32 C
Iquitos
spot_img

JUZGADO MIXTO

Date:

Share:

JUZGADO MIXTO – Sede Caballococha
EXPEDIENTE: 00111-2018-0-1904-JM-FP-01
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
JUEZ: SILVA MORE ANA ELIZABETH
ESPECIALISTA: ORTIZ GUERRERO RAQUEL
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA,
INFRACTOR: DELGADO SIMON, ALEX MISAEL
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, CHLTK
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE
Caballococha, Dieciocho de agosto Del año dos mil veintidós
DADO CUENTA: Con el dictamen Fiscal presentado por la Representante Del Ministerio Publico; téngase por devuelto los actuados e ingresen los autos a despacho para resolver,  y conforme a su estado se procede a expedir lo que corresponde; SE DISPONE: SEÑALAR FECHA Y HORA a efectos de llevarse a cabo la diligencia de “LECTURA DE SENTENCIA” del adolescente ALEX MISAEL DELGADO SIMON, en la audiencia fijada para el día VIERNES VEINTITRES DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en el Local Del Juzgado Mixto De La Provincia Sito En La Calle Progreso N°207-Tercer Piso Caballococha, debiendo estar presente el infractor Alex Misael Delgado Simón en compañía de su abogado defensor, con conocimiento de la Representante Del Ministerio Público, notifíquese vía edicto sin perjuicio de notificarse por conducto regular.
V-3(23,24 y 25)

JUZGADO MIXTO – Sede Caballococha
EXPEDIENTE: 00125-2021-0-1904-JM-FP-01
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
JUEZ: SILVA MORE ANA ELIZABETH
ESPECIALISTA: ORTIZ GUERRERO RAQUEL
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA CABALLO COCHA,
INFRACTOR: PANDURO ZAMBRANO, HEYMER
AGRAVIADO: E J, CH S
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO
Caballococha, Dieciocho de agosto del año dos mil veintidós

DADO CUENTA: Con el dictamen Fiscal presentado por la Representante Del Ministerio Publico; téngase por devuelto los actuados e ingresen los autos a despacho para resolver,  y conforme a su estado se procede a expedir lo que corresponde; SE DISPONE: SEÑALAR FECHA Y HORA a efectos de llevarse a cabo la diligencia de “LECTURA DE SENTENCIA” del adolescente HEYMER PANDURO ZAMBRANO, en la audiencia fijada para el día  VIERNES VEINTITRES DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ  DE LA MAÑANA, audiencia que se llevara a cabo en el Local Del Juzgado Mixto De La Provincia Sito En La Calle Progreso N°207-Tercer Piso Caballococha, debiendo estar presente el infractor Heymer Panduro Zambrano en compañía de su abogado defensor, con conocimiento de la Representante Del Ministerio Público, notifíquese vía edicto sin perjuicio de notificarse por conducto regular.
V-3(23,24 y 25)

JUZGADO MIXTO – Sede Caballococha
EXPEDIENTE: 00168-2018-0-1904-JM-FT-01
MATERIA: ABANDONO MATERIAL, PELIGRO MORAL Y MALTRATOS
JUEZ: SILVA MORE ANA ELIZABETH
ESPECIALISTA: ORTIZ GUERRERO RAQUEL
MENOR: SALATE FLORES, MAIA CASELY
DEMANDADO: SALATE SINARAHUA, HARLES
FLORES MARAPARA, TERESA MERCEDES
SOLICITANTE: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE MARISCAL RAMON
CASTILLA,
RESOLUCION NUMERO QUINCE
Caballo Cocha, diecisiete de agosto del dos mil veintidós.
DADO CUENTA: con la constancia emitida por el especialista judicial; téngase presente y al escrito N° 256-2022, remitido por el centro de Salud ACLASI Caballococha; téngase por cumplido lo requerido (apreciación medica practicada a la menor tutelada) y siendo el estado del proceso: REPROGRAMESE AUDIENCIA DE EVALUACION para el día JUEVES VEINTIDOS DE SETIEMBRE  DEL AÑO EN CURSO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA(09.00 AM) en el local del Juzgado debiendo de estar presente la madre biológica ROSITA AHUANARI MARAPARA de la citada menor a efectos de realizarse las siguientes diligencias: i) Declaración testimonial de la madre de la menor tutelada, señora ROSITA AHUANARI MARAPARA, bajo apercibimiento de ser conducida de grado o fuerza; ii) REITERAR EL OFICIO  a la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Provincial Mariscal Ramón Castilla a fin de remitir a esta judicatura la partida de nacimiento de la menor tutelada MAIA CALESY SALATE FLORES. NOTIFIQUESE vía edicto sin perjuicio de ser notificado por conducto regular.
V-3(23,24 y 25)

JUZGADO MIXTO – Sede Caballococha
EXPEDIENTE: 00039-2019-0-1904-JM-FP-01
MATERIA: INFRACCION CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL
JUEZ: SILVA MORE ANA ELIZABETH
ESPECIALISTA    : ORTIZ GUERRERO RAQUEL
DEMANDANTE: FISCALIA PROVINCIAL CIVIL Y FAMILIA DE MARISCAL RAMON CASTILLA,
INFRACTOR: TUESTA MIRAYARI, BENANCIO
ASAYAC MAYORA, KIARIM FRANCES
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, DMDC 14
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECIOCHO.
Caballococha, dieciséis de agosto Del año dos mil veintidós.
Autos y vistos: Estando a la razón de la cursora que antecede y; atendiendo. PRIMERO: De la revisión de actuados, se verifica que al emitir la resolución número uno de fojas 43/46 o se ha omitido en la parte resolutiva consignar el nombre del menor infractor Benancio Tuesta Murayari, por la infracción a la ley penal-delito de violación a la intimidad, en agravio de la menor de iniciales D.M.D.S.C. SEGUNDO: El artículo Cuatrocientos siete del código procesal civil, establece que: “Antes que la resolución cause ejecutoria, el Juez puede, de oficio o a pedido de parte y sin trámite alguno, corregir cualquier error material evidente que contenga”. TERCERO: Debe precisarse que el proceso ha sido tramitado contra los dos menores infractores, conforme se advierte de los actuados, empero por error material, en la resolución número uno de autos solo se consignó el nombre del infractor KIARIM ASAYAC MAYORA, sin embargo, se aprecia de las diligencias a realizarse, entre ellas, la declaración de los menores infractores KIARIM ASAYAC MAYORA Y BENANCIO TUESTA MUTAYARI, por lo que corresponde corregir el error material. En consecuencia, por los fundamentos expuestos y norma legal acotado; se resuelve: integrar la resolución número uno en el extremo: que declaro promover la acción penal a favor del adolescente KIARIM ASAYAC MAYORA, debiendo se ser lo correcto; declaro: Promovida La Acción Penal a favor de los adolescentes Kiarim Asayac Mayora (13) Y Benancio Tuesta Murayari (14) como autores de la infracción penal delito contra la libertad-violación de la intimidad, en agravio de D.M.D.S.C. (14), dejando subsistente todo lo demás que contiene dicha resolución. Recomiéndese a la señora Representante del Ministerio Público de cuenta en su observación de devolución de dictamen las falencias que pueda haber en las resoluciones debido a que   a fojas 128 obra dictamen devolutorio la cual no advirtió esta causa. A efecto de no causar dilaciones y atraso en los procesos. Remítase los actuados Al Ministerio Público a efectos de que emita su dictamen correspondiente. Interviniendo la secretaria cursora por disposición superior. Notifíquese vía edicto sin perjuicio de ser notificado por conducto regular.
V-3(23,24 y 25)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

“No es posible que este año 2026 le hayan asignado solo 15 mil soles a la Marina de Loreto para hacer interdicción contra la...

Dio a conocer el Defensor del Pueblo de esta región, Abog. Abel Chiroque Becerra. En el marco del Coresec el Defensor dijo sentirse muy preocupado,...

Juan Carlos del Águila plantea reforma a la Ley 31917 por considerarla “inaplicable” en Loreto

Candidato al Senado por Fuerza Popular asegura que actual normativa limita la circulación de mototaxistas entre distritos. El candidato número 1 al Senado por Fuerza...

“Es una visita inopinada para ver el funcionamiento del hospital de mayor capacidad resolutiva en la región”

Declaró el director del hospital regional de Loreto, Jehoshua López, en torno a la visita de miembros de la Contraloría nacional al nosocomio. Pese a...

Presidente de Corte de Loreto y presidenta de Junta de Fiscales se reúnen para coordinar estrategias que agilicen los procesos judiciales

Con respecto a las audiencias de prueba anticipada en Cámara Gesell. Implementar protocolos para reducir tiempos de tramitación de casos y dar respuestas más rápidas. El...

Corte de Loreto comprometida con las personas con discapacidad mental para aplicar medidas de seguridad adecuadas

Determinando su inimputabilidad a través de evaluaciones psiquiátricas rigurosas. Promoviendo atención en salud mental en hogares protegidos, asegurando sus derechos humanos. El magistrado Reynaldo Cajamarca Porras,...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
Artículo siguiente