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JUZGADO PAZ LETRADO

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EDICTO PENAL
EXP. N° 01236-2012
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  al menor agraviado BENJAMIN ALEXANDER GARCIA ENCO y a su progenitor ALEJANDRO MISAEL GARCIA ACUACHE, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que la Diligencia de Audiencia Única programada para el día LUN04abr13, no se llevó a cabo por inconcurrencia de las partes   Asimismo, han sido devueltas las cedulas de notificación del menor  inculpado y de su progenitor, manifestando el notificador en su razón de dicho que no se pudo notificar a los destinatarios en ese domicilio Calle Los Rosales  N° 308 MASUSA – PUNCHANA; Sin embargo de la verificación de autos, se advierte que el menor BENJAMIN ALEXANDER GARCIA ENCO, en su Referencial, consigna como su domicilio en la calle antes mencionada.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO DOS Iquitos, Cinco de Marzo Del Año Dos Mil trece.- DADO CUENTA: la razón de la cursora, y las cédulas de notificaciones devueltas en la que se anexa la Resolución  Número Uno, pertenecientes al menor agraviado: BENJAMIN ALEXANDER GARCIA ENCO, y su progenitor; agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso REITÉRESE la notificación a los antes mencionados en su domicilio señalado en autos, sito en la CALLE LOS ROSALES, N° 308 – MASUSA PUNCHANA; sin perjuicio de notificárseles mediante EDICTO, y la presente Resolución, la misma que REPROGRAMA la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA para el día MIÉRCOLES DIECISIETE DE ABRIL  del año en curso, a horas NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Maynas – Sede Comisaría – Turno “A”; BAJO APERCIBIMIENTO el progenitor del menor inculpado: ALEJANDRO MISAEL GARCIA ACUACHE, de ser conducido de grado o fuerza al local del juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto al agraviado: GEAMPIER LOUIS MARÍN GARCÍA, se procederá a tenerse por desistido de la presente causa en caso de inconcurrencia  en la fecha y hora señalada.-Hágase saber con citación
Iquitos, 05 de Marzo del 2,013.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(01,02 y 03)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00016-2013
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  al inculpado: ENRIQUE PEREZ VIGIL, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO.- Iquitos, Diez de Enero del Año dos Mil Trece (…)  DICTÉSE AUTO DE CITACIÓN A JUICIO  contra   ENRIQUE PEREZ VIGIL, por FALTAS CONTRA LA PERSONA en la modalidad de LESIONES DOLOSAS en agravio de LINORIO MAYTAHUARI YAHUARCANI; IMPÓNGASE contra el inculpado orden de COMPARECENCIA  y de conformidad con el inciso 5 del Artículo 484° del Código Procesal Penal, llévese a cabo la AUDIENCIA en una sola sesión el día VIERNES OCHO DE MARZO del año dos mil trece, a horas ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta) (…) RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que la Diligencia de Audiencia Única programada para el día de hoy, no se llevó a cabo por inconcurrencia del inculpado   Asimismo, ha sido devuelta la cedula de notificación del inculpado: ENRIQUE PEREZ VIGIL, manifestando el notificador en su razón de dicho que el destinatario que no se pudo ubicar el número del domicilio, Las Castañas N° 124 Interior 4 – Punchana, ni a su destinatario, se consultó a los vecinos del lugar donde manifestaron no conocerlo.- Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Iquitos, Cinco de Marzo Del Año Dos Mil trece.- DADO CUENTA: la razón de la cursora, y el Acta de Concurrencia que antecede, y siendo el estado del proceso REPROGRAMESE la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA para el día MIÉRCOLES VEINTICUATRO DE ABRIL   del año en curso, a horas CUATRO DE LA TARDE  (HORA EXACTA) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Maynas – Sede Comisaría – Turno “A”; NOTIFICÁNDOSE al inculpado ENRIQUE PEREZ VIGIL mediante EDICTO DE LEY  el extracto de la Resolución Número Uno y la presente; BAJO APERCIBIMIENTO de ser conducido de grado o fuerza al local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto al agraviado: LINORIO MAYTAHUARI YAHUARCANI, se procederá a tenerse por desistido de la presente causa en caso de inconcurrencia  en la fecha y hora señalada.- Hágase saber con citación
Iquitos, 08 de Marzo del 2,013.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(01,02 y 03)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00004-2013
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señorita Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCÍA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: MARÍA DEL PILAR ALVITES FLORES y a la inculpada: CRUZ NAVARRO DE LOPEZ, lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO Iquitos, Diez de Enero Del Año Dos Mil Trece .- DADO CUENTA con la denuncia y actuados que anteceden; PREVIAMENTE, a fin de esclarecer los hechos denunciados; NOTIFÍQUESE a la denunciante MARÍA DEL PILAR ALVITES FLORES y a la denunciada CRUZ NAVARRO DE LOPEZ, quienes deberán concurrir a éste Juzgado, sito en la Calle Ricardo Palma N° 552 – 2° Piso; a fin de llevarse a cabo la AUDIENCIA DE ESCLARECIMIENTO DE HECHOS, el DÍA JUEVES SIETE DE MARZO  del año en curso, a horas DOCE DEL MEDIODÍA (Hora Exacta); debiendo el denunciante acreditar la preexistencia y valorización del daño causado; BAJO APERCIBIMIENTO  de procederse conforme a Ley en caso de inconcurrencia.- AVOCÁNDOSE a conocimiento de la presente causa la Señorita Juez que suscribe e Interviniendo la Secretaria Judicial que da cuenta por disposición Superior.- Hágase saber con citación.
RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que la diligencia de ESCLARECIMIENTO DE HECHOS, programada para el día MIE07MAR13, no se llevó a cabo por inconcurrencia de la agraviada: MARÍA DEL PILAR ALVITES FLORES y la inculpada CRUZ NAVARRO DE LOPEZ; Asimismo, han sido devueltas las cédulas de notificación de  las mismas, manifestando el Notificador en su Razón de Dicho, que no existe el Pasaje 7 de Junio Mz. A Lote 19,  y Mz. A  Lote 18 respectivamente.-   Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO DOS.- Iquitos, Siete de Marzo  Del Año Dos Mil Trece.- DADO CUENTA la razón de la cursora, y estando a las cédulas devueltas, y siendo el estado del proceso REPROGRAMASE la Diligencia de ESCLARECIMIENTO DE HECHOS, para el DIA VIERNES DIECINUEVE DE ABRIL del año en curso a horas DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado – Sede Comisaría – sito en la Calle R. Palma N° 552 – 2° Piso;  BAJO APERCIBIMIENTO la inculpada CRUZ NAVARRO DE LOPEZ de ser conducida al Local del Juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la parte agraviada, se procederá de acuerdo a Ley.- NOTIFICÁNDOSELES  mediante EDICTO DE LEY las Resoluciones Número Uno de fecha Diez de Enero del año en curso y la presente Resolución.-
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(01,02 y 03)

EDICTO PENAL
EXP. N° 00032-2013
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”, que Despacha la Señora Juez: MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA  a la agraviada: BLANCA NELLY RAMIREZ ANDRADE y al inculpado PACO MACEDO MORENO, lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señorita Juez, que la Diligencia de Audiencia Única programada para el día MAR12MAR13, no se llevó a cabo por inconcurrencia de las partes   empero, han sido devueltas las cedulas de notificaciones de la agraviada e inculpado, manifestando el notificador en su Razón de Dicho que la numeración del domicilio en inexacto (Jr. Itaya N!  144 – Belén); Asimismo, en la fecha se reprograma la mencionada diligencia debido a la carga procesal encontrada al retorno de las vacaciones judiciales, y de acuerdo a la Agenda del Juzgado.-  Lo que comunico a Usted, para los fines de Ley.-  RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, Iquitos, Diecinueve de Marzo Del Año Dos Mil trece.- DADO CUENTA: la razón de la cursora, y las cédulas de notificaciones devueltas en la que se anexa la Resolución  Número Uno (Auto de citación a Juicio), pertenecientes a la agraviada: BLANCA NELLY RAMIREZ ANDRADE e inculpado PACO MACEDO MORENO, agréguese a los autos, téngase presente, y siendo el estado del proceso REITÉRESE la notificación al antes mencionado en su domicilio señalado en autos y las signadas en su Ficha Reniec,; sin perjuicio de notificársele mediante EDICTO, el extracto de la Resolución Número Uno: AUTO DE CITACIÓN A JUICIO contra PACO MACEDO MORENO por Faltas Contra La Persona, en la modalidad de LESIONES DOLOSAS por VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de BLANCA NELLY RAMIREZ ANDRADE; y la presente Resolución, la misma que REPROGRAMA la diligencia de AUDIENCIA ÚNICA para el día JUEVES NUEVE DE MAYO  del año en curso, a horas CUATRO DE LA TARDE (HORA EXACTA) en el Local del Tercer Juzgado de Paz Letrado de Maynas – Sede Comisaría – Turno “A”; BAJO APERCIBIMIENTO el inculpado: PACO MACEDO MORENO, de ser conducido de grado o fuerza al local del juzgado por la autoridad policial competente en caso de inconcurrencia, y respecto a la agraviada: BLANCA NELLY RAMIREZ ANDRADE, se procederá a tenerse por desistido de la presente causa en caso de inconcurrencia  en la fecha y hora señalada.- Hágase saber con citación.
Iquitos, 19 de Marzo  del 2,013.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(01,02 y 03)

EDICTO PENAL
EXP. N° 01044-2011
EL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE MAYNAS – SEDE COMISARÍA – TURNO “A”,  que Despacha la señora Juez MARJORIE ZULEIKA PASQUEL GARCIA, asistida por la Secretaria Judicial Abog: Jenny Carmen Vásquez Ramírez, NOTIFICA a la agraviada ERICKA LUISA PASMIÑO PANDURO lo siguiente: RAZÓN: Doy cuenta a Usted, Señora Juez, que ha sido devuelta la cédula de notificación  en la que se anexó la Resolución Número Siete  (Auto de Prescripción), de autos, perteneciente a la agraviada: ERICKA LUISA PASMIÑO PANDURO.-  Asimismo, el Letrado JOSE N. JARA MARTEL, devuelve la notificación en la que se anexa la Resolución Número Siete (Auto de Prescripción)  perteneciente a la antes mencionada, manifestando  que ha dejado de ejercer la defensa de la misma.- Lo que comunico a Usted para los fines de Ley.- RESOLUCIÓN NÚMERO OCHO.- Iquitos, Veintiuno  de Marzo
Del Año Dos Mil Trece.-  DADO CUENTA la razón de la cursora, y el escrito presentado por el Letrado JOSE N. JARA MARTEL, devolviendo cédula de notificación, en la que se anexa la Resolución Número Siete (Auto de Prescripción), téngase presente, y siendo el estado del proceso NOTIFIQUESE a la agraviada: ERICKA LUISA PASMIÑO PANDURO, en su domicilio signado en su manifestación policial y en su ficha Reniec, sito en Calle  Brasil N° 1374 – Iquitos. sin perjuicio de notificársele mediante EDICTO de Ley  el extracto de la Resolución Número Siete, de fecha Siete de Marzo del dos mil trece, la misma  que RESUELVE: DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal por PRESCRIPCIÓN, en la causa penal seguida contra ZAMARA ELAINE PONCE BARDALES en agravio de ERICKA LUISA PASMIÑO PANDURO; DESE por FENECIDO el proceso y ARCHÍVESE la causa donde corresponda. DÉJESE SIN EFECTO las ordenes de ubicación y captura del inculpado; OFICIANDOSE.- NOTIFÍQUESE; y la presente Resolución.- Hágase saber con Citación.
Iquitos, 21 de Marzo del 2,013.
ABOG: JENNY CARMEN VÁSQUEZ RAMÍREZ
SECRETARIA JUDICIAL
V-3(01,02 y 03)

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