Exp. N° 00045-2022-0-1904-JP-FC-01
Juez: Cesar Alfredo Vela Flores
Especialista: Erick Glen Sullón Reátegui
Demandante: Gianina Karina Ataurima López
Juzgado de Paz Letrado-Sede Caballo Cocha
EDICTO JUDICIAL
Por el presente, el JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CABALLOCOCHA, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N° 00045-2022-0-1904-JP-FC-01, se dispuso poner en conocimiento del demandado JENNER BOLAÑOS RODRIGUEZ identificado con DNI N° 47739399, con el extracto de la resolución DOCE de fecha 13 de junio del año 2025, donde se señala lo siguiente: RESUELVE: TENGASE POR APROBADA la Liquidación de Pensiones Alimenticias Devengadas e intereses legales por la suma de S/13,217.51 (TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 51/100 SOLES);en consecuencia: NOTIFIQUESE al demandado en su domicilio real, para que en el plazo de TRES DIAS cumpla con pagar el monto total por la suma de S/13,217.51 (TRECE MIL DOSCIENTOS DIECISIETE CON 51/100 SOLES), sin perjuicio de edicto judicial en el diario “ LA REGIÓN” por el plazo de ley, sin perjuicio de edicto judicial electrónico por el plazo de ley con el extracto de la presente resolución( número doce de autos); bajo apercibimiento de REMITIRSE copias certificadas al Ministerio Público, para ser denunciado por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, al único otrosí digo: REQUERIR pago al demandado de la pensión de alimentos y abonar a la cuenta de ahorros alimentista del Banco de la Nación N° 04-526-312711 perteneciente a la demandante, por el monto de S/ 600.00., conforme a lo ordenado en la sentencia de fecha 02 de noviembre del año 2022. NOTIFIQUESE.
CABALLO COCHA, 17 DE JUNIO DE 2025
V-3(18, 19 y 20)
EDICTO JUDICIAL
El Juez de Paz Letrado de Concordia – Sede Urarinas ha ordenado que se publique el presente edicto mediante RESOLUCIÓN NÚMERO UNO de fecha dieciséis de junio del año dos mil veinticinco, expediente N° 00137-2025-0-1901-JP-CI-01, con el siguiente tenor: 1. ADMITIR a trámite la solicitud de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO presentada por don FRANCISCO MOZOMBITE HUAYUNGA, en la VÍA NO CONTENCIOSA; téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican y con intervención del MINISTERIO PÚBLICO. 2. PUBLICAR mediante EDICTO JUDICIAL ELECTRONICO un extracto de la presente y por una sola vez en el diario Oficial “El Peruano” y en otro de amplia circulación de la ciudad de Iquitos; quedando el demandante exonerado al pago de tasa judicial al encontrarse en un lugar de extrema pobreza conforme lo establece la R.A N° 000004-2025-CE-PJ – Disposiciones Adicionales – Art. Trigésimo Cuarta. 3. CITESE a las partes procesales a AUDIENCIA ÚNICA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día JUEVES VEINTISEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO a las NUEVE DE LA MAÑANA, bajo apercibimiento de archivarse el proceso en caso de inconcurrencia de las partes, ello conforme al artículo 203° del Código Procesal Civil, regulado supletoriamente por el artículo 760° del Código acotado. 4. Cabe indicar que dicha audiencia desarrollará preferentemente bajo la modalidad VIRTUAL y a través del aplicativo Google Meet, debiendo de ingresar con el siguiente link: https://meet.google.com/yxr-pnkm-ycz, el mismo que las partes deberán conectarse con diez minutos de anticipación a fin de llevarse a cabo la diligencia programada en la resolución que antecede, siendo responsabilidad de las partes la instalación del aplicativo GOOGLE MEET en sus teléfonos celulares o cualquier otro medio que resulte eficaz para la conectividad a la presente diligencia, bajo responsabilidad en caso no se acceda en la fecha y hora programada, caso contrario y de manera excepcional, ello se realizará de manera presencial en el juzgado sito en el Pasaje 12 de Setiembre S/N – Localidad de Maypuco – Distrito de Urarinas (Ref. Instalaciones del Centro Cívico). V. NOTIFÍQUESE conforme a ley. Fdo. T. Ocampo: Juez. Fdo. M. Bardales: Especialista Judicial.
Maypuco, 16 de Junio de 2025.
V-3(18, 19 y 20)





