSCA MIREA HUALINGA RIVERA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de la menor de iniciales Y.M.R.T. (16 años) representado por KELY TORRES CURMAYARI; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el JUEVES DOCE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 29 de mayo del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000570-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada MATILDE MAYTA ESTRELLA DE FREITAS y al imputado ROGER FREITAS SALDAÑA la Resolución Número Uno de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROGER FREITAS SALDAÑA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su esposa MATILDE MAYTA ESTRELLA DE FREITAS; prevista y sancionada por el segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal, concordante con el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 30364. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el VIERNES TRECE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 04 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000572-2018-0-1903-JP-PE-01
1). EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR al agraviad ARTEMIO DIAZ RUIZ y a la imputada BALVINA ISABEL TELLO DEL AGUILA la Resolución Número Uno de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) BALVINA ISABEL TELLO DEL AGUILA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su ex conviviente ARTEMIO DIAZ RUIZ; prevista y sancionada por el segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal, concordante con el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 30364. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el LUNES DIECISÉIS de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 04 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000574-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada IVIS OLGUITA MARTINEZ HUAYAMBAHUA y al imputado NEIL LIDVER SILVA ANGULO la Resolución Número Uno de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra NEIL LIDVER SILVA ANGULO por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su conviviente IVIS OLGUITA MARTINEZ HUAYAMBAHUA; prevista y sancionada por el segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal, concordante con el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 30364. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MARTES DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 04 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000576-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada ISAMAR MORI NORIEGA y al imputado JHANIS VASQUEZ PACAYA la Resolución Número Uno de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JHANIS VASQUEZ PACAYA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su ex conviviente ISAMAR MORI NORIEGA; prevista y sancionada por el segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal, concordante con el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 30364. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MARTES DIECISIETE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 04 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000578-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada NOLY ESTHER FERREIRA PANDURO y al imputado EDDIE LUTECIO TORRES TORRES la Resolución Número Uno de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra EDDIE LUTECIO TORRES TORRES por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su conviviente NOLY ESTHER FERREIRA PANDURO; prevista y sancionada por el segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal, concordante con el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 30364. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MARTES DIECISIETE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 04 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000588-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR al agraviado ELIAS GONZALES FASABI y al imputado RUBENS RAY PAREDES REATEGUI la Resolución Número Uno de fecha cuatro de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra RUBENS RAY PAREDES REATEGUI por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELIAS GONZALES FASABI; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MARTES DIECISIETE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto al agraviado de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 04 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000598-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada SUSANA ADILIA RUIZ MUÑOZ y a la imputada KELY GEOVANA CURTO ROJAS la Resolución Número Uno de fecha siete de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra KELY GEOVANA CURTO ROJAS por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de SUSANA ADILIA RUIZ MUÑOZ; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MARTES DIECISIETE de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 07 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000612-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR al agraviado ORLANDO HUANI ASPAJO y al imputado ALFONSO SEGUNDO VILLACORTA RAMIREZ la Resolución Número Uno de fecha siete de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ALFONSO SEGUNDO VILLACORTA RAMIREZ por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ORLANDO HUANI ASPAJO; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MIÉRCOLES DIECIOCHO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto al agraviado de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 07 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000618-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR al agraviado JOFFRE ALDAIR ROJAS SILVANO y a la imputada REYNA ESTELA PANDURO NARO la Resolución Número Uno de fecha ocho de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra REYNA ESTELA PANDURO NARO por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de JOFFRE ALDAIR ROJAS SILVANO; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MIERCOLES DIECIOCHO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto al agraviado de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 08 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000624-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada ELVIRA ALVARADO GARAY y a la imputada MARIA JUSTINA SHAPIAMA LEVI la Resolución Número Uno de fecha trece de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MARIA JUSTINA SHAPIAMA LEVI por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELVIRA ALVARADO GARAY; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día MIERCOLES DIECIOCHO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas DOCE DEL MEDIO DÍA (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 13 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000636-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a las agraviadas/imputadas BERONICA GALAN GARCIA y SUSY MORELIA SAQUIRAY BOCANEGRA la Resolución Número Uno de fecha quince de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra BERONICA GALAN GARCIA y SUSY MORELIA SAQUIRAY BOCANEGRA por la comisión de presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELLAS MISMAS, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra las imputadas orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal, FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día LUNES VEINTITRES DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas CINCO DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a las imputadas poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de sus abogados, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberán ser asistidas por un Abogado Defensor Público, debiendo las procesadas recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en su condición de agraviadas de tenerse por DESISTIDAS del proceso en caso de inconcurrencia, en aplicación del artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente. NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en los signados en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 15 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000640-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada YEESSAWEL CINTHIA NAVARRO FONSECA y al imputado RAMON ANTONIO RIERA MARINO la Resolución Número Uno de fecha dieciocho de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra RAMON ANTONIO RIERA MARINO por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su conviviente YEESSAWEL CINTHIA NAVARRO FONSECA; prevista y sancionada por el primer y segundo párrafo del artículo 441° del Código Penal, concordante con el artículo 8° inciso a) de la Ley N° 30364. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MARTES VEINTICUATRO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Remítase copia de la Disposición Fiscal al 1er. Juzgado de Familia de Maynas en atención al artículo 53° del D.S. N° 009-2016-MIMP, Oficiándose con tal fin. Interviniendo la Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 18 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000646-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a las agraviadas/imputadas BETTY MARIA PAREDES RENGIFO Y ROGELIA PADILLA TORRES la Resolución Número Uno de fecha dieciocho de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra BETTY MARIA PAREDES RENGIFO Y ROGELIA PADILLA TORRES por la comisión de presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELLAS MISMAS, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra las imputadas orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal, FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día MARTES VEINTICUATRO DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas SEIS DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a las imputadas poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de sus abogados, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberán ser asistidas por un Abogado Defensor Público, debiendo las procesadas recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en su condición de agraviadas de tenerse por DESISTIDAS del proceso en caso de inconcurrencia, en aplicación del artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente. NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en los signados en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 18 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000650-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada CHAVEZ PADILLA y a los imputados SALDITH MARIA VASQUEZ CAHUAZA y SERGIO PAREDES TUANAMA la Resolución Número Uno de fecha veinte de juniodel dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra SALDITH MARIA VASQUEZ CAHUAZA y SERGIO PAREDES TUANAMA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de RUBI CHAVEZ PADILLA; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra los imputados orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día MIERCOLES VEINTICINCO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas TRES DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de sus abogados, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberán ser asistidos por un Abogado Defensor Público, debiendo los procesados recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 20 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000652-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR al agraviado DANNY DANIEL PIZANGO GONZALES y a la imputada LLENI PEREZ ICOMENA la Resolución Número Uno de fecha veinte de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LLENI PEREZ ICOMENA por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de DANNY DANIEL PIZANGO GONZALES; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el MIÉRCOLES VEINTICINCO de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistida por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto al agraviado de tenerse por DESISTIDO del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 20 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000656-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a las agraviadas/imputadas ROSA MELITA LONDOÑO ARIRAMA DE IHUARAQUI y LORENA SANCHEZ GUERRA la Resolución Número Uno de fecha veinte de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROSA MELITA LONDOÑO ARIRAMA DE IHUARAQUI y LORENA SANCHEZ GUERRA por la comisión de presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELLAS MISMAS, prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra las imputadas orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal, FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día MIÉRCFOLES VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas CINCO DE LA TARDE (hora exacta); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a las imputadas poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de sus abogados, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberán ser asistidas por un Abogado Defensor Público, debiendo las procesadas recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en su condición de agraviadas de tenerse por DESISTIDAS del proceso en caso de inconcurrencia, en aplicación del artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente. NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en los signados en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 20 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)
EDICTO PENAL
EXP. N° 000660-2018-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO PENAL DE IQUITOS – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, dispuso NOTIFICAR a la agraviada menor de iniciales A.V.P.B. (13 años) representada por FLOR DE MARIA BRAGA RUIZ y al imputado ENZO GIOVANNI DIAZ RAMIREZ la Resolución Número Uno de fecha veinte de junio del dos mil dieciocho, que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ENZO GIOVANNI DIAZ RAMIREZ por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de la menor de iniciales A.V.P.B. (13 años) representada por FLOR DE MARIA BRAGA RUIZ; prevista y sancionada por el primer párrafo del artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL que se realizará el día JUEVES VEINTISÉIS de JULIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas OCHO DE LA NOCHE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte imputada poniéndose en conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la esquina de la calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de tenerse presente su conducta procesal al momento de resolver; sin perjuicio de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; respecto a la agraviada de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el artículo 110° del Código Procesal Penal; asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 20 de junio del 2018
JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
Secretaria Judicial
V-3(28,02 y 03)






