EDICTO PENAL
EXP. N° 00546-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA al agraviado MANUEL FRANK GARCIA GONZALES y a los inculpados MIGUEL DIAZ DEL AGUILA, JULIO SANCHEZ ASPAJO, y JORGE CURICO AGUILAR, la Resolución Número Uno, de fecha Veintisiete de Julio del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MIGUEL DIAZ DEL AGUILA, JULIO SANCHEZ ASPAJO, y JORGE CURICO AGUILAR por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de MANUIEL FRANK GARCIA GONZALES, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal: 2) IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES VEINTISEIS DE AGOSTO del dos mil dieciséis, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de las Calles Sargento Lores con Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 27 de Julio del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00652-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a la agraviada DALHU NATHALIA VASQUEZ LOIPEZ, y al imputado ROBINSON FLORES SALVA, la Resolución Número Uno, de fecha Diez de Marzo del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR AUTO DE CITACIÓN A JUICIO, en la VÍA ESPECIAL, contra ROBINSON FLORES SALVA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES CULPOSAS, en agravio de DALHU NATHALI VASQUEZ LOPEZ; 2) IMPÓNGASE contra quien se dicta, ORDEN DE COMPARECENCIA, 3) y de conformidad con el inciso 5 del Artículo 484° del Código procesal Penal, llévese a cabo la AUDIENCIA en una sola sesión el día VIERNES TREINTA DE SETIEMBRE del año dos mil dieciséis, a horas ONCE DE LA MAÑANA (Hora Exacta); 4) NOTIFICÁNDOSE al inculpado y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia; y respecto a la parte agraviada, se procederá a tenerse por desistido de la presente causa en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten; PUDIENDO las partes concurrir con sus respectivos medios de pruebas que intenten hacer valer en el juicio; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe, y Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 24 de Agosto del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00650-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ADRIAN INUMA AGUILAR por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ESTANISLAO CARDOZO VELA; previsto y sancionado en el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES TREINTA DE SETIEMBRE del dos mil dieciséis, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de las Calles Sargento Lores con Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en su condición de agraviadas, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalado en autos, sin perjuicio del domicilio signado en sus Fichas Reniec, y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 24 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00646-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra GRACIELA ROSUELA VARGAS TORRES por presunta FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de DORIS GRANDEZ PEREZ; previsto y sancionado en el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES TREINTA DE SETIEMBRE del dos mil dieciséis, a horas OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de las Calles Sargento Lores con Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en su condición de agraviadas, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalado en autos, sin perjuicio del domicilio signado en sus Fichas Reniec, y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 24 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
00210-2016
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la agraviada LUCY MARIA HUANAQUIRI ARICARI, y a la imputada LIZETH PIÑA PEZO, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO TRES Iquitos, Veintidós de Agosto Del Año Dos Mil Dieciséis.- DADO CUENTA el Acta de Concurrencia que antecede, la misma que obra en autos a fojas 36, téngase presente, y siendo el estado del proceso REPROGRAMASE la Diligencia de AUDIENCIA ÚNICA, para el DIA MIERCOLES CINCO DE OCTUBRE del año en curso a horas TRES DE LA TARDE (hora exacta) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – sito en la Calle R. Palma N° 552 – 2° Piso; BAJO APERCIBIMIENTO la parte inculpada LIZETH PIÑA PEZO, de procederse a su CONDUCCION COMPULSIVA al local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la parte agraviada, se procederá a tenerse por desistido del presente proceso en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada.- LÍBRESE EXHORTO al Teniente Gobernador del Caserío de Manacamiri – Moronacocha – Río Nanay, para que se notifique la presente Resolución a la imputada: LIZETH PIÑA PEZO en Calle Urcino Torres S/N Manacamiri y a la agraviada LUCY MARIA HUANAQUIRI ARICARI en la Calle Jordán S/N Manacamiri; y FECHO DEVUELVASE a a éste Juzgado debidamente diligenciado.- Hágase saber con citación. Iquitos, 22 de Agosto del 2,016.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00642-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra AYRTON ABDON CORREA HUAMAN y WASHINGTON ZUTA SANDOVAL por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de ELLOS MISMOS; previsto y sancionado en el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra los imputados orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día JUEVES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE del dos mil dieciséis, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo los procesados recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de las Calles Sargento Lores con Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en su condición de agraviadas, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalado en autos, sin perjuicio del domicilio signado en sus Fichas Reniec, y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 24 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00648-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LILIA PAOLA VILLALAZ PINEDO y KEVIN SMIT ESPINOZA PARI por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivados de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ELLOS MISMOS; previsto y sancionado por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra los imputados orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día JUEVES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas NUEVE y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia, por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de sus abogados, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberán ser asistidos por un Abogado Defensor Público, debiendo los procesados recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a sus CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 23 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00640-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JHON NIXON PORTOCARRERO GUERRA y DANIEL FELIPE ZAMBRANO GUERRA por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivados de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su ex cuñado JEANS HANSS RIVERA CHARPENTIER; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra los imputados orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día JUEVES VEINTINUEVE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia, por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de sus abogados, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberán ser asistidos por un Abogado Defensor Público, debiendo los procesados recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a sus CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 23 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00670-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra EDWIN ALEJANDRO ALVARADO DONAYRE por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS Y MALTRATO DE OBRA derivados de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su conviviente MARIZOL VARGAS PEREA; previsto y sancionado en el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° y en el primer y segundo párrafo del artículo 442° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia, por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 24 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00666-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra MANUEL DELGADO ALVARADO por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de MALTRATO DE OBRA, derivadas de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su ex conviviente MELITA SAAVEDRA MACA; previsto y sancionado por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 442° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 26 de Marzo del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00664-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra BETZI ROJAS YEPES por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS Y MALTRATO DE OBRA derivados de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su hijastra menor de iniciales N.D.D.A.G. (14 años), representada por ROSINA GARCIA BARDALES; previsto y sancionado en el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° y en el primer y segundo párrafo del artículo 442° del Código Penal. 2) PÓNGASE contra la imputada orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día LUNES TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia, por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo la procesada recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 23 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00662-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veinticuatro de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra VICTOR MANUEL TECCO YUMBATO por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS Y MALTRATO DE OBRA derivados de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su ex conviviente ELOISA JIMENEZ SHAPIAMA y por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivado de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su menor hija de iniciales G.V.T.J. (10 años), representada por ELOISA JIMENEZ SHAPIAMA; prevista y sancionada en el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° y en el primer y segundo párrafo del artículo 442° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día LUNES TRES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas CINCO Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia, por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 23 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00638-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra AMERICO REYNA FARJE VELA por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivados de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su esposa ROCIO DEL PILAR MUDARRA RIOS; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE. 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MIERCOLES VEINTIOCHO DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia, por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior. Iquitos, 23 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00626-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA al agraviado FRANCISCO JOSE BADURELES ROCHA y al imputado ROBERTO VARGAS CORAL, la Resolución Número Tres, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROBERTO VARGAS CORAL por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su suegro FRANCISCO JOSE BADURELES ROCHA; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.-4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; OFÍCIESE a la División Médico Legal para que remita a éste Despacho, el original del Certificado Médico Legal N° 013061 – VFL, perteneciente a FRANCISCO JOSE BADURELES ROCHA; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00636-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a las partes, la Resolución Número Uno, de fecha Veintitrés de agosto del dos mil dieciséis, la que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra DEIDI PABLO OLORTEGUI DAVILA la comisión de la FALTA CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS derivados de VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de su hermana LIA LUSELIA OLORTEGUI DAVILA; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) MPÓNGASE contra el imputado orden de COMPARECENCIA SIMPLE 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; DIFIRIÉNDOSE los plazos para la realización de la audiencia, por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado. 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 esquina con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (documentos, testigos, etc.) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a las partes en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus fichas Reniec y mediante Edicto de Ley. Interviniendo la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 23 de agosto del 2016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00622-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la agraviada BERTHA BELEN VARGAS TAPULLINA y al imputado REITER MICHE BOCANEGRA, la Resolución Número Cinco, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra REITER MICHE BOCANEGRA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su conviviente BERTHA BELEN VARGAS TAPULLINA; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES VEINTISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.-4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00618-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA al menor agraviado de iníciales E-A-L-F. representado por su progenitora LINDA ELY FERNANDEZ TELLO y al imputado LUPE DEL CARMEN FERNANDEZ TELLO, la Resolución Número Cuatro, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LUPE DEL CARMEN FERNANDEZ TELLO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su sobrino, el menor de iníciales E.A.L.F, representado por su progenitora LINDA ELY FERNANDEZ TELLO; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.-2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día LUNES VEINTISEIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas ONCE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00616-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADIHT VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a las partes procesales LILIE NADIR SANGAMA SEOPA y JHON CHUMA CURICO, la Resolución Número Tres, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LILIE NADIR SANGAMA SEOPA y JHON CHUMA CURICO por presunta FALTAS CONTRA LA PERSONA – en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de ELLOS MISMOS, prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra las inculpadas/agraviadas orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día LUNES VEINTISEIS DE SETIEMBRE del dos mil dieciséis, a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado- 4) NOTIFICÁNDOSE a las agraviadas/inculpadas, poniéndose en sus conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia obligatoria de su Abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Calle Ricardo Palma N° 469; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552° – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; BAJO APERCIBIMIENTO la parte agraviada de prescindirse de su Declaración Preventiva en la presente causa en caso de inconcurrencia; Asimismo, absuélvanse las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE a los agraviados/inculpados en sus domicilios señalados en autos, sin perjuicio de notificárseles en el signado en sus Fichas Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00614-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA al agraviado MANUEL TYRONE CUADRA SANCHEZ y a la imputada ROCIO DEL PILAR SANTILLAN VILLACORTA, la Resolución Número Tres, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra ROCIO DEL PILAR SANTILLAN VILLACORTA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su conviviente MANUEL TYRONE CUADRA SANCHEZ; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día LUNES VEINTISÉIS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas OCHO DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 15 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00612-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la agraviada MINDY ROXANA SALDAÑA CAHUAZA y al imputado GROÑO VILCHEZ VARGAS, la Resolución Número Nueve, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra GROÑO VILCHEZ VARGAS por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su conviviente MINDY ROXANA SALDAÑA CAHUAZA; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES VEINTITRES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.-4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00608-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la agraviada GRETA LOPEZ RAMIREZ y al imputado VICTOR CEFERINO AGURTO PANDURO, la Resolución Número Tres, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra GILMER DAN LOPEZ LOPEZ por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su conviviente LESLY ANGELICA VASQUEZ OCMIN; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES VEINTITRES DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas CINCO Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00606-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la agraviada INGRID MARGOT SINTI RIOS y al imputado VALERY VARGAS VILLENA, la Resolución Número Tres, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra VALERY VARGAS VILLENA por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su conviviente INGRID MARGOT SINTI RIOS; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día VIERNES VEINTITRÉS DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00596-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abogada JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ, NOTIFICA a las menores agraviadas de iníciales Y.N.A.R, representada por su progenitora LEYDI ROBALINO TECO y J.M.M.V, representada por su progenitora MARIA ANSISE VARGAS CHOTA, y al imputado JULIO CESAR VARAS NAVAS la Resolución Número Uno, de fecha Diez de Agosto del año dos mil dieciséis, la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra JULIO CESAR VARAS NAVAS por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de las menores de iníciales Y.N.A.R, representada por su progenitora LEYDI ROBALINO TECO y J.M.M.V, representada por su progenitora MARIA ANSISE VARGAS CHOTA, prevista y sancionada por el Primer Párrafo del Artículo 441° del Código Penal: 2) IMPÓNGASE contra la inculpada orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día JUEVES VEINTIDÓS DE SETIEMBRE del dos mil dieciséis, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA); la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de las Calles Sargento Lores con Bolognesi: BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso, por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y en lo que respecta a la parte agraviada, de tenerse por DESISTIDA del presente proceso en caso de inconcurrencia, tal como lo establece el Artículo 110° del Código Procesal Penal; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos), de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484° del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su Ficha Reniec, y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 10 de Agosto del 2,016
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00588-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ;NOTIFICA a la agraviada CHELY ANNEL PEÑA SALAZAR y al imputado GILMER DAN LOPEZ LOPEZ, la Resolución Número res, de fecha quince de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra LEYSER NUVE LANARO por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su ex conviviente CHELY ANNEL PEÑA SALAZAR; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal.- 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES VEINTE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas SIETE DE LA NOCHE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.-4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 15 de Julio del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02)
EDICTO PENAL
EXP. N° 00586-2016-0-1903-JP-PE-01
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DEMAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: NILDA SADITH VASQUEZ DAVILA, asistida por la Secretaria Judicial, Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ; NOTIFICA a la menor agraviada de iniciales C.G.M.H, representada porm su progenitora GLINIS LLENI HUANI YAHUARCANI y al imputado WILLIAM MURAYARI OLORTEGUI, la Resolución Número Cuatro, de fecha quince de Agosto del año dos mil dieciséis , la misma que RESUELVE: 1) DICTAR el AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra WILLIAM MURAYARI OLORTEGUI por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de su menor hija de iníciales C.G.M.H, representada por su progenitora GLINIS LLENI HUANI YAHUARCANI; prevista y sancionada por el Primer y Segundo Párrafo del Artículo 441° del Código Penal. 2) IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA SIMPLE.- 3) Y, de conformidad con el inciso 5) del Artículo 483° del Código Procesal Penal; FÍJESE FECHA Y HORA para la AUDIENCIA que se realizará el día MARTES VEINTE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, a horas CINCO Y TREINTA DE LA TARDE (HORA EXACTA), la misma que se llevará a cabo en el Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; difiriéndose los plazos para la realización de la audiencia por las recargadas diligencias programadas en la agenda judicial que maneja el Juzgado.- 4) NOTIFICÁNDOSE a la parte inculpada, y poniéndose en su conocimiento que la actuación de ésta diligencia, se realizará en presencia de su abogado, y de no tener los medios económicos para su contratación, deberá ser asistido por un Abogado Defensor Público, debiendo el procesado recurrir a la Defensoría Pública, ubicada en la Esquina de la Calle Sargento Lores N° 702 con Bolognesi; BAJO APERCIBIMIENTO de procederse a su CONDUCCIÓN COMPULSIVA al Local del Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada, conforme lo prescribe el inciso 2) del Artículo 485° del Código Adjetivo Penal vigente; y respecto a la parte agraviada, se prescindirá de su Declaración Preventiva en caso de inconcurrencia en la fecha y hora señalada; Asimismo, absuélvase las citas que resulten necesarias para el esclarecimiento de los hechos; DEBIENDO las partes asistir acompañados de los medios probatorios que pretendan hacer valer (sus testigos) de acuerdo a lo dispuesto en el inciso 1) del Artículo 484 del Código Adjetivo Penal vigente; NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio señalado en autos, sin perjuicio de notificársele en el signado en su ficha Reniec y mediante Edicto de Ley.- INTERVINIENDO la Señora Juez que suscribe y la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.
Iquitos, 15 de Agosto del 2,016.
Abog: JENNY CARMEN VASQUEZ RAMIREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(31,01 y 02





