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JUZGADO MIXTO

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EDICTO
JUZGADO MIXTO-Nauta I
EXPEDIENTE: 00230-2025-0-1901-JM-FP-01
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA LIBERTAD
JUEZ: CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS
ESPECIALISTA: REATEGUI DAVILA JAQUELINA LLANET
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA DE LORETO NAUTA 
INFRACTOR: ONORBE SALINAS, ROMEL SLEYER
AGRAVIADO: SHAPIAMA BOCANEGRA, DANI
Razón de secretaria. Señor juez, doy cuanta a usted, que de la revisión del proceso informo que no se hizo presente el menor investigado, asimismo, de autos obra el oficio a la localidad de Santa Rita de castilla, a fin de diligencias al investigado y a la agraviada; sin embargo, hasta la fecha no ha devuelto los cargos de notificación, toda vez que se volvió a reprogramar. Lo que informo para los fines de ley. RESOLUCIÓN NRO.CUATRO. Nauta, seis de abril del dos mil veinticinco. DADO CUENTA; A la razón de la secretaria y al acta de inconcurrencia que antecede téngase presente y agréguese a los autos; y siendo el estado del proceso SE DISPONE: REPROGRAMAR LA DILIGENCIA ÚNICA DE ESCLARECIMIENTO DE LOS HECHOS. Para el DIA LUNES 08 DE JUNIO DEL AÑO 2026, a horas 12:00 del mediodía, en la cual se RECEPCIONARAN: i]. la declaración del agraviado DANI SHAPIAMA BOCANEGRA, ii]. la Declaración Referencial del adolescente investigado ROMEL SLEYER ONORBE SALINAS (16 años), quien deberá estar acompañado de uno de sus padres, o tutores y abogado defensor si lo tuviese, caso contrario se le designara en el acto defensor público asignado al Juzgado; bajo expreso apercibimiento de declarársele Infractor Contumaz y disponer su búsqueda y conducción a nivel nacional, en caso de inconcurrencia injustificada; así como sus ALEGATOS y su AUTODEFENSA en la Audiencia única de Esclarecimiento de los Hechos, a fin de no vulnerara el debido proceso y el derecho a la defensa NOTIFIQUESE VIA EDICTO, con la publicación de tres días como corresponde a ley, en el diario oficial – el Peruano y el mayor circulación de la Región Loreto. Al escrito presentado por el representante del Ministerio Público, téngase presente y agréguese a los autos., Notifíquese.
V-3(21, 22 y 23)

EDICTO
JUZGADO MIXTO-Nauta I
EXPEDIENTE: 00246-2025-0-1901-JM-FP-01
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA ECOLOGIA
JUEZ: CHUMBIMUNE PORRAS ROBERT LUIS
ESPECIALISTA: REATEGUI DAVILA JAQUELINA LLANET
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL DE FAMILIA LORETO NAUTA
INFRACTOR: ACUY SALDAÑA, GERARDO MIGUEL
AGRAVIADO: PROCURADURIA PÚBLICA ESPECIALIZADA EN MATERIA AMBIENTAL
RAZÓN DE SECRETARIA; Señor juez, doy cuenta a usted, que, de la revisión del proceso, informo que la diligencia señalada mediante resolución número uno, el menor investigado no se presentó, debido a que no se puede saber si fue debidamente notificado ya que domicilio en la comunidad Nativa de Santa Cecilia – Distrito de Indiana y que hasta la fecha no han devuelto los cargos de notificación. Lo que informo para los fines de ley. RESOLUCIÓN NRO.TRES. Nauta, ocho de abril del dos mil veintiséis, DADO CUENTA, de la razón de la secretaria y del acta de inconcurrencia y siendo el estado del proceso se dispone: REPROGRAMAR LA DILIGENCIA ÚNICA DE ESCLARECIM IENTO DE LOS HECHOS. Para el DIA MIERCOLES 10 DE JUNIO DEL AÑO 2026, A HORAS 12:00 DEL MEDIODÍA, en la cual se RECEPCIONARAN: la Declaración Referencial del adolescente investigado GERARDO MIGUEL ACUY SALDAÑA (17 años), quien deberá estar acompañado de uno de sus padres, o tutores y abogado defensor si lo tuviese, caso contrario se le designara en el acto defensor público asignado al Juzgado; bajo expreso apercibimiento de declarársele Infractor Contumaz y disponer su búsqueda y conducción a nivel nacional, en caso de inconcurrencia injustificada; así como sus ALEGATOS y su AUTODEFENSA en la Audiencia única de Esclarecimiento de los Hechos. Asimismo, a fin de no vulnerar el derecho a la defensa y el debido proceso notifíquese VÍA EDICTO. Al Oficio 204-2026, remitido por el centro de salud de Nauta, habiendo señalada fecha de Evaluación Psicológica, en fecha 09/02/2026; téngase presente, Al escrito presentado por el Fiscal de familia téngase presente y agréguese a los autos. Asimismo, ofíciese al área del Equipo Multidisciplinario de la Corte Superior de Justicia de Loreto; a fin de que realice una visita social, en el domicilio del menor, Comunidad Nativa de Santa Cecilia – Distrito de Indiana Ofíciese y Notifíquese.
V-3(21, 22 y 23)

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